Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2008 (23/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

371154
SE ACUERDA:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2008

Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion, para la adquisicion del insumo de Asfalto RC250, la cantidad de 5,695 galones, con un valor referencial por galon que asciende a la suma de S/. 7.62 (SIETE y 62/100 NUEVOS SOLES) incluido IGV, haciendo un precio total de S/. 43,395.90 (CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 90/100 NUEVOS SOLES), para ser destinado al Proyecto de Inversion "Mejoramiento de las Calles del AA.HH. San MORDAZA - II Etapa-Paijan", en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso "a" del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y demas normas legales emitidas para tal efecto. Articulo Segundo.- LAFUENTE DE FINANCIAMIENTO correspondiente es con cargo a los recursos asignados en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al ano Fiscal 2008 de la Municipalidad Distrital de Paijan, con Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, Rubro CANON. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Unidad de Abastecimiento para que adquiera dicho producto en forma directa de acuerdo con las normas legales vigentes al respecto. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y su notificacion a la Contraloria General de la Republica, CONSUCODE y SEACE, en el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA H. VALQUI MORDAZA MORDAZA 191079-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de Internet Satelital para el funcionamiento del sistema integrado de Administracion Financiera - Gobiernos Locales (SIAFGL)
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 181-2008-MDPL Pueblo Libre, 9 de MORDAZA del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE. VISTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 9 de MORDAZA del 2008, el contenido del Informe Tecnico Nº 01-STIMDPL/RLA; asi como el Informe legal Nº 0392008-MDPL/AJ; referido a la exoneracion del MORDAZA de seleccion cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; para la adquisicion y contratacion de Servicio de Internet Inalambrico, para el funcionamiento del Sistema Integrado de Administracion Financiera- Gobiernos Locales (SIAF-GL); y, CONSIDERANDO: Que, el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades

tienen la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico. Que, de conformidad con lo establecido en el Inc. E.) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004 PCM, establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico. Que, de acuerdo al 2do paragrafo del Art. 140º del Dec. Supremo Nº 084-2004-PCM, para la contratacion de servicios publicos no sujetos a tarifas unicas y que se encuentren bajo las reglas de la oferta y la demanda, sera necesario realizar un MORDAZA de seleccion, salvo que hubiere un solo proveedor, en cuyo caso procedera aplicar la causal de exoneracion establecida en el Inc. "E" del Art. 19º del Dec. Supremo Nº 083-2004-PCM. Que, en el presente caso resulta de aplicacion el Inc. "E" del Art. 19º del Dec. Supremo Nº 083-2004-PCM, por la causal anotada para la exoneracion del MORDAZA de seleccion, en razon de que la Asociacion denominada: "VIATOR YACHATSIKUQKUNA AYLLUKASHQA", ubicada en la provincia de Yungay; es la unica que ofrece los servicios de Internet con tendido de cable e instalacion de una MORDAZA de control y captacion a fijarse en el territorio del distrito de Pueblo Libre, provincia de Huaylas- Ancash; mientras que los demas proveedores solamente ofrecen un servicio inalambrico sin instalacion de MORDAZA, cuyo servicio seria deficiente a larga distancia para la buena senal, para la Adquisicion y Contratacion de Servicio de Internet Satelital para el funcionamiento del sistema Integrado de Administracion FinancieraGobiernos Locales (SIAF_GL), convirtiendose asi en proveedor unico, para los fines de la contratacion del servicio anotado. Que, todas las exoneraciones, salvo las previstas en el Inc. "B" del Art. 19º se aprobaran mediante: a).- Resolucion del titular del pliego; b).- Acuerdo del Directorio en el caso de las empresas a que hace referencia los literales "I", "J" del numeral 2.1 de la presente ley Dec. Supremo Nº 083-2004-PCM; o c).- Acuerdo de Concejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales; los que deben estar sustentados obligatoriamente en un Informe Tecnico Legal; siendo que dicha facultad de aprobar exoneraciones resulta indelegable. Por las consideraciones expuestas, de conformidad con los Arts. 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades, por UNANIMIDAD del pleno de regidores; SE ACUERDA:

Primero.- Aprobar el contenido del Informe Tecnico Nº 01-STIMDPL/RLA; asi como el Informe Legal Nº 0392008-MDPL/AJ, en todos sus extremos para los fines de ley. Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion por la causal prevista en el Inc. "E" del Art. 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, reguladas por el Dec. Supremo Nº 083-2004-PCM, cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico; para la contratacion con la Asociacion denominada: "VIATOR YACHATSIKUQKUNA AYLLUKASHQA", representada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cuya empresa proveera el servicio de Internet Satelital para el funcionamiento del sistema Integrado de Administracion Financiera- Gobiernos Locales (SIAF- GL),. Con tendido de cable e instalacion de una MORDAZA de captacion; cuya adquisicion debera realizarse de in mediato y con el caracter de definitivo; por un valor referencial de S/. 19,600.00 nuevos soles (Diecinueve mil seiscientos con 00/100 nuevos soles), que sera abonado con recursos del CANON. Tercero.- Encargar al Comite de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, se encargue del cumplimiento del Acuerdo de Concejo Municipal, en la forma que senala el Art. 148º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.

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