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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de abril de 2008 369819 EDUCACION Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe para la ejecución de proyecto de inversión pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0102-2008-ED Lima, 20 de febrero de 2008Visto el Memorando Nº 367-2008-ME/VMGI-OINFE de la Ofi cina de Infraestructura Educativa y el Ofi cio Nº 111-2008-MPF/A de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, el Informe Nº 053-2008-ME/SPE-UP de la Unidad de Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 0532-2007-ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2008 por la suma de TRES MIL CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 049 142 895.00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal i) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es función del Ministerio, liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, establece que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúa mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que las sustenta es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto. Dichas transferencias son autorizadas mediante resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectúan luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. Para el cumplimiento de lo señalado en dicho numeral, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras. Asimismo establece que, cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Trigésima Segunda Disposición Final de la Ley N° 29142, establece que el Convenio suscrito a que se refi ere el numeral 9.4 del artículo 9° de la citada Ley, constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento para que el Gobierno Regional, Gobierno Local y la empresa pública, según sea el caso, efectúe la convocatoria para el proceso de selección para la ejecución del respectivo Proyecto de Inversión Pública según las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, incluye el literal l) dentro del párrafo 75.4 del artículo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autorizando al Ministerio de Educación a efectuar por Resolución de Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, para actividades, proyectos de inversión, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnología educativa; la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consideración a lo solicitado por la Municipalidad Provincial de Ferreñafe y lo expuesto por la Ofi cina de Infraestructura Educativa y la normatividad vigente, la Unidad de Presupuesto considera que es necesario efectuar una transferencia fi nanciera del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor del Pliego 140201: Municipalidad Provincial de Ferreñafe, del departamento de Lambayeque, para la ejecución de un proyecto de infraestructura educativa, por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios; De conformidad con la Ley N° 28411, Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación a favor del Pliego 140201: Municipalidad Provincial de Ferreñafe, hasta por la suma total de SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 754, 035.00) por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, para la ejecución de un Proyecto de Inversión Pública declarado viable, según se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, a partir de la suscripción del Convenio de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Educación y el citado Gobierno Local. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto detallado en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Artículo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional Modifi cado del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3°.- Conforme al numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley Nº 29142, establézcase el Cronograma de Desembolsos contenido en el Anexo de la presente Resolución, por el cual se efectuará la transferencia fi nanciera autorizada. Artículo 4°.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera; se encuentran previstos en el Convenio a suscribirse entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad Provincial de Ferreñafe para el fi nanciamiento del proyecto citado en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 5°.- La Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación y la Ofi cina de Administración o la que haga sus veces en la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, harán las coordinaciones necesarias para la efectivización del desembolso de la transferencia fi nanciera autorizada en la presente Resolución. Artículo 6°.- . La Ofi cina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educación se encargará, de acuerdo a sus funciones, del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4° de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Artículo 7º.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Ministerio de Educación, y copia de la misma será remitida a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación