Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2008 (08/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2008

Tercero.- DISPONER que la Gerencia General del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ Primera Etapa, cumpla con publicar el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE. Asimismo, cumpla con remitirlo junto a los Informes que lo sustentan y sus antecedentes a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad, dentro de los (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobado este Acuerdo Regional. Cuarto.- DISPONER que la Gerencia General del Proyecto Especial Majes MORDAZA ­ Primera Etapa, de forma inmediata inicie las acciones de investigacion pertinentes para la determinacion de responsabilidades y de ser el caso la aplicacion de sanciones, tal y conforme lo exige el MORDAZA parrafo del articulo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Disponiendose en este acto su registro y notificacion. MORDAZA, 2008 MORDAZA 04. MORDAZA BOSSIO ROTONDO Presidente del Consejo Regional de MORDAZA 184927-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Reconocen como problematica que merece urgente atencion a la violencia familiar y sexual contra mujeres ninos, ninas y adolescentes
ORDENANZA REGIONAL N° 029-2007 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada el dia 10 de diciembre del 2007, ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional, siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, considera que la descentralizacion es una forma de organizacion democratica y constituye politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del pais; con ese proposito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales, autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Art. 13º de la Ley No. 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le MORDAZA delegadas. Que, de conformidad al articulo 37º numeral a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional dicta Ordenanzas Regionales y Acuerdos del Consejo Regional; y de conformidad al articulo 15º numeral a) es atribucion del Consejo Regional "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Que, el Gobierno Regional de MORDAZA, al MORDAZA de las politicas del Acuerdo Nacional, y la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que en su articulo 60º, establece como funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, formular, aprobar y evaluar las politicas en materia de desarrollo social, en concordancia con la politica general del Gobierno Nacional, los Planes Sectoriales y los Programas correspondientes de los gobiernos locales; asi como formular politicas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar

las acciones orientadas a la prevencion de la violencia politica, familiar y sexual. Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM se establecen las politicas nacionales en materia de Igualdad de Varones y Mujeres, entre las cuales se senala el impulsar en la sociedad en sus acciones y/ o comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre varones y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion de las mujeres y la erradicacion de la violencia familiar y sexual. Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de caracter Internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: la Convencion sobre la eliminacion de todas las formas de discriminacion contra la mujer (CEDAW), la recomendacion General Nº 19º, del 11º Grupo de Sesiones del ONU, Declaracion sobre la Eliminacion de la Violencia contra la Mujer (Resolucion de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993 de la ONU, Convencion Interamericana, para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer "Convencion de Belem do Para" (1984). Que, la violencia contra la mujer, los ninos, las ninas, los adolescentes, los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas que se padecen en el MORDAZA y en la region MORDAZA, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de MORDAZA de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida. Que, segun los registros oficiales del Centro Emergencia MORDAZA se atendio de Enero del 2002 a diciembre del 2006 a un total de 6,648 casos de violencia familiar y sexual, de los cuales el 87.24 % son mujeres y el 12.65 % son varones, de los 552 casos de ninas, ninos y adolescentes atendidos por algun MORDAZA de violencia intra familiar o abuso sexual el 21.70 % (121 CASOS) TIENEN HASTA 5 ANOS. El 28.33% (160 casos ) tienen entre 6 y 11 anos, mientras que el 50.08% tienen entre 12 y 17 anos (271 casos). Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a traves del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada MORDAZA o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la poblacion, promoviendo la toma de conciencia sobre la problematica; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo los ninos y adolescentes. En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Peru, Ley Organica de Gobiernos Regionales No. 27867, sus modificatorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional. ORDENA:

Articulo Primero.- RECONOCER como una problematica que merece urgente atencion a la violencia familiar y sexual contra mujeres, ninos, ninas y adolescentes. Articulo Segundo.- INCORPORAR como lineas estrategicas de las politicas regionales prioritarias de Educacion y Social la Prevencion de la violencia basada en Genero. Articulo Tercero.- INCORPORAR en la agenda del Gobierno Regional de la Gerencia de Desarrollo Social, la articulacion de acciones con el Centro Emergencia Mujer MORDAZA y asignara un presupuesto para las actividades a desarrollar, orientada a disminuir la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido. Articulo Cuarto.- COMPROMETER a los Gobiernos Locales para que incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de planes de prevencion a fin de coadyuvar el exito de la aplicacion de las estrategias que prevengan y atiendan a las victimas de violencia familiar y sexual en las provincias de la Region Puno. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano.

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