Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (08/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de abril de 2008 370256 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 164-2008-JNAC/RENIEC Lima, 2 de abril de 2008VISTOS:El Ofi cio Nº 000270-2008/GP/RENIEC, de la Gerencia de Procesos e Informe N° 0152-2008-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el Informe N° 000039-2008/SGPI/GP/RENIEC, elaborado por la Sub Gerencia de Procesamiento de Identifi cación, se desprende que, con fecha 23 de septiembre de 1991, los ciudadanos Aldo Alfredo Gushiken Ríos y Luz de María Adrianzén Rivas, contraen matrimonio civil en la Municipalidad Distrital de San Luis, provincia y departamento de Lima, siendo asentada la Partida Nº 406 del Libro de Matrimonios 1991, es en estas circunstancias, que con fecha 23 de septiembre de 1994, el ciudadano Aldo Alfredo Gushiken Ríos, identifi cado ahora como Aldo Alfredo Arias Cappelletti, contrae matrimonio civil en la Municipalidad Distrital de San Borja, provincia y departamento de Lima, nuevamente con Luz de María Adrianzen Rivas, siendo asentada la Partida Nº 051794 del Libro de Matrimonios 1994; Se desprende de los hechos señalados, que ambos ciudadanos, hicieron insertar declaraciones falsas en el Registro, al declarar el primero de los nombrados, a través de los documentos presentados ante la autoridad registral, una identidad que no le correspondía al momento de los hechos, ocultando su verdadera identidad (Aldo Alfredo Gushiken Ríos rectifi cada por adopción el 24 de octubre de 2007) y tanto éste como Luz de María Adrianzen Rivas, declararon falsamente, ser solteros, cuando ambos se encontraban casados desde el 23 de septiembre de 1991; Que, tales actos constituyen indicios válidos de la comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, tipifi cado en el primer párrafo del artículo 428° del Código Penal, al haber hecho insertar en el Registro declaraciones falsas acerca de su identidad y estado civil verdadero; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; y en atención al Informe de Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan contra Aldo Alfredo Arias Cappelletti y Luz de María Adrianzén Rivas, por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica en agravio del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público del RENIEC, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 184024-5MINISTERIO PUBLICO Cesan por límite de edad a Fiscal Adjunto Supremo Titular designado en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 439-2008-MP-FN Lima, 07 de abril de 2008VISTO Y CONSIDERANDO:El Ofi cio Nº 428-2008-MP-FN-GRF, de fecha 01 de abril del 2008, cursado por la Gerencia de Registro de Fiscales, mediante el cual informa que el doctor Juan Jorge Álvarez Martínez, Fiscal Adjunto Supremo Titular, designado en la Fiscalía Suprema de Control Interno; cumple 70 años de edad, el día 08 de abril del año en curso, adjuntando copias de la Partida de Nacimiento expedida por la Municipalidad Provincial de Chincha y de su documento nacional de identidad, para los fi nes pertinentes. Estando a lo expuesto y a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Cesar por límite de edad a partir del 08 de abril del 2008, del doctor Juan Jorge Álvarez Martínez, Fiscal Adjunto Supremo Titular, designado en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 862-2004-MP-FN, de fecha 16 de junio del 2004, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo .- Poner la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para la cancelación del Título Nº 233-2002-CNM, de fecha 16 de abril del 2002, que nombró al doctor Juan Jorge Álvarez Martínez, Fiscal Adjunto Supremo Titular. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 185060-1 Aceptan renuncia de magistrado como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Gregorio Albarracín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 440-2008-MP-FN Lima, 07 de abril de 2008VISTO Y CONSIDERANDO: El Fax de fecha 04 de abril del 2008, presentado por el doctor Gregorio Márquez Vizárraga, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Gregorio Albarracín, en la que comunica su renuncia al cargo. Descargado desde www.elperuano.com.pe