Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2008 (08/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 8 de MORDAZA de 2008

Investigacion Criminal de Chiclayo y los tres restantes suscritos por los Oficiales Comisarios de los distritos de Atusparia y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la Comisaria de Mujeres de Chiclayo; y g) Que, registra un MORDAZA judicial seguido con el Estado en calidad de demandante y el Ministerio Publico en calidad de demandado por una Accion de Cumplimiento sobre incorporacion al regimen del Decreto Ley Nº 20530. Decimo Segundo: Dado que el MORDAZA de evaluacion y ratificacion es un MORDAZA publico, la critica ciudadana a la funcion publica es un elemento fundamental en el fortalecimiento de las instituciones de la democracia participativa, en ese sentido, la sociedad civil, asi como las entidades representativas reconocidas por la Constitucion Politica, coadyuvan a la evaluacion de la conducta e idoneidad de los magistrados; por ello debe considerarse entre otras informaciones aquellas proporcionadas por los Colegios de Abogados; en este sentido, resulta pertinente tomar en cuenta los resultados de 4 referendums sobre la evaluacion de los magistrados, remitidos por el Colegio de Abogados de MORDAZA a fojas 638, respecto a la conducta e idoneidad de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como son el Referendum del 22 de MORDAZA del 1994, en el que presenta un rechazo del 52.24% sobre una aceptacion de 47.24%; en el Referendum del 12 de Septiembre de 1997 presenta un rechazo de 36.280% frente a una aceptacion de 30.793%; en el Referendum del 19 de MORDAZA del 2001 presenta un rechazo en los rubros de idoneidad de 42% y en probidad 37%; finalmente, en el Referendum del 11 de agosto de 2006 presenta una aprobacion de 50.3946%. Se informa ademas que no registra sanciones impuestas ante dicha entidad gremial. Asi pues, de la documentacion remitida por el Colegio de Abogados de MORDAZA, puede concluirse que la fiscal evaluada no tiene una aceptacion mayoritaria de parte de la comunidad juridica del lugar en que ejerce sus funciones, lo cual tambien se pondera junto a los otros factores. Decimo Tercero: Que, respecto al patrimonio de la magistrada, fluye de los documentos que obran en el expediente como sus declaraciones juradas, la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y de lo vertido en la entrevista personal, que la doctora MORDAZA MORDAZA declara unicamente un departamento de su propiedad, ubicado en MORDAZA Jupiter Nº 150 ­ 450 Urbanizacion MORDAZA MORDAZA en la MORDAZA de Chiclayo; no evidencia otros inmuebles ni participacion en personas juridicas, no habiendose determinado ningun incremento desmesurado en su patrimonio, evidenciando una situacion regular o compatible con sus ingresos y obligaciones. Decimo Cuarto: Que, la evaluacion del factor idoneidad de la magistrada esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar eficaz y eficientemente su labor como Fiscal acorde con las delicadas responsabilidades de su cargo. Decimo Quinto: Que, en lo referente al aspecto de idoneidad, la produccion fiscal de la evaluada de acuerdo a la informacion recibida de la Gerencia de Planificacion Racionalizacion y Estadistica del Ministerio Publico, registra una produccion de 713 dictamenes en el ano 1999, 783 dictamenes en el ano 2000 y en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 17 de agosto del 2001, tramito un total de 386 denuncias; no se brinda informacion del periodo comprendido entre el 8 de MORDAZA de 2006 a la fecha, por estar desempenando funciones de Fiscal Adjunto, sin embargo se indica que no registra procesos con plazos vencidos. Decimo Sexto: Que, respecto a la calidad de los 15 dictamenes presentados por la evaluada, en merito al analisis e informe emitido por el especialista y que este colegiado asume con ponderacion, considera que solo 6 dictamenes son clasificados como aceptables, 7 dictamenes tienen serias observaciones al no haberse sustentado la MORDAZA legal correspondiente y 2 dictamenes son estimados como deficientes; durante su entrevista se le formularon preguntas referidas a la omision de la

MORDAZA penal correspondiente, aceptando haber omitido en sus dictamenes la MORDAZA legal respectiva; lo que nos permite concluir que en mas del 50% de los dictamenes presentados por la magistrada, se ha determinado deficiencias de caracter fundamental, toda vez que en los dictamenes fiscales (acusaciones o denuncias) resulta imprescindible el desarrollo y la cita expresa del delito imputado a los denunciados que debe estar sustentado en la MORDAZA correspondiente del Codigo Penal, a efecto de dar cumplimiento al MORDAZA de Legalidad ­ Tipicidad, deficiencia que ha quedado demostrada con la apreciacion del especialista y con la propia aceptacion de la evaluada durante su entrevista. Decimo Setimo: Que, respecto a la capacitacion se ha podido establecer que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo de evaluacion, de enero de 1994 a la fecha, solo ha asistido a 12 conferencias; asimismo, durante el mismo periodo, registra haber asistido a cuatro (4) cursos de la Academia de la Magistratura: 1) "Conferencias del Caracter residual del MORDAZA e MORDAZA, Contratos Temporales y Jornadas Atipicas", sin calificacion; 2) "Capacitacion Academica para el ascenso" con calificacion de 14.26; 3) "Temas de Derecho Penal Especial" con calificacion de 14; y 4) "Capacitacion" sin determinar la calificacion. La evaluada ademas, se encuentra estudiando desde el ano 2006, la maestria en Ciencias Penales en la Universidad MORDAZA MORDAZA Gallo de MORDAZA, donde se encuentra cursando el tercer ciclo y registra 2 cursos de computacion; de lo cual se puede afirmar que la evaluada no se ha ido actualizando en forma regular durante el periodo comprendido entre el ano 2001 al 2006; situacion sobre la cual fue preguntada en la entrevista personal realizada por el Pleno en sesion publica del 10 de octubre de 2007, respondiendo que no lo hizo por falta de recursos economicos. En la misma entrevista se le formularon preguntas referidas a su especialidad y las funciones del cargo de Fiscal Provincial Adjunta a la Fiscalia Provincial en lo Penal de Chiclayo del Distrito Judicial de MORDAZA asi como preguntas basicas de Derecho Penal y Procesal Penal, contestando en el primer caso en forma dubitativa evidenciando falta de seguridad y en lo que respecta a sus funciones de fiscal, sobre su actuacion en los casos de levantamientos de cadaver, dando informacion de las funciones que le competen. Decimo Octavo: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante el periodo sujeto a evaluacion no ha satisfecho las exigencias de conducta e idoneidad acordes con la delicada funcion fiscal en la administracion de justicia; situacion que se acredita con las sanciones disciplinarias que le fueron impuestas a lo largo del periodo en evaluacion, y especialmente las serias observaciones a la calidad de sus dictamenes presentados para el presente MORDAZA, en la mayoria de los cuales se evidencia una falta de tecnica normativa, al no sustentar sus dictamenes con el MORDAZA legal pertinente del Codigo Penal, lo cual constituye una afectacion al MORDAZA de legalidad; asimismo el pronunciamiento de disconformidad a la labor de la evaluada expresada por los agremiados del Colegio de Abogados de MORDAZA, como resultado de los referendums de los anos 1994, 1997, 2001 y 2006, el hecho de no mostrar MORDAZA por una adecuada actualizacion y capacitacion en sus conocimientos juridicos durante el periodo de evaluacion como tambien cuando estuvo apartada de la funcion publica, lo que se verifica de su limitada asistencia y/o participacion en cursos y seminarios de caracter juridico, con excepcion de los estudios de maestria iniciados recien en el ano 2006, tampoco ejerce la docencia universitaria y no registra publicaciones. Decimo Noveno: Que, este Consejo tambien tiene presente el examen psicologico y psicometrico practicado en la persona de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuyas conclusiones resultan favorables a la evaluada y que sin embargo el Consejo lo contrasta con los otros elementos del proceso. Vigesimo: Que, por todo lo expuesto, tomando en cuenta unicamente aquellos elementos objetivos ya glosados para el MORDAZA de evaluacion y ratificacion que

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