TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de abril de 2008 369828 Tercera.- Entiéndase que las Declaraciones Juradas y las Evaluaciones Ambientales otorgadas al amparo del Decreto Supremo Nº 038-98-EM y el Decreto Supremo Nº 014-2007-EM, son equivalentes para efectos legales, a las Declaraciones de Impacto Ambiental y los Estudios de Impacto Ambiental Semidetallados regulados por el presente Reglamento. Cuarta.- El presente Reglamento entrará en vigencia a los 10 días calendario de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. 182925-2 Aprueban Addenda Nº 3 al Convenio de Administración de Recursos suscrito entre el Ministerio y el PNUD para el “Programa de Reforzamiento Institucional del Ministerio de Energía y Minas, PRIMEM II Etapa” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2008-EM Lima, 1 de abril de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2005- EM del 22 de marzo de 2005, se aprobó el Convenio de Administración de Recursos entre el Ministerio de Energía y Minas y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, ello para la implementación del “Programa de Reforzamiento Institucional del MEM II Etapa”; que tiene como objetivo la dirección y asesoramiento de la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 082-2006-EM del 29 de diciembre de 2006, se aprobó la addenda al Convenio indicado en el párrafo precedente, con lo cual se mantuvo su vigencia durante todo el año 2007; Que mediante Resolución Suprema Nº 002-2008-EM de 17 de enero de 2008, se aprobó la segunda addenda al mismo, manteniéndose su vigencia hasta el 31 de marzo del año 2008; Que, a fi n de continuar con la asistencia técnica del PNUD al Ministerio de Energía y Minas, en el asesoramiento que requiere para los meses de abril y mayo del año 2008, es necesario modifi car los alcances de dicho Convenio en lo referente a la ampliación de su vigencia; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley Nº 29142 y la Sétima Disposición de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28411, las entidades del Gobierno Nacional, durante los años Fiscales 2007 y 2008, están autorizados a suscribir Convenios de Administración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con organismos o instituciones internacionales para encargarles la administración de sus recursos; Que, dichas modalidades deben contar, previamente, con informe de la Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces, en el que se demuestren las ventajas y benefi cios de su concertación, así como la disponibilidad de los recursos para su fi nanciamiento. A su vez, el Convenio respectivo deberá aprobarse por Resolución Suprema. Este mismo procedimiento se empleará también para el caso de addendas, revisiones u otros, que amplíen la vigencia, modifi quen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, mediante Informe Nº 031-2008-EM-OGP/PRES de fecha 27 de marzo de 2008, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, ha opinado favorablemente en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria que permita cubrir el gasto fi nanciero respectivo, así como lo referente a las ventajas y benefi cios de la concertación del Convenio respectivo; Estando a lo dispuesto por la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y en la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Addenda Nº 3 al Convenio de Administración de Recursos, suscrito entre el Ministerio de Energía y Minas y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para el “Programa de Reforzamiento Institucional del Ministerio de Energía y Minas, PRIMEM II Etapa”, ampliando su vigencia hasta el 31 de mayo de 2008. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 182925-6 JUSTICIA Dan carácter oficial al III Congreso Nacional de Derecho Administrativo, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 07-2008-JUS Lima, 31 de marzo de 2008Vista, la solicitud de ofi cialización presentada por la Pontifi cia Universidad Católica del Perú de fecha 27 de marzo de 2008; CONSIDERANDO:Que, mediante los documentos de vista, se solicita se confi era carácter ofi cial al III CONGRESO NACIONAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, organizado por la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, que se realizará los días 24, 25 y 26 de abril de 2008 en la ciudad de Lima, con el objetivo de consolidar la labor de investigación académica por el estudio del derecho administrativo; Que, mediante Ofi cio Nº 251-2008-DNAJ-DDL de fecha 28 de marzo de 2008, la Dirección de Difusión Legislativa de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos opinó favorablemente para dar carácter ofi cial al citado evento; Que, el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones promover el estudio y difusión de la legislación nacional; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 6º de la Ley Orgánica del Sector Justicia – Decreto Ley Nº 25993, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612; inciso j) del artículo 84º e inciso f) del artículo 93º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; y la Directiva Nº 001-2001-JUS/VM aprobada por Resolución Viceministerial Nº 232-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar carácter ofi cial al evento denominado III CONGRESO NACIONAL DE DERECHO ADMINISTRATIVO, organizado por la Pontifi cia Universidad Católica del Perú, que se realizará los días 24, 25 y 26 de abril de 2008 en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- La presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERASMO ALEJANDRO REYNA ALCÁNTARA Viceministro de Justicia 182872-1