TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de agosto de 2008 378033 Y DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DEL DAMERO DE GAMARRA, con vigencia de cinco (05) meses, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Desarrollo Económico, Desarrollo Urbano, Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Control, y Sub Gerencias de Defensa Civil y Participación Vecinal, el monitoreo, evaluación y cumplimiento del Plan Piloto aprobado mediante el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplaseALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde PLAN PILOTO PARA EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DEL DAMERO DE GAMARRA I. FINALIDAD: Elaborar la normatividad que regule los procedimientos para la autorización y funcionamiento de las actividades comerciales y de servicios complementarios con uso temporal de la vía pública en la zona de reglamentación especial, zona A del Damero de Gamarra, delimitada por la Av. Aviación, Av. 28 de Julio, Jr. Huánuco y Av. México, en el distrito de La Victoria, en base a la evaluación, conclusiones y resultados del presente Plan Piloto. II. OBJETIVO: Regular, monitorear y evaluar por única vez y por un período máximo de cinco (05) meses, el desarrollo excepcional y transitorio de las actividades comerciales y de servicios complementarios con uso temporal de la vía pública en la zona de reglamentación especial, zona A del Damero de Gamarra, delimitada por la Av. Aviación, Av. 28 de Julio, Jr. Huánuco y Av. México, en el distrito de La Victoria. III. ACCIONES Y DISPOSICIONES PREPARATORIAS: Son acciones y/o disposiciones preparatorias, las realizadas y efectuadas por la Municipalidad sobre el desarrollo de actividades comerciales y de servicios complementarios en el Damero de Gamarra con anterioridad a la vigencia del presente Plan Piloto, las cuales quedarán automáticamente sin efecto a su entrada en vigencia. IV. DISPOSICIONES PARA SU EJECUCION: Para efectos del desarrollo del presente Plan Piloto y durante su vigencia de cinco (05) meses, se establece lo siguiente: 1. SOBRE EXCEPCIONES DEL TRÁNSITO PEATONAL Y VEHICULOS: Dentro de la zona A del Damero de Gamarra, el tránsito será peatonal con las excepciones de accesos, estacionamientos y horarios que se establecen en el Anexo I, que forma parte integrante del presente Plan Piloto. 2. AUTORIZACIONES: De carácter excepcional y temporal, son otorgadas previa evaluación, por un período máximo de cinco (05) meses, a personas naturales a través de sus organizaciones y/o asociaciones, que cumplan con los requisitos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que hayan presentado documentación y/o coordinado con la Municipalidad proyectos para desarrollar sus actividades en el Damero de Gamarra, y que se encuentren comprometidas en colaborar y participar con el mejoramiento de la estructura urbana y ornato del Damero de Gamarra, lo cual podrán acreditarlo celebrando convenios con la Municipalidad aprobados por Acuerdo de Concejo. Las autorizaciones para desarrollar actividades y servicios específi cos y especializados necesarios para el mejoramiento del Damero de Gamarra, podrán ser solicitadas excepcionalmente por personas naturales y/o jurídicas de reconocido prestigio en el desarrollo de estos servicios.2.1 Clases de autorizaciones y giros autorizados Para efectos del desarrollo y vigencia del presente plan piloto se otorgarán dos tipos de autorizaciones: 2.1.1. Autorización excepcional para uso temporal de la vía pública Podrán autorizarse los siguientes giros: - Servicios de venta de emolientes con módulos móviles - Servicios de lustrado de calzado con módulos desmontables. - Servicios de cambio de moneda extranjera no modulados. - Servicios de transporte manual de mercaderías – carretillas de mano. - Servicios de taxis.- Servicios ómnibus turístico. 1.1.2. Autorización excepcional por uso de la vía pública en zona regulada (Ferias, Campañas y/o Proyectos Especiales) Sujetas a una evaluación previa y conjunta de las ubicaciones y condiciones de trabajo propuestas por los solicitantes. Dicha evaluación deberá ser realizada conforme al procedimiento señalado en el numeral 2.3, del punto IV Disposiciones para Su Ejecución del presente Plan Piloto, priorizando la programación de las actividades y eventos de promoción empresariales dispuestas por la Municipalidad de La Victoria. 2.2 Ubicaciones generales y específi cas, y condiciones de trabajo específi cas Las ubicaciones generales para las autorizaciones excepcionales para uso temporal de la vía pública se encuentran señaladas en el Anexo II que forma parte integrante del presente Plan Piloto y que se sustentan en el respectivo informe técnico en Defensa Civil. Las ubicaciones específi cas y condiciones de trabajo específi cas, así como las características de los módulos y/o herramientas de trabajo serán determinadas en las resoluciones autorizativas, de acuerdo al procedimiento señalado 2.3 del presente Plan Piloto. 2.3 Procedimientos sobre autorizaciones2.3.1. Evaluación Las evaluaciones serán realizadas por la Gerencia de Desarrollo Económico. Esta evaluación deberá verifi car el cumplimiento de los requisitos previstos en el presente Plan Piloto y atenderá necesariamente criterios de cumplimento de normas en defensa civil, calidad del servicio, seguridad, ornato y mejoramiento de la infraestructura del Damero de Gamarra. Asimismo, la mencionada gerencia, deberá emitir un informe previo, en caso de la revocatoria de las autorizaciones otorgadas en base al presente Plan Piloto. 2.3.2. Autorizaciones La Gerencia de Desarrollo Económico emitirá las Resoluciones autorizativas en base al informe referido en el punto anterior. Asimismo, expedirá los certifi cados de autorización en donde se consignarán, los nombres y apellidos del titular, nombre de la asociación o la organización, número de registro, dirección o lugar de la ubicación, área, características del módulo y/o herramienta de trabajo de ser el caso, el horario establecido, giro, resolución que lo autoriza y plazo de vencimiento. 2.3.3. Revocatoria Las autorizaciones otorgadas en mérito del presente plan piloto podrán ser revocadas en base al informe de la Gerencia de Desarrollo Económico, que así lo determine. 3. CONDICIONES GENERALES DE FUNCIONAMIENTO Y TRABAJO: La Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Fiscalización y Control y la Sub Gerencia de Defensa Civil, se encuentran encargadas de supervisar el cumplimiento de las condiciones de funcionamiento, señaladas en el presente Plan Piloto. Descargado desde www.elperuano.com.pe