Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2008 (11/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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370453

e) En el caso de material faltante, la UGEL por intermedio del personal responsable de recepcion, dejara MORDAZA mediante la suscripcion de un Acta, incluyendo al representante de la empresa de transporte. Dicha Acta sera remitida por conducto regular y via fax para los tramites de su cumplimiento y/o reposicion del material faltante por parte de la empresa de transporte. f) La DES en base al reporte de las PECOSAS e informe de distribucion de la OGA, emitira la conformidad de recepcion de los Materiales Educativos por las UGEL, a fin de que la OGA ejecute el pago respectivo a la empresa de transporte por el servicio brindado. g) La DES de acuerdo a sus competencias, en forma aleatoria y coordinada realizara el monitoreo del MORDAZA de distribucion de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas. 6.2 Direccion Regional de Educacion:

b) El Director (a) recepcionara los Materiales Educativos asignados, verificando el contenido, condiciones, cantidad y firmar la conformidad en las PECOSAS y por cuadriplicado el Acta de Entrega. Entregar al responsable de la UGEL. c) Registrar e inventariar el Material Educativo recepcionado, como parte del Centro de Recursos Educativos (CRE). 7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS a) Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local respectivamente, resolveran los casos no previstos en la presente MORDAZA, dando cuenta a la Direccion General de Educacion Basica Regular. b) Los Directores Regionales de Educacion, Directores de Unidades de Gestion Educativa Local y Directores de Instituciones Educativas dispondran lo conveniente a fin de garantizar el estricto cumplimiento de la presente Norma. c) Las instancias de gestion educativa descentralizadas y los funcionarios responsables tienen la obligacion, bajo responsabilidad, de realizar permanentemente acciones de supervision, control concurrente y posteriores a los procesos de recepcion y distribucion de los materiales educativos. San MORDAZA, marzo 2008.

a) La DRE, a traves del Comite Regional de Distribucion de Material Educativo y en coordinacion con las UGELs, supervisara la recepcion, distribucion (despacho oportuno) y conservacion de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas de sus respectivas jurisdicciones. b) Mantener actualizado el Directorio de Almacenes por UGELs, remitir a la OGA un ejemplar de dicho documento. 6.3 Unidad de Gestion Educativa Local:

a) La UGEL, a traves del Comite Local de Distribucion de Material Educativo, es la responsable de dirigir y ejecutar el MORDAZA de recepcion, distribucion (despacho oportuno) y conservacion de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas de su jurisdiccion. b) Disponer la recepcion, verificar las condiciones y cantidades de los Materiales Educativos de acuerdo al Cuadro de Distribucion. Firmar a la fecha, la conformidad en las PECOSAS y Guias de Remision respectivas, asi como el cargo de los documentos complementarios. c) Establecer los mecanismos mas adecuados para el oportuno despacho, uso, conservacion y seguridad de los Materiales Educativos a las Instituciones Educativas beneficiadas. d) Las Actas de Entrega de las II.EE. seran llenadas por el Especialista de Secundaria (AGP) y las PECOSAS seran elaboradas por el responsable de Abastecimiento (AGA) para su distribucion (Almacen) a las Instituciones Educativas. e) Remitir a la Direccion de Educacion Secundaria y Direccion Regional de Educacion, un juego original de Actas de Entrega de las II.EE. de su jurisdiccion y el informe del MORDAZA de distribucion. La remision debe efectuarse en un plazo no mayor a 30 dias de iniciada la distribucion a las II.EE. f) Supervisar el cumplimiento de los alcances de la presente MORDAZA e informar a la DRE de lo actuado con MORDAZA a la DES. 6.4 Municipalidad del Plan Piloto Municipalizacion de Gestion Educativa: de

186658-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban modificacion de concesion definitiva de transmision y del Contrato de Concesion Nº 076-96, celebrado entre el Ministerio e HIDRANDINA S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2008-EM

MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente Nº 14017593, sobre la concesion definitiva de transmision de energia electrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11000323 de la Oficina Registral Trujillo; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion Nº 076-96, presentada el 19 de octubre de 2005; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolucion Suprema Nº 069-96EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de agosto de 1996, se otorgo a favor de la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, en la LT 138 kV SE Chimbote Nº 2 - SE MORDAZA Sur, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 076-96, elevado a Escritura Publica el 30 de setiembre de 1996; Que, con fecha 19 de octubre de 2005, el concesionario solicito la modificacion del Contrato de Concesion Nº 07696, en lo que respecta a la modificacion de la LT 138 kV SE Chimbote Nº 2 - SE MORDAZA Sur, quedando conformada por dos tramos: 1) LT 60 kV SE MORDAZA Sur - SE MORDAZA, y 2) LT 138 kV SE Chimbote Nº 2 - SE Santa; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta

a) Remitir a la Direccion de Educacion Secundaria y Direccion Regional de Educacion, un juego original de Actas de Entrega de las II.EE. de su jurisdiccion y el informe del MORDAZA de distribucion. La remision debe efectuarse en un plazo no mayor a 30 dias de iniciada la distribucion a las II.EE. b) Supervisar el cumplimiento de los alcances de la presente MORDAZA e informar a la DRE de lo actuado con MORDAZA a la DES. 6.5 Direccion de Institucion Educativa: a) La I.E. a traves del Comite Institucional de Distribucion de Material Educativo, presidido por el Director (a) es responsable de la recepcion, conservacion y seguridad del material educativo dotado.

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