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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (02/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de abril de 2008 369811 términos que se consigna en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, respecto a la donación de un vehículo efectuada a favor de la Comunidad Campesina de Navan por el Despacho Presidencial Programa 01 del Pliego Presidencia del Consejo de MInistros. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros ANEXO Nº DPTO PROVINCIA DISTRITO BENEFICIARIO PLACA MARCA CHASIS MOTOR VALOR S/. R.ACEPTA FECHA 37 LIMA OYÓN NAVANCOMUNIDAD CAMPESINA SAN PEDRO DE NAVANE-202 MITSUBISHI FK416K-510396 6D15-413803 6186,85 029-96-PCM 6-ABR-96 AGRICULTURA Aprueban Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008 del Ministerio de Agricultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 224-2008-AG Lima, 31 de marzo de 2008 CONSIDERANDO: Que, el artículo 188° de la Constitución Política del Perú dispone que la descentralización es una política permanente de Estado de carácter obligatorio, a cuyo efecto el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencia y transferencia de recursos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, establece como fi nalidad del proceso de descentralización el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones y el ejercicio equilibrado del poder por los tres niveles de gobierno, en benefi cio de la población; Que, la Quinta Disposición Transitoria de la referida Ley; señala que la transferencia de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional hacia los Gobiernos Regionales y Locales, comprenden el personal, acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes, que se encuentren directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos; Que, en cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 83° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, y el artículo 6º de la Ley Nº 28273 - Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales; las Comisiones Sectoriales de Transferencia del Gobierno Nacional deben presentar al Consejo Nacional de Descentralización sus planes anuales de transferencia; Que, en cumplimiento del numeral 7.1 del artículo 7° del Decreto Supremo N° 080-2004-PCM, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28273 – Ley del Sistema de Acreditación, donde señala que los Sectores tienen hasta el último día útil del mes de febrero para su presentación; Que, el literal b. del numeral 11.3 de la parte 11. de la Directiva N° 005-CND-P-2005, denominado Procedimiento para la formulación de los planes de transferencia sectoriales de mediano plazo y los planes anuales de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005; dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado al Consejo Nacional de Descentralización a más tardar el último día del mes de febrero de cada año; Que, de conformidad con el artículo 38º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, la Secretaría de Descentralización, es el órgano encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, para lo cual actúa como órgano de enlace entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Locales; Que mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 1442-2006-AG y 1523-2006-AG, se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Agricultura; Que, en consecuencia resulta necesario aprobar el Plan Anual de Transferencia 2008; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del mismo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008 del Ministerio de Agricultura, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Remitir a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia de Consejo de Ministros - PCM, copia de la presente Resolución Ministerial y el Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008 del Ministerio de Agricultura que se aprueba. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura MINISTERIO DE AGRICULTURA COMISIÓN SECTORIAL DE TRANSFERENCIA SECTOR PÚBLICO AGRARIO: PLAN ANUAL DE TRANSFERENCIA SECTORIAL 2008 Lima, Febrero 2008 PRESENTACIÓN El presente documento denominado Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008, se elabora en cumplimiento de la política de Estado orientada a otorgar prioridad, impulsar y consolidar el proceso de Descentralización, y de conformidad con el marco normativo del proceso de descentralización y las orientaciones emanadas de la Secretaria de Descentralización – SD que se impartieron en su oportunidad. El Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008, contiene las propuestas para consolidar las transferencias realizada por las Entidades del Sector Público Agrario (ESPA), teniendo en cuenta el rol que debe cumplir el Ministerio de Agricultura como ente rector y normativo en materia agraria. Asimismo, sustenta la ejecución de un programa de capacitación y asistencia técnica, con la fi nalidad de garantizar la continuidad y sostenibilidad del proceso 182925-4