Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2008 (11/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2008

con la opinion favorable a que se refiere el Informe Nº 045-2008-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modificacion al Contrato de Concesion Nº 076-96, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice-Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de la concesion definitiva de transmision de la LT 138 kV SE Chimbote Nº 2 - SE MORDAZA Sur con el objeto de que quede conformada por dos tramos 1) LT 60 kV SE MORDAZA Sur - SE MORDAZA, y 2) LT 138 kV SE Chimbote Nº 2 - SE MORDAZA, y por tanto aprobar la modificacion de la Clausula Tercera, el Anexo Nº 2 y el Anexo Nº 4 del Contrato de Concesion Nº 076-96, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA S.A., por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la minuta de modificacion al Contrato de Concesion Nº 076-96, aprobada en el articulo precedente y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que origine la modificacion al Contrato de Concesion Nº 076-96. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguiente a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano, por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
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EDEGEL S.A.A. concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, entre otras, con la Linea de Transmision de 60 kV CH Moyopampa ­ SE MORDAZA MORDAZA, la cual figura en el Expediente, aprobandose el Contrato de Concesion N° 055-95, elevado a Escritura Publica el 12 de junio de 1995; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 282-95EM/VME, publicada el 23 de octubre de 1995, se impuso servidumbre de electroducto, en via de regularizacion, en la Linea de Transmision de 60 kV CH Moyopampa - SE MORDAZA MORDAZA, exceptuandose algunos tramos de la indicada linea de transmision, toda vez que de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 114° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, no podra imponerse servidumbre de electroducto sobre edificios, patios y jardines cuando estos se encuentren en zonas urbanas, salvo las excepciones que se establezcan en el Codigo Nacional de Electricidad; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2007, el concesionario solicito la modificacion del Contrato de Concesion N° 055-95 en el aspecto referido a la extension de la linea de transmision, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modificacion del recorrido de un tramo de la indicada linea localizada en MORDAZA MORDAZA, por cuanto debajo de MORDAZA existen construcciones, lo que contraviene el articulo 114° de la Ley de Concesiones Electricas; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe N° 063-2008-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modificacion al Contrato de Concesion N° 055-95, la misma que debera ser elevada a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del articulo 53° y en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE:

Aprueban modificacion de clausulas y anexos del Contrato de Concesion N° 055-95 celebrado entre el Ministerio con EDEGEL S.A.A.
RESOLUCION SUPREMA N° 020-2008-EM

MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente N° 14002193, sobre la solicitud de modificacion de concesion definitiva de transmision de energia electrica, presentada por EDEGEL S.A.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 031-95EM, publicada el 7 de MORDAZA de 1995, se otorgo a favor de

Articulo 1°.- Aprobar la modificacion a la Clausula Tercera, la Clausula Sexta, la Clausula Decimo Primera y los Anexos N° 2, N° 4 y N° 5 del Contrato de Concesion N° 055-95, celebrado entre el Ministerio de Energia y Minas y EDEGEL S.A.A., por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la modificacion al Contrato de Concesion N° 055-95, aprobada en el articulo 1° de la presente Resolucion y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica que de origen la modificacion al Contrato de Concesion N° 055-95. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguiente a su expedicion y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
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