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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (14/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378060 objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparación con otros potenciales proveedores; precisándose además en el tercer párrafo del citado artículo que se encuentran expresamente incluidos en la clasificación de servicios personalísimos y por lo tanto exonerados del respectivo proceso de selección, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen; Que, conforme a la Opinión Nº 43-2003-GTN, emitida por la entonces Gerencia Técnico Normativa del CONSUCODE, la contratación de medios de comunicación, la entidad se encuentra exenta de sustentar o fundamentar su decisión de exonerar del proceso de selección respectivo para la contratación de dichos servicios, como requisito previo, puesto que el análisis respectivo ya habría sido realizado por el legislador de la norma contenida en el quinto párrafo del artículo 111° del Reglamento y en tal sentido, en el informe técnico - legal que debe emitirse previamente a la Resolución o Acuerdo Exoneratorio, solamente debe determinar que el proveedor a ser contratado cumple con los requisitos exigidos en la normativa; es decir, que se trata de un medio de comunicación que prestará servicios de publicidad al Estado, tal como ocurre en el presente caso; Que, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud, mediante Informe Nº 948-2008-OGAJ-MINSA, señala que tratándose el presente caso de una contratación de servicios de difusión en medios televisivos y radiales de amplia cobertura, los mismos se encuentran dentro del supuesto del artículo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo tenerse presente para formalizar la exoneración antes indicada, lo dispuesto en el literal a) del artículo 20° de la Ley, el cual establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del artículo 19°, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, en la medida que se ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto a la emisión de un informe-técnico legal previo; corresponde aprobar la exoneración del proceso de selección antes señalado, debiéndose disponer la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el SEACE, así como remitir copia de la misma conjuntamente con los informes que la sustentan, a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE; Con las visaciones del Director General de la O fi cina General de Administración, y la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y los artículos 145° y 148° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección vía servicios personalísimos, prevista en el inciso f) del artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, para la contratación del Servicio de Difusión de Spot Radial y Televisivo para la Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B - Segunda y Tercera Dosis, cuyo monto total asciende a la suma de S/. 1’803,131.54 (Un Millón Ochocientos Tres Mil Ciento Treinta y Uno y 54/100 Nuevos Soles). Artículo 2º.- Disponer que la contratación exonerada, realizada en mérito al artículo 1° de la presente Resolución, se efectúe con cargo al Pliego Presupuestal Nº 011 – Ministerio de Salud, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Específi ca de Gasto 5.3.1168, Meta 061 y de acuerdo a la forma establecida en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 3º.- Disponer que la O fi cina de Logística del Ministerio de Salud proceda a la contratación exonerada en virtud a la presente Resolución: a. Medios Televisivos: a.1 Compañía Peruana de Radio Difusión S.A. S/. 599,046.00 a.2 Andina de Radio Difusión S.A.C. S/. 548,751.84 a.3 Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú S/. 147,881.30 b. Medios Radiales:b.1 Grupo RPP S.A. S/. 227,908.80 b.2 Grupo Panamericana de Radios S.A. S/. 146,823.60 b.3 Corporación Radial del Perú S.A.C. S/. 132,720.00 Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el SEACE, así como remitir a la Contraloría General de la República y al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE, copia de la misma, y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución al Despacho Vice Ministerial, la O fi cina General de Administración y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO - LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 238081-1 Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud correspondientes al año 2008 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 559-2008/MINSA Lima, 11 de agosto del 2008 Visto el Expediente Nº 08-051289-001, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM de fi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional; precisando, en cada materia, a los Ministerios encargados de supervisar su cumplimiento. Que, el artículo 3º del citado Decreto Supremo señala que, mediante resolución ministerial, cada Sector deberá aprobar y publicar las Metas e Indicadores de Desempeño para su evaluación semestral; Que, en tal sentido la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto ha coordinado con las unidades orgánicas, dependencias y entidades de este Ministerio para la elaboración de las Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud correspondientes al año 2008, los cuales están contenidos en el Anexo de la presente Resolución Ministerial. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y por el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébense las Metas e Indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud correspondientes al año 2008, los cuales están contenidos en el Anexo de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la O fi cina de Planeamiento y Gestión Institucional, realice el seguimiento y evaluación de los indicadores de Desempeño del Ministerio de Salud correspondientes al año 2008. Descargado desde www.elperuano.com.pe