Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2008 (11/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, y; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Acceder al pedido de extradicion activa de la procesada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el Trigesimo MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del delito contra el orden financiero y monetario - delito monetario en la modalidad de circulacion de moneda falsa en agravio del Estado y del Banco Central de Reserva; y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
187096-9

del Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2005-IN, el Decreto Ley N° 17537, Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Ley N° 25993, Ley Organica del Sector Justicia y por el Reglamento para la designacion de Procuradores Publicos, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2001JUS, y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Precisar que la Procuraduria Publica del Ministerio del Interior a cargo de los asuntos judiciales relativos al Trafico Ilicito de Drogas, mantiene su competencia originaria y continua expedita para conocer los delitos enumerados en la Ley N° 27765, modificada por Decreto Legislativo N° 986, siempre que estos delitos tengan conexion o vinculacion derivada de una estructura criminal, con los delitos que son materia de su competencia originaria. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior
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Establecen precision a la competencia de la Procuraduria Publica del Ministerio del Interior a cargo de los asuntos judiciales relativos al TID para conocer delitos enumerados en la Ley N° 27765, modificada por D. Leg. N° 986
RESOLUCION SUPREMA N° 058-2008-JUS

RELACIONES EXTERIORES
Remiten al Congreso de la Republica documentacion sobre subsanacion del MORDAZA de perfeccionamiento interno del Convenio sobre Transporte Aereo Civil, suscrito con el Gobierno de la Republica Popular China
RESOLUCION SUPREMA N° 103-2008-RE

MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA decada el crimen organizado ha experimentado un alarmante crecimiento ocasionando un clima de violencia e inseguridad, el que afecta el desarrollo y la defensa nacional por su repercusion en el ambito social y economico del MORDAZA, asi como su imagen en el contexto internacional; Que, a fin de combatir y neutralizar los alcances de dicha actividad delictiva, el Estado Peruano ha venido adoptando acciones y mecanismos idoneos como respuesta oportuna en defensa de la sociedad, dentro del MORDAZA normativo interno y del supranacional correspondiente; Que, en este contexto, siendo los delitos de Trafico Ilicito de Drogas y de MORDAZA de Activos las manifestaciones mas relevantes del crimen organizado, y siendo que la defensa del Estado se encuentra a cargo de la Procuraduria Publica del Ministerio del Interior en los asuntos relativos al Trafico Ilicito de Drogas, resulta necesario precisar que el titular de dicha Procuraduria mantiene su competencia originaria, la misma que conitnua expedita para conocer los delitos precisados en la Ley N° 27765, modificada por Decreto Legislativo N° 986, siempre que estos ilicitos penales tengan conexidad o vinculacion derivada de una estructura criminal con los delitos que son materia de su competencia originaria; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158 Ley Organica del Poder Ejecutivo, Texto Unico Ordenado

MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, el "Convenio entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China sobre Transporte Aereo Civil", fue suscrito el 30 de marzo del 2000, en la MORDAZA de Beijing, Republica Popular China; Que, el referido Convenio fue ratificado imperfectamente mediante Decreto Supremo N° 0772001-RE de 26 de septiembre de 2001, cuando debio aprobarse por el Congreso de la Republica conforme lo dispone el articulo 56° de la Constitucion Politica del Peru; Que, es conveniente a los intereses del Peru mantener la vigencia del citado Convenio; Que, es necesaria la subsanacion del MORDAZA de perfeccionamiento interno del mencionado Convenio; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 102° inciso 3 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2° de la Ley N° 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano;

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