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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de abril de 2008 370451 Que, en tal sentido, PROINVERSIÓN ha designado a la señorita Verónica Maseda Beaumont, Asesora Legal de dicha Agencia, para que participe en la mencionada ronda; Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar el viaje de la referida asesora, debiendo PROINVERSIÓN asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señorita Verónica Maseda Beaumont, Asesora Legal de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 20 al 24 de abril de 2008, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 910,75 Viáticos : US$ 1 000,00 TUUA : US$ 30,25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida asesora deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la asesora, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 187096-6 EDUCACION Aprueban “Normas para la Distribución Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Secundaria 2008” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0179-2008-ED Lima, 4 de abril de 2008 CONSIDERANDO:Que, el inciso c) del artículo 13º de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece como uno de los factores para el logro de la calidad educativa, la inversión mínima por alumno en la provisión de materiales educativos; Que, según lo previsto por el artículo 30º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias, corresponde a la Dirección General de Educación Básica Regular normar los procesos de diseño, producción, distribución y uso de los materiales educativos asegurando su coherencia y concordancia con la articulación entre los niveles educativos; Que, asimismo, el inciso d) del artículo 33º del aludido Reglamento, señala que la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, es la responsable de proponer las normas sobre el uso y distribución de materiales educativos para el Nivel de Educación Secundaria; Que, en aplicación de las normas legales invocadas, el Ministerio de Educación, a través de su Ofi cina General de Administración, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD y la Organización de Estados Iberoamericanos – OEI, procedió a adquirir materiales educativos para dotar a las Instituciones Educativas de Gestión Pública de Educación Básica Regular del Nivel de Educación Secundaria; Que, por las consideraciones precedentes, resulta necesario aprobar las “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Secundaria 2008”, propuestas por la Dirección General de Educación Básica Regular a través de la Dirección de Educación Secundaria; que le permita asegurar la oportuna distribución de los referidos materiales; Estando a lo opinado por la Dirección de Educación Secundaria mediante Informe Nº 007-2008-DIGERB/DES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Materiales Educativos de Educación Secundaria 2008”, que se anexan y forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección General de Educación Básica Regular dicte las normas complementarias que se consideren necesarias para la adecuada aplicación de las normas que se aprueban en el artículo precedente. Artículo 3º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educación para que en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local supervisen y monitoreen el cumplimiento de las normas aprobadas por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación NORMAS PARA LA DISTRIBUCIÓN, RECEPCIÓN, CONSERVACIÓN Y SEGURIDAD DE MATERIALES EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA 2008 1. FINALIDAD Normar el proceso de distribución, recepción, conservación y seguridad de los Materiales Educativos del nivel de Educación Secundaria que son distribuidos gratuitamente desde el Ministerio de Educación a través de las UGEL para las II.EE., a fi n de asegurar su adecuada y oportuna recepción por las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular Nivel Secundaria de gestión pública a nivel nacional,Descargado desde www.elperuano.com.pe