Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2008 (02/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 2 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES

369819

EDUCACION
Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe para la ejecucion de proyecto de inversion publica
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0102-2008-ED MORDAZA, 20 de febrero de 2008 Visto el Memorando Nº 367-2008-ME/VMGI-OINFE de la Oficina de Infraestructura Educativa y el Oficio Nº 1112008-MPF/A de la Municipalidad Provincial de Ferrenafe, el Informe Nº 053-2008-ME/SPE-UP de la Unidad de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 0532-2007-ED se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educacion, correspondiente al Ano Fiscal 2008 por la suma de TRES MIL CUARENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 049 142 895.00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal i) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es funcion del Ministerio, liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el presupuesto nacional de educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, el numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, establece que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que las sustenta es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Dichas transferencias son autorizadas mediante resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos. Estos desembolsos se efectuan luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras. Para el cumplimiento de lo senalado en dicho numeral, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Asimismo establece que, cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Trigesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley N° 29142, establece que el Convenio suscrito a que se refiere el numeral 9.4 del articulo 9° de la citada Ley, constituye el documento que sustenta la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento para que el Gobierno Regional, Gobierno Local y la empresa publica, segun sea el caso, efectue la convocatoria para el MORDAZA de seleccion para la ejecucion del respectivo Proyecto de Inversion Publica segun las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007 y dicta otras medidas, incluye el literal l) dentro del parrafo 75.4 del articulo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autorizando al Ministerio de Educacion a efectuar por Resolucion de

Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, para actividades, proyectos de inversion, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnologia educativa; la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en consideracion a lo solicitado por la Municipalidad Provincial de Ferrenafe y lo expuesto por la Oficina de Infraestructura Educativa y la normatividad vigente, la Unidad de Presupuesto considera que es necesario efectuar una transferencia financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor del Pliego 140201: Municipalidad Provincial de Ferrenafe, del departamento de MORDAZA, para la ejecucion de un proyecto de infraestructura educativa, por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios; De conformidad con la Ley N° 28411, Ley Nº 29142, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor del Pliego 140201: Municipalidad Provincial de Ferrenafe, hasta por la suma total de SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 754, 035.00) por la fuente de financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para la ejecucion de un Proyecto de Inversion Publica declarado viable, segun se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, a partir de la suscripcion del Convenio de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Educacion y el citado Gobierno Local. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara al Presupuesto Institucional Modificado del Pliego 010: Ministerio de Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3°.- Conforme al numeral 9.4 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, establezcase el Cronograma de Desembolsos contenido en el Anexo de la presente Resolucion, por el cual se efectuara la transferencia financiera autorizada. Articulo 4°.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera; se encuentran previstos en el Convenio a suscribirse entre el Ministerio de Educacion y la Municipalidad Provincial de Ferrenafe para el financiamiento del proyecto citado en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo 5°.- La Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion y la Oficina de Administracion o la que haga sus veces en la Municipalidad Provincial de Ferrenafe, haran las coordinaciones necesarias para la efectivizacion del desembolso de la transferencia financiera autorizada en la presente Resolucion. Articulo 6°.-. La Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion se encargara, de acuerdo a sus funciones, del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4° de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo del proyecto contenido en el mismo. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio de Educacion, y MORDAZA de la misma sera remitida a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion

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