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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378049 Que, en mérito a lo opinado en los documentos de Vistos y a los considerandos antes expuestos, resulta procedente conformar “la Red Nacional de Orquestas Sinfónicas y Coros Infantiles y Juveniles de las Instituciones Educativas Públicas en el marco del Programa de Escuelas Abiertas”, con el objeto de impulsar la educación por el arte en su expresión musical y de canto fortaleciendo la a fi rmación de la personalidad de los estudiantes así como el incremento de las habilidades perceptivas y expresivas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modi fi cado por la Ley N° 26510 y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED y sus modifi catorias, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear la “Red Nacional de Orquestas Sinfónicas y Coros Infantiles y Juveniles de las Instituciones Educativas Públicas en el marco del Programa de Escuelas Abiertas”. Artículo 2º.- Aprobar las normas que rigen la organización y funcionamiento de la Red a la que se refi ere el artículo precedente, la misma que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Conformar el Equipo de Coordinación responsable de la implementación de las precitadas Normas, el mismo que estará integrado por: • El Director de la Orquesta Sinfónica y Coros Infantil y Juvenil, quien la preside. • Un representante de la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte del Ministerio de Educación. • Un representante de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación con especialidad en educación por el arte. • Un representante de la Secretaría Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación. Artículo 4º.- La Dirección de Promoción Escolar Cultura y Deporte queda encargada de dictar las normas complementarias propuestas por el Equipo de Coordinación que resulten necesarias para la adecuada aplicación de las aludidas Normas. Artículo 5º.- Las Direcciones Regionales de Educación en coordinación con las Unidades de Gestión Educativa Local serán las encargadas de supervisar y monitorear el cumplimiento de las normas aprobadas por la presente Resolución. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA RED NACIONAL DE ORQUESTAS SINFÓNICAS Y COROS JUVENILES E INFANTILES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA ESCUELAS ABIERTAS I. FINALIDAD Establecer las normas y procedimientos para la organización y funcionamiento de la “Red Nacional de Orquestas Sinfónicas y Coros Juveniles e Infantiles” integrado por estudiantes de las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular en el marco del Programa de Escuelas Abiertas. II. OBJETIVOS 2.1 Fomentar la práctica sinfónica y vocal en los estudiantes de Educación Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular para fortalecer su cultura musical mediante la conformación de organizaciones culturales que refuercen los aprendizajes. 2.2 Instaurar espacios pedagógicos alternativos para motivar los aprendizajes y generar vivencias propiciatorias para el desarrollo del pensamiento divergente y la creatividad. 2.3 Favorecer el desarrollo de la sensibilidad artística y las capacidades de interpretación musical en los estudiantes así como el acceso de los niños y jóvenes a la herencia de la cultura nacional y universal sobre la base de la democratización de la cultura. 2.4 Promover, difundir y preservar las manifestaciones culturales tradicionales y ancestrales mediante la creación de orquestas y coros en el territorio nacional, fomentando la identifi cación nacional con la difusión de la música peruana. III. BASE LEGAL 3.1 Constitución Política del Perú. 3.2 Ley Nº 28044, Ley General de Educación y sus modifi catorias. 3.3 Decreto Ley Nº 25762, modi fi cado por Ley N° 26510, Ley Orgánica del Ministerio de Educación. 3.4 Ley Nº 28131, Ley del Artista, Intérprete o Ejecutante. 3.5 Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2008, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0494-2007-ED. 3.6 Decreto Supremo Nº 006-2006-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modi fi catorias. 3.7 Decreto Supremo Nº 013-2004-ED que aprueba el Reglamento de Educación Básica Regular. 3.8 Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que de fi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. IV. ALCANCES 4.1. Ministerio de Educación. 4.2. Direcciones Regionales de Educación.4.3. Unidades de Gestión Educativa Local.4.4. Instituciones Educativas Públicas de los niveles de Educación Primaria y Educación Secundaria. V. DISPOSICIONES GENERALES 5.1. El Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Promoción Escolar, Cultura y Deporte, promueve, organiza e impulsa la creación y desarrollo de la “Red Nacional de Orquestas Sinfónicas y Coros Juveniles e Infantiles de estudiantes de las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de la modalidad de Educación Básica Regular”, que en adelante se denominará solo “Orquestas sinfónicas y coros”. La implementación de la Red Nacional de Orquestas y Coros estará a cargo del Equipo de Coordinación de Orquestas y Coros. 5.2. Las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local, a través de la Dirección o Área de Gestión Pedagógica, son responsables de la organización y funcionamiento de las orquestas sinfónicas y coros de estudiantes de las Instituciones Educativas de su Jurisdicción y su respectivo registro, en concordancia con las orientaciones contenidas en la presente Norma. 5.3. Las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de Gestión Educativa Local, designarán a un especialista, responsable de brindar apoyo técnico permanente a los procesos de organización y funcionamiento de las sinfónicas y coros de estudiantes de las instituciones educativas públicas de su ámbito jurisdiccional. 5.4. Glosario de Términos para efecto de la presente norma: 5.4.1. Orquesta Sinfónica Juvenil del Perú.- Es un elenco musical del Ministerio de Educación integrado por estudiantes de Educación Secundaria, intérpretes de instrumentos de todas las familias musicales.Descargado desde www.elperuano.com.pe