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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (14/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378059 Con las visaciones de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano Pedro Marchena Reátegui, como representante titular del Ministerio de Salud ante la Comisión Multisectorial creada con Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM. Artículo 2º.- Designar a la arquitecta ELSA GABRIELA NIÑO DE GUZMAN CHIMPECAM, representante titular del Ministerio de Salud ante la Comisión Multisectorial creada con Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Salud 237723-3 Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de difusión de spot radial y televisivo para la Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B - Segunda y Tercera Dosis RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 554-2008/MINSA Lima, 11 de agosto del 2008 Vistos, el Expediente Nº 08-075247-001; el Memorándum Nº 1587-2008-OGA/MINSA, el Informe Nº 381-2008-OL-OPA/MINSA de la Ofi cina de Logística, y el Nº 948 -2008-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, mediante los Memorándum Nº 535 y 613-2008- OGC/MINSA, de fechas 11 de julio y 05 de agosto de 2008, respectivamente, la Ofi cina General de Comunicaciones informa, al haberse prorrogado el calendario de la segunda dosis de vacunación contra la Hepatitis, y siendo necesario además difundir la campaña de vacunación de la tercera dosis, resulta indispensable realizar la difusión radial y televisiva correspondiente, en la medida que la realización de esta campaña de vacunación es de prioridad nacional; solicitando para tal efecto se proceda a la exoneración del proceso de selección por causal de servicios personalísimos, conforme al artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la O fi cina General de Comunicaciones remitió a la Ofi cina General de Administración, los Informes Técnicos Nº 004, 007 y 008-2008-RTM-OGC/MINSA, en los cuales se proponen los medios de comunicación televisivos y radiales, y los programas en que podrían difundirse los spots publicitarios; incluyendo además la estrategia publicitaria, descripción y justi fi cación de la campaña institucional que se llevará a cabo, la selección de medios de difusión conforme al público objetivo, así como la cobertura y duración de la campaña e impacto de la misma, conforme lo dispone la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; Que, conforme al Acta de Acuerdos y Compromisos de la Reunión Nacional de Evaluación y Análisis de la Campaña de Vacunación contra Hepatitis B segunda dosis 2008, llevada a cabo el 23 de julio de 2008, suscrita por las Direcciones de Salud, Gerencias Regionales de Salud, Coordinadoras de la Estrategia Sanitaria de Inmunizaciones, Miembros del Comité Consultivo, y Comités Técnicos Permanentes del Ministerio de Salud, se ha considerado la necesidad de ampliar la segunda dosis hasta el 31 de agosto de 2008 y la aplicación de la tercera dosis de la vacuna contra la Hepatitis B, hasta el mes de diciembre de 2008; Que, conforme a la información que obra en el expediente respectivo, expertos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) consideran que más de dos mil millones de habitantes en el mundo han sido afectados por el virus de la Hepatitis B (HVB), de los cuales trescientos cincuenta millones son portadores crónicos del antígeno de super fi cie, de otro lado, tres cuartas partes de la población mundial viven en zonas hiperendémicas y aproximadamente un millón de muertes en un año están relacionadas directamente a infección por el virus de la HVB; razón por la cual el Ministerio de Salud lanzó oportunamente la Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B, dirigida a peruanos y peruanas de 2 a 19 años; sin embargo, a la fecha los niveles de vacunación de la segunda dosis no han alcanzado los índices previstos, debido a la falta de mayor difusión; Que, conforme se advierte de los Informes Técnicos remitidos por la Ofi cina General de Comunicaciones correspondientes a la Campaña Nacional de Vacunación contra la Hepatitis B – Segunda Dosis, inicialmente el calendario de vacunación contemplaba los meses de abril (primera dosis), junio (segunda dosis) y octubre (tercera dosis); Que, considerando lo expuesto, y con el fi n de cumplir con el objetivo de la vacunación, resulta necesario realizar una campaña de difusión utilizando los medios de comunicación de radio y televisión de alcance nacional que permitan difundir a la mayor parte de la población la importancia que tiene para su salud la aplicación de las tres dosis requeridas; Que, efectuada la Indagación de Mercado Nº 1520- 2008, por el Área de Programación de la O fi cina de Logística, ésta ha determinado que el valor referencial de la contratación asciende a S/. 1’803,131.54 (Un Millón Ochocientos Tres Mil Ciento Treinta y Uno y 54/100 Nuevos Soles), por el servicio de spots televisivos diarios en 3 canales de televisión, con duración de 30 segundos durante 14 días, y de los spots radiales diarios en 3 emisoras radiales de 30 segundos durante 14 días, el mismo que cuenta con la correspondiente autorización presupuestal, conforme se evidencia de la Ficha Nº 736-2008 con fi rmada por la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración, egreso que se afectará a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Específi ca de Gasto 5.3.1168; por lo que se ha procedido a incluir el proceso de selección referido, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, mediante Resolución Directoral Nº 1091-2008-OGA-OL-SA; Que, asimismo, debe precisarse que para la selección de los medios a través de los cuales se realizará la campaña de difusión, se ha tomado como base la información proporcionada por empresas especializadas en la medición de sintonía, tales como IBOPE Time en el caso televisivo, así como estudios de nivel de audiencia radial de emisoras (FM/AM) de CPI (Compañía Peruana de Estudios de Mercado y Opinión Pública); información que se encuentra adjunta a los Informes Técnicos de la Ofi cina General de Comunicaciones; Que, conforme lo establece el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de selección, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que cuando existe necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artísticos, científicos o tecnológicos, procede la exoneración por servicios personalísimos para contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular o conocimientos evidenciados, apreciados de manera Descargado desde www.elperuano.com.pe