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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (08/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de abril de 2008 370258 Contables, solicita se le declare en Comisión de Servicios del 8 al 12 de abril de 2008, para participar en su condición de Representante Nacional ante ALAFEC en la reunión del Consejo Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ALAFEC), a realizarse en la ciudad de Puebla, México; Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Contables en su sesión del 3 de abril de 2008, autoriza el viaje por comisión de servicios, del 8 al 12 de abril de 2008, al Dr. SATURNINO ALFONSO UGARTE SILVA, Decano de la citada Facultad, para que participe en el mencionado evento; Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles equivalentes a US$ 1,244.48 dólares americanos por concepto de Pasajes, US$ 1,100.00 dólares americanos por concepto de Viáticos por cinco días y US$ 30.25 dólares americanos por concepto de Tarifa CORPAC; acuerdo que se explica mediante Resolución de Decanato Nº 100/FCC-D/08 del 3 de abril de 2008; Que la participación del mencionado docente en el evento antes indicado benefi ciará a la Comunidad Universitaria Sanmarquina en lo académico y científi co, por cuanto elevará el nivel y calidad de enseñanza en la Universidad; así como, redundará a favor de la imagen de nuestro país, y contribuirá a su promoción económica; Que a fi n de mantener el normal desarrollo de las actividades de la Facultad de Ciencias Contables, es necesario encargar el Decanato de la citada Facultad al CPC. JUAN RUFINO CHÁVEZ VALENCIA, por el período que dure la ausencia del titular; Que la Ofi cina General de Planifi cación mediante Ofi cio N° 1191-OGPL-2008, emite opinión favorable; Que se cumplen con los requisitos exigidos por el artículo 8° de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con Resolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 7 de marzo de 2003, modifi cada con Resolución Rectoral N° 00235-R-06 del 25 de enero de 2006; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1ºRatifi car la Resolución de Decanato Nº 100/FCC- D/08 del 3 de abril de 2008 de la Facultad de Ciencias Contables, como se indica: 1. Autorizar el viaje en Comisión de Servicios, del 8 al 12 de abril de 2008, al Dr. SATURNINO ALFONSO UGARTE SILVA, con código N° 070289, Decano de la Facultad de Ciencias Contables, para participar en su condición de Representante Nacional ante ALAFEC, en la reunión del Consejo Ejecutivo de la Asociación Latinoamericana de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración (ALAFEC), a realizarse en la ciudad de Puebla, México. 2. Otorgar al Dr. SATURNINO ALFONSO UGARTE SILVA, las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos que se indican, con cargo a los recursos directamente recaudados por la Facultad de Ciencias Contables, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: Pasaje (Ida y vuelta) US$ 1,244.48 dólares americanos Viáticos (Por 5 días) US$ 1,100.00 dólares americanosTarifa CORPAC US$ 30.25 dólares americanos 2º Encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias Contables al CPC. JUAN RUFINO CHÁVEZ VALENCIA, con código N° 01625A, Docente Permanente Asociado T.C. 40 horas, por el período que dure la ausencia del titular. 3º Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 4º Encargar a la Ofi cina General de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Contables el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 185000-1ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Establecen precisiones relativas al literal A) del numeral 1 del Anexo 5 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 313-2008-OS/CD Lima, 27 de marzo de 2008VISTO:El Memorando Nº GFE-348-2008 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, precise la aplicación del literal a) del numeral 1 del Anexo 5 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 142-2008-OS/CD, correspondiente al “Procedimiento de supervisión de la operatividad del Servicio de Alumbrado Público”; CONSIDERANDO:Que, OSINERGMIN publicó el 23 de febrero de 2008 en el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo Nº 142-2008-OS/CD por la que se aprobó el Anexo 5 de la Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN correspondientes al “Procedimiento de supervisión de la operatividad del Servicio de Alumbrado Público”; Que si bien se ha señalado las sanciones para los incumplimientos previstos en el respectivo procedimiento, corresponde precisar la aplicación de la sanción establecida en el literal A) del numeral 1 del Anexo 5; Que, asimismo, considerando que el referido Anexo 5 ha entrado en vigencia el 24 de febrero de 2008, es decir dentro del primer trimestre del año, es necesario precisar que este Anexo no se aplicará respecto a los resultados de la supervisión de la atención de denuncias de alumbrado público correspondiente al referido primer trimestre de 2008; Que, en ese sentido, de acuerdo con el artículo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se exceptúa la presente modifi cación del requisito de prepublicación en el Diario Ofi cial El Peruano por ser considerado de urgencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699 y el artículo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar respecto al literal A) del numeral 1 del Anexo 5 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 142-2008-OS/CD, lo siguiente: Descargado desde www.elperuano.com.pe