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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de abril de 2008 371151 sin embargo, dicha Urbanización cuenta con Aprobación de Estudios Prelimares, de acuerdo a la Resolución de Alcaldía Nº 032 de fecha 05.01.1987 expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, según Informe Nº 015-2008-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, por lo que la Urbanización Las Alamedas de Surco, debe ser incluida en el Anexo 1 “Relación de Habilitaciones Urbanas con Estudios Prelimares o Proyectos Anteriores a la Ley Nº 26878”; a fi n de no perjudicar a los propietarios de la Urbanización Las Alamedas de Surco, para que inicien los trámites que correspondan; Que, en virtud a lo expuesto y la normatividad señalada, y siendo política Municipal de esta Gestión, incentivar la formalización de las Habilitaciones Urbanas; se hace necesario modifi car los Anexos 1 y 2 de la Ordenanza Nº 259-MSS “Regula los Procedimientos de Habilitación Urbana y Trámites Conexos para el distrito de Santiago de Surco”, debiéndose incluir en el Anexo 1 a la Urbanización Las Alamedas de Surco, y excluir a dicha Urbanización del Anexo 2; Estando al Informe Nº 193-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 019-2008-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 015-2008-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 033- 2008-GAT-MSS de fecha 30.01.2008 de la Gerencia de Administración Tributaria, y contando con el Dictamen Conjunto Nº 001-2008-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y Asuntos Jurídicos; En uso en uso de las facultades establecidas en los Artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, los regidores presentes adoptaron por UNANIMIDAD el siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ANEXOS 1 Y 2 DE LA ORDENANZA Nº 259-MSS QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE HABILITACIÓN URBANA Y TRÁMITES CONEXOS PARA EL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo Primero.- Modifi car el Anexo 1 “Relación de Habilitaciones Urbanas con Estudios Preliminares o Proyectos Anteriores a la Ley Nº 26878” y Anexo 2 “Relación de Zonas Rústicas Consolidadas” de la Ordenanza Nº 259-MSS, en la forma siguiente: Incluir en la relación señalada en el Anexo 1 a la Urbanización Las Alamedas de Surco, y excluir a la mencionada Urbanización del Anexo 2. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y a la Subgerencia de Licencia y Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYROAlcalde 191349-1 Establecen disposiciones referidas a la vigencia de beneficios indicados en la Ordenanza Nº 303-MSS, que crea el Seguro Puntual Surcano DECRETO DE ALCALDÍA N° 08-2008-MSS Santiago de Surco, 21 de abril del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 551-2008-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 218-2008-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria , el Informe Nº 389- 2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone modifi car la entrada vigencia de los benefi cios señalados en la Ordenanza N° 303-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el Artículo 41° del mismo cuerpo legal, señala que ”Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, con fecha 26 de marzo de 2008 se publicó la Ordenanza N° 303-MSS, mediante la cual se crea el Seguro Puntual Surcano, como benefi cio a los contribuyentes del distrito que cumplan oportunamente sus obligaciones tributarias; Que, el Artículo Octavo de la citada Ordenanza, señala que la vigencia de los benefi cios señalados en la misma, podrá ser modifi cada o prorrogada en función a las disposiciones del Despacho de Alcaldía; Que, estando a lo expuesto en los Informes Nros.218- 2008-GAT-MSS y 389-2008-OAJ-MSS emitidos por la Gerencia de Administración Tributaria y Ofi cina de Asesoría Jurídica respectivamente, es necesario modifi car la entrada en vigencia de la Ordenanza N° 303-MSS; En uso de las facultades señaladas en los Artículos 20° numeral 6) y 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, DECRETA Artículo Primero.- Dispóngase que los benefi cios indicados en la Ordenanza Nº 303-MSS que crea el Seguro Puntual Surcano para los contribuyentes del distrito que cumplan oportunamente sus obligaciones tributarias, entrarán en vigencia una vez concluido el proceso de selección de la empresa aseguradora que se encargará de brindar los servicios cubiertos por el seguro en mención; y se hayan implementado las medidas necesarias para la prestación de los mismos, lo cual será debidamente puesto en conocimiento de los vecinos del distrito, en su oportunidad. Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Administración, de Administración Tributaria, y de Sistemas y Procesos y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el inicio de las acciones pertinentes para la implementación efectiva del Seguro Puntual Surcano, en cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 191349-2 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORROPON CHULUCANAS Autorizan viaje del Alcalde a EE.UU. para participar en la Conferencia “Construyendo el Municipio Productivo, Eficiente y Equitativo: Nuevos Desafíos - Nuevas Oportunidades” ACUERDO DE CONCEJO Nº 069-2008-MPM-CH-.SG. Chulucanas, 13 de marzo del 2008.Descargado desde www.elperuano.com.pe