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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de agosto de 2008 378348 o Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. o Presidencia del Consejo de Ministros. Sectores: a los Ministerios con sus respectivos Organismos Públicos y Empresas adscritas, según lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), obligados a transferir las Funciones Sectoriales contenidas en los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007, que han sido objeto de acreditación, por parte del ente rector en materia de descentralización. El Titular del Sector es el Ministro de Estado correspondiente. Gobiernos Regionales: a las entidades del nivel regional, que recibirán las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007. Tratándose del Régimen Especial de Lima Metropolitana, las transferencias se efectuarán con arreglo a lo dispuesto en el artículo 69º de la Ley Nº 27867. El Titular del Gobierno Regional es el Presidente Regional. Requisitos Generales: a los señalados en el artículo 7º de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley Nº 28273. Requisitos Específi cos: a los establecidos por los Sectores, que representan las exigencias mínimas para el ejercicio de las competencias y funciones a transferir, conforme lo establece el numeral 5) inciso c) del artículo 6º de la Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, Ley Nº 28273. Informes Situacionales: a los informes que elaboran los Sectores y los Gobiernos Regionales, certifi cando el cumplimiento por parte de estos últimos, de los Requisitos Específi cos para el ejercicio de las competencias y funciones a transferir. Con dichos Informes se elaboran los Informes de Concordancia para la acreditación de los Gobiernos Regionales, según el procedimiento simplifi cado establecido. Convenio Marco Intergubernamental: al acuerdo que incluye Acciones de Cooperación, Acciones de Colaboración y Acciones de Coordinación, que deberá ser suscrito por los Titulares de Pliego Ministerial o sus representantes, con los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales y Locales, para contribuir a la certifi cación de los Gobiernos Regionales y Locales, y al mejor ejercicio de las funciones sectoriales transferidas. Acciones de Cooperación: a las de capacitación y asistencia técnica que apoyan el proceso de transferencia de las Funciones Sectoriales, las cuales son brindadas por los Sectores del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales. Acciones de Colaboración: a las de apoyo que brinda el Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, en términos de recursos materiales, a efecto de facilitar el cumplimiento de los requisitos específi cos exigidos, en la etapa de Certifi cación. Acciones de Coordinación: a las que realiza el Gobierno Nacional con los Gobiernos Regionales y Locales, entre sí y/o ante terceros, para facilitar el cumplimiento de los requisitos específi cos exigidos, en la etapa de Certifi cación. Convenio de Gestión: al acuerdo que suscribirán los Titulares de Pliego Ministerial o sus representantes, con los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales y Locales, a efecto de acompañar técnicamente a los Gobiernos Regionales y Locales, en el ejercicio de las funciones transferidas. En estos convenios se defi nirán los objetivos, metas específi cas susceptibles de ser medidas a través de los indicadores de seguimiento, monitoreo y evaluación periódica que correspondan, con el objeto de garantizar una gestión por resultados, efi ciente y efi caz, de las Funciones Sectoriales transferidas. Estos convenios serán implementados al término de la etapa de Efectivización. Un modelo referencial está publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: http://www.pcm.gob.pe/sd.Acreditación: a la acción que declara procedente la transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, incluidas en los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007, conjuntamente con los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a éstas. Efectivización: a la acción por la cual se formaliza la transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, incluidas en los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007. A partir de la efectivización, los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para ejercer las funciones transferidas, con plena autonomía para ejercerlas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, sujetándose a lo que se hubiere acordado con el Sector transfi riente, de ser el caso. Plan Anual 2007: al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM. Plan Anual 2008: al Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008, aprobado por el Decreto Supremo Nº 049-2008-PCM. Ciclo 2007: al proceso de acreditación y transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, del año 2007, comprendidas en los Planes Anuales de Transferencia, del 2004 al 2007. Expediente de Efectivización: al documento que contiene el Informe Final, las Actas de Entrega y Recepción y las Actas Sustentatorias, así como la documentación e información generada durante el proceso de efectivización, organizada por cada uno de los Sectores, en coordinación con los Gobiernos Regionales. Acta de Entrega y Recepción: al documento mediante el cual se efectiviza la transferencia de las funciones sectoriales y de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, vinculados a éstas. Tiene efecto y fuerza legal. Es suscrita por los Titulares de Pliego de los Sectores y de los Gobiernos Regionales, o por quienes éstos les deleguen, mediante los dispositivos legales correspondientes. Un modelo referencial está publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: http://www.pcm.gob.pe/sd. Actas Sustentatorias: a los resúmenes de la documentación e información que sustenta la transferencia de los recursos presupuestales, personal, bienes y acervo documentario, asociados a dichas funciones, resultante del ordenamiento administrativo, técnico y legal de los activos y pasivos a ser transferidos. Son suscritas por los Presidentes de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia. Un modelo referencial está publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: http://www.pcm. gob.pe/sd . Informe Final: al Resumen Ejecutivo sobre lo actuado durante el proceso de efectivización de las transferencias de Funciones Sectoriales. Es suscrito por los Presidentes de las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia. Un modelo referencial está publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: http://www .pcm.gob.pe/sd. Comisión Sectorial de Transferencia: al conjunto de funcionarios y servidores públicos y/o personal en general, bajo cualquier modalidad de contratación, constituida en cada uno de los Sectores, en virtud de lo dispuesto por el artículo 83º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, que se encarga de realizar las acciones correspondientes para la transferencia de las funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales. Deberá estar presidida por un Viceministro del Sector correspondiente. Comisión Regional de Transferencia: al conjunto de funcionarios y servidores públicos y/o personal en general, bajo cualquier modalidad Descargado desde www.elperuano.com.pe