Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2008 (11/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CAPITULO IV

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD

Articulo 19°.- De la finalidad de las acciones La comunidad organizada en coordinacion con el equipo de salud, a traves de sus organizaciones sociales y/o agentes comunitarios, realizaran las siguientes acciones de implementacion: 1) Fomentar la conciencia y sensibilizacion de los distintos actores sociales respecto a la Prevencion de la Diabetes en la poblacion. 2) Participar en la formulacion de los planes y proyectos integrales locales a favor de la atencion de la persona con Diabetes. 3) Fomentar la participacion de la familia y comunidad en la formacion de grupos de ayuda mutua para la atencion de la persona con Diabetes. Articulo 20°.- De los Responsables Sociales Los responsables sociales en la comunidad seran: 1) Los Agentes Comunitarios de Salud o Promotoras(es) de salud. 2) Los Comites Comunales o Locales de Salud. 3) Las Organizaciones capacitadas en acciones preventivas y de promocion en salud (Bomberos, Defensa Civil, MORDAZA Roja etc.) u otros actores sociales. Articulo 21°.- De la participacion de los Responsables Sociales Los responsables sociales participaran en las siguientes labores: 1) Enviar o acompanar a la persona con Diabetes al Establecimiento de Salud cuando presente signos de peligro y/o alarma, factores de riesgo y/o dano(s) en salud. 2) Coordinar e informar la referencia y contrarreferencia de la persona con Diabetes al Puesto o Centro de Salud asignado. 3) Solicitar apoyo al Puesto o Centro de Salud de referencia, en caso que la condicion de salud de la persona con Diabetes lo requiera. 4) Reportar problemas o limitaciones encontrados en la referencia de la persona con Diabetes al centro de salud. Articulo 22°.- De la participacion de las personas con Diabetes La participacion de las personas con Diabetes, se efectuara a traves de la conformacion de Grupos de Ayuda Mutua.
CAPITULO V DE LA PARTICIPACION DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL

No Transmisibles, encontrandose la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Salud (OGEI) a cargo de la administracion y registro de la base de datos de los pacientes diabeticos. Para tal efecto, debe contar con los siguientes Sub Sistemas: 1) Sub Sistema de Registro Nacional de Pacientes y Seguimiento. 2) Sub Sistema Estadistico. 3) Sub Sistema de Analisis de Datos. 4) Sub Sistema de Almacen de Datos. Articulo 25°.- Del Objetivo El Registro Nacional de Pacientes con Diabetes debera disponer de informacion actualizada de la morbilidad y mortalidad por diabetes en un territorio definido, permitiendo conocer las tasas de incidencia, prevalencia y mortalidad; asi como conocer la distribucion geografica y por grupos poblacionales de esta patologia, para orientar a la planificacion y control de las acciones sanitarias relativas a la diabetes. Articulo 26º.- Sub Sistema de Registro Nacional de Pacientes y Seguimiento Es el responsable del registro sistematico y ordenado de pacientes con el diagnostico de Diabetes, el mismo que se implementara en los Centros Asistenciales utilizando instrumentos que sirven para tener registros de datos tales como: 1) Ficha de la persona con Diabetes. 2 )Libro de registro y seguimiento de la persona con Diabetes. Estos datos seran consolidados por el personal de salud en un informe mensual denominado Informe Operacional. Articulo 27º.- Sub Sistema Estadistico Es el responsable de la recoleccion sistematica y ordenada de los datos que abastecen al Registro Nacional de Pacientes con Diabetes. Articulo 28º.- Sub Sistema de Analisis de Datos Es el responsable de los registros realizados por los profesionales de la Salud durante la atencion a los pacientes. Conforme a ello, facilitaran el analisis que permita la elaboracion de los MORDAZA gerenciales, los indicadores de gestion y las tendencias epidemiologicas que serviran para cuantificar la cobertura de atencion, produccion, recursos, rendimientos y costos de la atencion por Diabetes en el pais. Articulo 29º.- Sub Sistema de Almacen de Datos Es el responsable del registro de datos en forma manual, en libros de registros (formatos impresos), informes operacionales, historia clinica y otros documentos auxiliares, constituyendo el archivo fisico de datos. A traves del Sistema de Informacion de Salud - HIS/MIS -, se realizara el registro de atenciones hasta la implementacion de un software que permita el registro informatico de pacientes.
CAPITULO II DE LOS NIVELES DE INFORMACION

Articulo 23°.- De la Comunicacion Social para prevencion de Diabetes El Ministerio de Salud, a traves de la Direccion General de Promocion de la Salud y de la Oficina General de Comunicaciones, establecera un plan para promover estrategias y acciones de comunicacion social y educacion para la salud en la difusion de mensajes sobre el control de los factores de riesgo para la Diabetes.
TITULO TERCERO REGISTRO NACIONAL DE PACIENTES CON DIABETES CAPITULO I ASPECTOS GENERALES

Articulo 30°.- Del Nivel Local El nivel local de informacion esta constituido por: 1) Establecimientos de Salud del Sector Es la unidad basica de registro y de procesamiento de informacion para el Registro Nacional de Personas con Diabetes, la cual elaborara mensualmente un informe operacional y lo remitira trimestralmente al nivel inmediato superior (microrred, red, DISA/DIRESA). Dentro de este nivel se encuentran considerados los establecimientos de Salud del primer nivel de atencion.

Articulo 24°.- Definicion El Registro Nacional de Pacientes con Diabetes es parte del Sistema Nacional de Informacion de Danos

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