Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2008 (13/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2008

los administrativos y todos los que MORDAZA necesarios para el gobierno y la administracion municipal; 15. Informar al concejo municipal mensualmente respecto al control de la recaudacion de los ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto aprobado; 16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Codigo Civil; 17. Designar y MORDAZA al gerente municipal y, a propuesta de este, a los demas funcionarios de confianza; 18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demas servidores de la municipalidad; 19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el MORDAZA del serenazgo y la Policia Nacional; 20. Delegar sus atribuciones politicas en un regidor habil y las administrativas en el gerente municipal; 21. Proponer al concejo municipal la realizacion de auditorias, examenes especiales y otros actos de control; 22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoria interna; 23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones; CONCORDANCIAS: R.D. N° 011-2005-EF-76.01 (Directiva N° 007-2005-EF-76.01 - Directiva para la Formulacion, Suscripcion y Evaluacion de Convenios de Administracion por Resultados para el Ano Fiscal 2005), Art. 9 24. Proponer la creacion de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participacion accionaria, y recomendar la concesion de obras de infraestructura y servicios publicos municipales; 25. Supervisar la recaudacion municipal, el buen funcionamiento y los resultados economicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios publicos municipales ofrecidos directamente o bajo delegacion al sector privado; 26. Presidir las Comisiones Provinciales de Formalizacion de la Propiedad Informal o designar a su representante, en aquellos lugares en que se implementen; 27. Otorgar los titulos de propiedad emitidos en el ambito de su jurisdiccion y competencia; CONCORDANCIAS: Ley N° 28391, Art. 9 Ley N° 28687, Art. 9 28. Nombrar, contratar, MORDAZA y sancionar a los servidores municipales de carrera; 29. Proponer al concejo municipal las operaciones de credito interno y externo, conforme a Ley; 30. Presidir el comite de defensa civil de su jurisdiccion; 31. Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecucion de obras y prestacion de servicios comunes; 32. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos ante el concejo municipal; 33. Resolver en MORDAZA instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad; 34. Proponer al concejo municipal espacios de concertacion y participacion vecinal; 35. Las demas que le correspondan de acuerdo a ley. CONCORDANCIA: D.S. Nº 098-2007-PCM (Aprueban Plan Nacional de Operaciones de Emergencia INDECI) Articulo 5º.- INTERVENCION DEL MORDAZA EN LAS SESIONES DEL CONCEJO: El MORDAZA podra hacer las explicaciones, aclaraciones y rectificaciones que estime necesarias para ilustrar el punto del debate que correspondan. Articulo ALCALDE: 6°.FUNCIONES DEL MORDAZA

- Por ausencia temporal del Alcalde. - Cuando se produce la vacancia de la Alcaldia por las causas previstas en la Ley. - En los otros casos que establece la Ley. 3.- El MORDAZA atribuciones: MORDAZA tiene las siguientes

a) Ejercer las funciones y atribuciones que le delegue el MORDAZA y asumir su representacion en los casos que este determine. b) Ejercer las funciones, atribuciones y coordinaciones con las Juntas de Delegados Vecinales Comunales de acuerdo a lo que MORDAZA el capitulo IV en sus articulos 107 y 108 de la L.O.M. Nº 27972. c) Coordinar con todas las Comisiones del Concejo en lo referente a la funcion normativa y fiscalizadora que les corresponde. d) Las demas que le otorgue la Ley. Articulo 7º.- DE LA SECRETARIA GENERAL: Concretamente, en el Concejo Municipal, el Secretario General desempena las siguientes funciones:

7.1. Citar a las Sesiones del Concejo Municipal, conforme a lo establecido en el art. 13° de la Ley Nº 27972. 7.2. Asistir a las Sesiones del Concejo Municipal. 7.3. Atender los requerimientos del Concejo Municipal de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y financiera. 7.4. Elaborar y custodiar las actas de las sesiones de Concejo y suscribirlas en forma conjunta y concurrente con el MORDAZA, bajo responsabilidad. 7.5. Entregar a los Regidores el Acta de cada sesion, previa lectura para la firma correspondiente. 7.6. Dar forma final a las Ordenanzas y Acuerdos y suscribirlas con el Alcalde. Dicha forma final debera respetar fielmente lo decidido por el Concejo Municipal, no pudiendo introducir cambios sustanciales en los dispositivos aprobados en virtud de las facultades normativas y fiscalizadoras, de competencia exclusiva del Concejo, bajo responsabilidad. 7.7. Tramitar, suscribir y dar cumplimiento al despacho del Concejo. 7.8. Preparar la agenda de cada Sesion de Concejo por indicacion de la Alcaldia, o en el supuesto del MORDAZA parrafo del art. 13 de la Ley Nº 27972. 7.9. Organizar y administrar la documentacion del Concejo Municipal. 7.10. Disponer la atencion de los pedidos y solicitudes de informes que formulen los Regidores. 7.11. Dirigir las unidades que integran la Secretaria General, para su mejor funcionamiento y adecuado apoyo al Concejo Municipal, Alcaldia, Comisiones de Regidores y a los Regidores. 7.12. Comunicar a las dependencias municipales que figuren el Reglamento de Organizacion y Funciones de esta comuna, las disposiciones aprobadas por el Concejo Municipal. Articulo 8°.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS REGIDORES: Los Regidores ejercen sus atribuciones y obligaciones de indole normativa y fiscalizadora, que estan reguladas en el articulo 10º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. TITULO III SESIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL CAPITULO I FUNCIONAMIENTO Y CONVOCATORIA Articulo 9°.- Denominese Sesiones a las reuniones del Concejo Municipal, las cuales se efectuan con la presencia del numero de miembros que forma quorum. El Concejo Municipal se reune en sesiones, donde se debate y adopta acuerdos sobre los asuntos y los proyectos que se sometan a su consideracion en aplicacion de las normas respectivas.

1.- El MORDAZA MORDAZA es el regidor habil que sigue al MORDAZA en su propia lista electoral. 2.- Corresponde al MORDAZA MORDAZA asumir la Alcaldia:

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