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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 13 de abril de 2008 370609 h) Excepciones a las normas de austeridad. i) Comités de pagos. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. 3) ADMINISTRACIÓN, RENTAS Y COMERCIALI- ZACIÓN A esta comisión le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ámbito normativo y fi scalizador, en asuntos de: a) Propuesta de creación, modifi cación y supresión de tributos. b) Velar por la actualización de los registros y cuentas corrientes de los contribuyentes y de las propiedades de la Municipalidad que generen rentas. c) Otorgamiento de Licencia de Apertura de Establecimientos Comerciales e Industriales y de Actividades profesionales, controlando su funcionamiento de acuerdo a las mismas. d) Proponer sistemas tendentes a mejorar el control de las declaraciones juradas. e) Proposiciones que implican rentas no presupuestadas. f) Comercio ambulatorio; defensa del consumidor. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. 4) SERVICIOS A LA CIUDAD Y SANIDADA esta comisión le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ámbito normativo y fi scalizador, en asuntos de: a) Apoyo a las pequeñas y medianas empresas. b) Servicios higiénicos y baños públicos.c) Sanidad y limpieza de establecimientos comerciales e industriales. d) Abastecimiento y comercialización de productos alimenticios (mercados). f) Normar y controlar el Aseo, Higiene y salubridad en establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas y otros lugares públicos. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. 5) PARTICIPACIÓN VECINAL Y BIENESTAR SOCIAL A esta comisión le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ámbito normativo y fi scalizador, en asuntos de: a) Tercera edad y minusválidos.b) Menores en riesgo social.c) Promoción social.d) Bienestar y asistencia social.e) Salud y medicina preventiva.f) Comedores populares.g) Velatorios. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. 6) EDUCACIÓN, CULTURA, TURISMOS Y DEPORTES A esta comisión le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ámbito normativo y fi scalizador, en asuntos de: a) Convenios de asesoría, capacitación, estudios e Investigación con Centros Superiores (Institutos, Universidades, etc). b) Fomentar el desarrollo mejor cuidado de Bibliotecas.c) Coordinar con los Centros Escolares, mejores acciones educativas. d) Fomenta programas culturales, controlar los espectáculos públicos. e) Fomentar programas de recreación y artísticos.f) Promover y asegurar la conservación del patrimonio cultural. g) Fomentar el Turismo, elaborando programas turísticos. h) Promoción, desarrollo, difusión y fomento de la práctica del Deporte en todas sus disciplinas. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. 7) DESARROLLO URBANO Y DEFENSA CIVILA esta comisión le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ámbito normativo y fi scalizador, en asuntos de: a) Ornato, Zona Monumental y Patrimonio Histórico.b) Regular el Tránsito Urbano de peatones y vehículos. c) Organizar y mantener los sistemas de señales y semáforos. d) Regular el Transporte colectivo y controlar el cumplimiento de las normas y requisitos que corresponda conforme a la Ley Orgánica Municipal. e) Nomenclatura vial.f) Vialidad y transporte.g) Anuncios y Propaganda.h) Agua, desagüe y alumbrado.i) Adjudicación de terrenos.j) Zonifi cación, urbanismo, obras y catastro.k) Desarrollo distrital, uso del suela y expansión urbana. I) Promover saneamiento urbano de los A.A.H.H., solares y la reconstrucción de áreas declaradas inhabitables. m) Defensa Civil. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. 8) SEGURIDAD CIUDADANA A esta comisión le corresponde pronunciarse, ejerciendo su ámbito normativo y fiscalizador, en asuntos de: a) Vigilancia (Policía Municipal y Serenazgo). b) Seguridad en las Salas de espectáculo, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al público, incluyendo establecimientos hoteleros y otros de carácter comercial, social, cultural y religioso; así como las propiedades e Instalaciones del Municipio. c) Accidentes comunes y viales incendios, desastres y catástrofes. d) Faltas y delitos comunes.e) Control de ruidos molestos. Otras que le encomienden el Concejo y todo aquello que requiera conformidad del mismo acorde a las leyes afi nes. TÍTULO VIII DE LAS FALTAS Y SANCIONES Artículo 62°.- SANCIONES DISCIPLINARIAS: Por los actos de indisciplina, los miembros del Concejo Municipal pueden ser sancionados, según sean considerados faltas leves o faltas graves. Las faltas leves serán sancionadas con: a) Llamada de atención verbal. b) Con amonestación escrita y reservada.Las faltas graves serán sancionadas con:a) Con amonestación pública, mediante resolución de Concejo. b) Con suspensión por un periodo máximo de ciento veinte (120) días calendarios.Descargado desde www.elperuano.com.pe