Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (24/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 24 de setiembre de 2007 353956 Autorizan a la empresa Alimentos Los Ferroles S.A.C. a efectuar el traslado físico de planta de harina de pescado ubicada en el Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 373-2007-PRODUCE/DGEPP Lima, 20 de agosto del 2007Visto el escrito y adjunto 01 con Registro Nº 00016665 de fechas 10 de agosto y 01 de diciembre de 2005, adjuntos 02, 03, 04 y 05 con Registro Nº 00016665 de fechas 15 de febrero, 12 de julio, 27 de octubre y 13 de diciembre de 2006, así como escrito con Registro Nº 00080056 de fecha 11 de diciembre de 2006 y escrito con Registro Nº 00047746 de fecha 09 de julio de 2007, presentados por ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.C. CONSIDERANDO : Que mediante Resolución Ministerial Nº 185-96-PE del 22 de marzo de 1996, en adecuación al Reglamento de la Ley General de Pesca, se otorgó a la empresa “ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.”, licencia de operación para el procesamiento de recursos hidrobiológicos a través de sus plantas de enlatado y de tratamiento de residuos, con las capacidades instaladas de 200 cajas/turno y 3 t/h, respectivamente, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la Av. Prolongación Centenario s/n, Los Ferroles, Zona Fertiza, Provincia Constitucional del Callao; Que con Resolución Ministerial Nº 239-96-PE, del 7 de mayo de 1996, se otorgó a “ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.” autorización para instalar una planta de harina de pescado de alto contenido proteínico, con una capacidad proyectada de 10 t/h de procesamiento de materia prima; Que mediante Resolución Directoral Nº 020-98-PE/ DNP, del 20 de febrero de 1998, se declara en abandono el procedimiento administrativo de otorgamiento de licencia de operación, iniciado por “ALIMENTOS LOS FERROLES S.A.”, para su planta de harina de pescado de alto contenido proteínico; Que con Decreto Supremo Nº 001-97-MTC del 07 de enero de 1997, se declara de Necesidad Pública Nacional los Estudios de Factibilidad para la Modernización y Mejoras de los Sistemas de Control de Tra fico Aéreo del Perú, declarando como zonas intangibles y de reserva las áreas de in fluencia referidas en los planos de Ubicación, Topográ fico y Perimétrico de los terrenos necesarios para la ampliación y desarrollo del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, aprobados por Resolución Directoral Nº 118-96-MTC/15.12 del 08 de noviembre de 1996; Que mediante escrito de Registro Nº 0088097 del 16 de marzo de 1998 la referida empresa interpone recurso de reconsideración contra la citada Resolución de abandono, para lo cual presenta la carta Nº GG-627-97-O del 19 de mayo de 1997 cursada por CORPAC S.A., en concordancia al mencionado dispositivo legal, respecto a la afectación del terreno que ocupa su planta como zona de expansión del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez” lo que signi fica la necesidad perentoria de trasladar su planta a una zona vecina no comprendida dentro de la citada medida y suspender todo trámite de licencia de operación, por lo cual solicitan se prorrogue los plazos hasta la aprobación del traslado de su planta a una nueva ubicación; Que con Resolución Directoral Nº 198-98-PE/DNP, del 13 de noviembre de 1998, se declara fundado el recurso de reconsideración, y en consecuencia se restablece el procedimiento de otorgamiento de licencia de operación iniciado por la recurrente, asimismo se dispone encausar dicho procedimiento, al de autorización de traslado físico de planta de procesamiento pesquero, debiendo cumplir con las exigencias establecidas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-98-PE; Que con escrito de Registro Nº 05182002 del 16 de noviembre de 1999, la empresa solicita ampliar el plazo de instalación otorgado según R.D.Nº198-98-PE/DNPP del 13 de noviembre del 1998, por el plazo de un año, bajo autorización de traslado físico de planta de procesamiento pesquero, dado que de acuerdo al dispositivo legal que declara de necesidad pública la modernización del Aeropuerto Jorge Chávez, en cuya zona de expansión se encuentra instalada la planta, presenta una situación que siendo causa de fuerza mayor, aún no es de finida por el Estado, a través de CORPAC S.A., para que se proceda al pago del justiprecio correspondiente; Que mediante Carta con Registro Nº 06092001, del 12 de mayo del 2005, el representante de la referida empresa solicita conocer la actual situación administrativa, así como el trámite y seguimiento pertinente para actualizar el derecho administrativo de la misma, con la finalidad de reiterar la solicitud de traslado de la planta, asimismo comunica que esta actualizando la documentación sobre Certi ficado de Compatibilidad de Uso y Ubicación Conforme, Estudio de Impacto Ambiental y Estudio de Factibilidad Técnico Económico; Que en concordancia con la recomendación de la Oficina General de Asesoría Jurídica, con O ficio Nº 2204- 2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 27 de mayo del 2005, se reiteró al representante de la citada empresa, comunicar sobre el estado en que se encuentra el proceso de expropiación, así como sobre las acciones y gestiones realizadas para el traslado de dicho establecimiento industrial pesquero; Que la empresa alcanza copia de contrato de arrendamiento del local de la empresa, copia de la carta notarial dirigida al señor Ministro de Transportes y Comunicaciones, de fecha 23 de enero del 2006 y comunicación de dicho Ministerio según O ficio Nº 008-2006- CANETAAIJCH del 30 de enero del 2006, copia legalizada del Certi ficado de Compatibilidad de Uso Nº 000188-2006 de fecha 09 de mayo de 2006, del local de su Planta expedido por la Municipalidad Provincial del Callao, asimismo solicita se encause el procedimiento de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 198-98-PE/DNPP para el cambio de ubicación de su Planta; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 449- 2003-PRODUCE, de fecha 13 de noviembre del 2003, en su artículo 2º, se prohibe el traslado físico o cambio de ubicación de establecimientos industriales pesqueros para el desarrollo de actividades de consumo humano indirecto hacia los puertos o bahías y zonas o áreas de in fluencia de Paita, Sechura, Chimbote, Coishco, Samanco, Huacho, Chancay, Callao y Pisco (Paracas), asimismo el traslado físico o cambio de ubicación tanto de las áreas o zonas críticas o agudas prohibidas a otras con contaminación menos crítica o aguda, o los demás supuestos de desconcentración no prohibidos, se efectuarán previa presentación del estudio de Impacto Ambiental correspondiente; Que mediante los escritos del visto la empresa recurrente solicita autorización de traslado físico de una planta de harina de pescado de alto contenido proteínico de 10 t/h de capacidad de procesamiento de materia prima, desde su ubicación inicial en el Pasaje Punta Pariñas Nº 192, hacia su nueva ubicación en Av. Prolongación Centenario Nº 1960, ambas ubicaciones se encuentran en la misma jurisdicción geopolítica del Callao, Zona Los Ferroles, Distrito y Provincia Constitucional del Callao, en virtud a un caso de fuerza mayor, lo cual es concordante con el dispositivo legal del anterior considerando, puesto que en este caso la empresa recurrente tiene su planta de harina de pescado en el Puerto del Callao y esta solicitando su traslado de una zona considerada como intangible para ampliación del Aeropuerto Internacional “Jorge Chávez”, hacia una zona industrial en el mismo Puerto, aparente para su operación, la cual cuenta con Certi ficado de Compatibilidad de Uso y Certi ficado Ambiental de su Estudio de Impacto Ambiental; Que de los documentos obrantes en el expediente se puede inferir que el petitorio de la administrada además de constituir una causa de fuerza mayor, se encontraría dentro de los supuestos regulados en el segundo párrafo del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 449-2003-PRODUCE, de fecha 13 de noviembre del 2003; Que asimismo del expediente Administrativo se desprende que la administrada ha cumplido con todos los requisitos de procedencia contenidos en el procedimiento Nº 26 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto