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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de abril de 2008 370452 2. OBJETIVO Proporcionar las orientaciones necesarias que garanticen una distribución oportuna y adecuada del Material Educativo de Educación Secundaria, a las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular Nivel Secundaria de gestión pública a nivel nacional. 3. BASE LEGAL • Ley Nº 28044. Ley General de Educación; • Ley Nº 27783. Ley de Bases de la Descentralización; • Ley Nº 27867. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902; • Decreto Supremo Nº 013-2004-ED. Reglamento de Educación Básica Regular; • Decreto Supremo Nº 009-2005-ED. Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; • Decreto Supremo Nº 006-2006-ED. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y modifi catoria Decreto Supremo Nº 001-2008-ED; • Resolución Ministerial Nº 0667-2005-ED. Diseño Curricular Nacional de Educación Básica Regular- Proceso de Articulación; • Resolución Ministerial Nº 176-2007-ED. Normas para la Distribución, Recepción, Conservación y Seguridad de Material Educativo de Educación Secundaria (numeral 5. inciso d) y e.) • Resolución Ministerial Nº 0494-2007-ED. Directiva para el desarrollo del Año Escolar 2008. • Resolución de Contraloría Nº 320-2006-CG Normas de Control Interno. • Decreto Supremo Nº 005-2008-ED- Incorpora en el Plan Piloto de Municipalización de Gestión Educativa el nivel secundario. 4. ALCANCES: a) Ministerio de Educación-Sede Central: • Dirección General de Educación Básica Regular- DIGEBR. Dirección de Educación Secundaria –DES; • Ofi cina General de Administración-OGA. Unidad de Abastecimiento-UA b) Direcciones Regionales de Educación (DREs); • Comité Regional de Distribución de Material Educativo (CORDIME) c) Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs); • Comité Local de Distribución de Material Educativo (COLDIME) d) Instituciones Educativas de Educación Básica Regular-Nivel Secundaria de gestión pública (IE.EBR- NS); • Comité Institucional de Distribución de Material Educativo (COINDIME). e) Municipalidades consideradas en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa que atiendan II.EE. de nivel secundaria de carácter integrado. 5.- DISPOSICIONES GENERALES a) La distribución de Materiales Educativos para las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular-Nivel Secundaria de gestión pública, comprende: • Textos para estudiantes y Manuales para docentes (1º a 5º Grados) de las siguientes Áreas Curriculares: Matemática; Comunicación; Idioma extranjero-Inglés; Ciencias Sociales; Persona, Familia y Relaciones Humanas; Ciencia, Tecnología y Ambiente.• Módulos de Material Manipulativo: Balanzas tipo Roberval; Colchonetas compactas; Colchonetas blandas; Cronómetros; Cajones acústicos; Flautas dulces; Modelo de torso humano masculino-femenino (II Etapa); • Módulos de Material Audiovisual: Videos de actualización para docentes. • Módulos de Biblioteca: Fascículos y Fichas.• Material Curricular: Propuestas Pedagógicas para el Desarrollo de Capacidades Comunicativas. b) La Dirección General de Educación Básica Regular, a través de la Dirección de Educación Secundaria, así como la Ofi cina General de Administración son responsables de acuerdo a sus competencias, de la conducción del proceso de distribución de los Materiales Educativos a nivel nacional. c) Las Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, a través de sus respectivos Comités de Distribución de Material Educativo, son responsables según sus competencias de adoptar las medidas necesarias para asegurar todo el proceso de recepción, distribución, conservación y seguridad de los Materiales Educativos en las Instituciones Educativas benefi ciadas. d) Cada Institución Educativa a través de la UGEL, recibirá una dotación de Materiales Educativos de acuerdo al Cuadro de Distribución según corresponda (Anexo01). La recepción será fi rmada en el Acta de Entrega por el Director en señal de conformidad. e) Las Actas de Entrega, fi rmadas por los Directores de las II.EE. en ejemplares originales serán distribuidas por la UGEL de la siguiente manera: • (1) ejemplar a la Institución Educativa; • (1) juego original para la Unidad de Gestión Educativa Local; • (1) juego original para la Dirección Regional de Educación; • (1) juego original para la Dirección de Educación Secundaria; y • (1) juego original para la Municipalidad del Plan Piloto. f) El juego de las Actas de Entrega correspondiente a la Dirección de Educación Secundaria, deberá remitirse directamente a la DES, según se vaya ejecutando las entregas a las II.EE. benefi ciadas, comunicando a la DRE respectiva. 6.- DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 6.1 Ministerio de Educación: a) La Dirección de Educación Secundaria (DES) impartirá las orientaciones técnicas complementarias pertinentes, proporcionará el Cuadro de Distribución, Listado de Instituciones Educativas benefi ciadas y Actas de Entrega. b) La DES, supervisará que la remisión de las Actas de Entrega se realice en un plazo no mayor de 30 días de iniciada la distribución por las UGEL. c) La Ofi cina General de Administración (OGA) en coordinación con la Dirección de Educación Secundaria (DES) es responsable de la administración del contrato de las empresas de transporte y distribución de los Materiales Educativos. d) La OGA para iniciar el despacho desde el almacén de origen (MED) a los almacenes de destino (UGEL), entregará a los transportistas: PECOSAS, Guías de Remisión, Cuadro de Distribución, Listado de II.EE., Actas de Entrega y Normas de distribución. Las PECOSAS, Guías de Remisión y demás documentos complementarios, deberán ser devueltas por los transportistas debidamente fi rmadas, selladas y con fecha de recepción por uno de los responsables de la UGEL: • Jefe del Área de Gestión Administrativa; • Jefe de Abastecimiento y/o encargado del Área de Almacén. Descargado desde www.elperuano.com.pe