Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2008 (20/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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del Seguro MORDAZA catastrofico para cultivos basicos, frutales, hortalizas y forraje; las Condiciones Generales del Seguro MORDAZA de costos de produccion y rendimiento garantizado con ajuste combinado a cosechas y en dano directo; las Condiciones Generales del Seguro Pecuario; las Condiciones Especiales del Seguro Pecuario de radicacion para ganado; las Condiciones Especiales del Seguro Pecuario de adaptacion; y, las Condiciones Especiales del Seguro Pecuario de transporte y estancia temporal, recogiendo las observaciones planteadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por lo que resulta necesario aprobarlas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, en lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y en la Resolucion SBS Nº 1420-2005-Reglamento de Polizas de Seguro y Notas Tecnicas. SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Aprobar las Condiciones Generales del Seguro Agrario; las Condiciones Especiales para el Seguro MORDAZA de costo de produccion y rendimiento garantizado con ajuste de cosecha; las Condiciones Especiales del Seguro MORDAZA de costo de produccion con ajuste en planta viva; las Condiciones Especiales del Seguro MORDAZA por planta para cultivos frutales o industriales, distintos a bosque natural o plantaciones forestales maderables; las Condiciones Especiales del Seguro MORDAZA catastrofico para cultivos basicos, frutales, hortalizas y forraje; las Condiciones Generales del Seguro MORDAZA de costos de produccion y rendimiento garantizado con ajuste combinado a cosechas y en dano directo; las Condiciones Generales del Seguro Pecuario; las Condiciones Especiales del Seguro Pecuario de radicacion para ganado; las Condiciones Especiales del Seguro Pecuario de adaptacion; y, las Condiciones Especiales del Seguro Pecuario de transporte y estancia temporal, los que como Anexo forman parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Informacion Agraria, la publicacion de la presente Resolucion y los respectivos anexos, en el MORDAZA del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricltura 240394-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de medicinas veterinarias para zonas afectadas por el fenomeno de friaje o heladas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0721-2008-AG MORDAZA, 18 de agosto de 2008 VISTOS: Los Informes Tecnico Legales Nºs. 001-2008-AGPRONAMACHCS-GPTA/GADM/AL y 002-2008-AGPRONAMACHCS-GPTA/AL, el Oficio Nº 536-2008AG-PRONAMACHCS-GPLAN/UPPTO, el Oficio Nº 1140-2008-AG-PRONAMACHCS-GG y el Informe Nº 855-2008-AG-OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 088-2008-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 03 de MORDAZA de 2008, se autorizo la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, de la Unidad Ejecutora 001: Administracion General, correspondiente al Pliego 009 : Ministerio de Economia y

Finanzas, a la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, correspondiente al Pliego 013 : Ministerio de Agricultura, hasta por la suma de S/. 6´600,000.00 (Seis Millones Seiscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), para la adquisicion de medicinas y alimentos a fin de contrarrestar el efecto del friaje que afecta a 770,768 MORDAZA de ganado ovinos y alpacas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 05512008-AG de fecha 08 de MORDAZA de 2008, se aprobo la desagregacion de los recursos transferidos mediante Decreto Supremo Nº 088-2008-EF; Que, mediante el Informe Tecnico Legal Nº 0012008-AG-PRONAMACHCS-GPTA/GADM/AL de fecha 15 de MORDAZA de 2008, complementado por el Informe Tecnico Legal Nº 002-2008-AG-PRONAMACHCSGPTA/AL de fecha 12 de agosto de 2008, suscrito por los Gerentes de Administracion, Oficina de Asesoria Legal y de Produccion y Transformacion Agraria, del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, se senala que el sector pecuario sufre cuantiosas perdidas a causa de los fenomenos naturales relacionados a las bajas temperaturas, en especial en zonas superiores a los 3,800msnm, cuyas perdidas ascienden hasta el 30% de la poblacion animal, previendose atender una poblacion de 516,050 alpacas y 566,352 ovinos. Asimismo, se senala que las heladas se producen de manera critica entre los meses de MORDAZA y setiembre, de los cuales los meses de junio, MORDAZA y agosto son extremadamente criticos, habiendose producido, segun reportes, una mortalidad del 10% de la poblacion animal altoandina, estando en riesgo de morir otro 20% hasta el mes de agosto. Se precisa que las zonas afectadas abarcan parte de los departamentos Ica y MORDAZA (Costa Central), MORDAZA, Pasco, Huancavelica y MORDAZA (Sierra Central), MORDAZA y MORDAZA (Sierra Sur Oriental), MORDAZA, MORDAZA y Tacna (Sierra Sur Occidental) y Puno; Que, adicionalmente, se senala en el citado Informe Tecnico Legal que los resultados esperados son los de atender 11 regiones, 70 provincias, 516,050 alpacas, 566,352 ovinos, beneficiando a 150,000 familias, para cuyo efecto se adquirieron diversos productos veterinarios, tales como reconstituyentes (Hematotal, Hematofos), vitaminas (Adefortex, Adevit), antibioticos (Biomizona, Enroflox) y otros (algodon, alcohol, agujas y jeringas), por la suma total de S/. 5`640,925.00 (Cinco Millones Seiscientos Cuarenta Mil Novecientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles), encargandose su adquisicion a la Gerencia de Administracion de PRONAMACHCS, a traves de su Unidad de Logistica. Se precisa que los referidos bienes fueron adquiridos mediante contratos suscritos el 06 de agosto de 2008; Que, como sustento legal de la exoneracion solicitada se cita al inciso c) del articulo 19º y los articulos 20º y 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como los articulos 142º, 147º y 148º de su Reglamento; Que, mediante Oficio Nº 536-2008-AGPRONAMACHCS-GPLAN de fecha 12 de agosto de 2008 el Gerente de Planeamiento (e) del PRONAMACHCS confirmo la disponibilidad presupuestal con la que se cuenta para la adquisicion de medicinas veterinarias, hasta por la suma de S/. 5`640,924.53, indicando que la fuente de financiamiento es la de recursos ordinarios; Que, mediante Oficio Nº 1140-2008-AGPRONAMACHCS-GG de fecha 13 de agosto de 2008, el Gerente General de PRONAMACHCS remite a la Direccion General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura el Informe Tecnico Legal Nº 002-2008AG-PRONAMACHCS-GPTA/AL, solicitando se apruebe la Resolucion Ministerial que autorice la exoneracion de MORDAZA de seleccion por causal de situacion de emergencia, en via de regularizacion, para la adquisicion de medicinas dispuesta por Decreto Supremo Nº 0882008-EF; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley;

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