Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2008 (20/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2008

Que, el inciso a) del primer parrafo del articulo 20º de la referida Ley establece que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, en el presente caso, el Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS constituye una Unidad Ejecutora adscrita al Pliego 013 : Ministerio de Agricultura, en el que el Titular del Pliego es el Ministro de Agricultura, correspondiendole la evaluacion y eventual emision de la Resolucion Ministerial que autorice la exoneracion solicitada; Que, de otro lado, conforme al articulo 22º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Asimismo, agrega que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Sistema de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en el Diario Oficial El Peruano, remitiendolo junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, la solicitud formulada por el PRONAMACHCS se encuentra dentro del supuesto previsto en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cumpliendose ademas las condiciones y requisitos previstos en el articulo 142º de su Reglamento, por lo que corresponde autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de medicinas veterinarias, por la causal de situacion de emergencia derivada del fenomeno del friaje o heladas en las zonas senaladas en la presente Resolucion; Que, asimismo, de acuerdo con el Informe Tecnico Legal Nº 002-2008-AG-PRONAMACHCS-GPTA/AL la adquisicion de las medicinas veterinarias fue efectuada el 06 de agosto de 2008, encontrandose dentro del plazo previsto en el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para su regularizacion, por lo que corresponde aprobar la exoneracion propuesta; Que, de acuerdo con el articulo 25º y 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, correspondera al Titular del PRONAMACHCS disponer la modificacion de su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a fin de incluir las contrataciones materia de la exoneracion solicitada; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Decreto Supremo Nº 0172001-AG - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por la causal de situacion de emergencia, prevista en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, derivada del fenomeno de friaje o heladas en

las zonas indicadas en los considerandos de la presente Resolucion, para la adquisicion de medicinas veterinarias hasta por un valor referencial de S/. 5`640,925.00 (Cinco Millones Seiscientos Cuarenta Mil Novecientos Veinticinco y 00/100 Nuevos Soles), cuyo detalle es el siguiente:
BIENES A ADQUIRIR MORDAZA 50 ML 100 ML 250 ML 50 ML 100 ML 250 ML 100 ML 100 ML 250 ML 100 ML 100 ML CANTIDAD 3,500 10,000 4,600 3,807 27,419 3,511 40,116 2,900 2,900 57,160 24,505 MONTO S/. 33,670.0 147,000.0 142,140.0 44,846.5 484,493.7 142,897.7 1´778,743.4 111,708.0 274,079.0 1´288,386.4 682,464.3

RECONSTITUYENTES HEMATOTAL HEMATOTAL HEMATOTAL HEMATOFOS HEMATOFOS HEMATOFOS VITAMINAS ADEFORTEX ADEVIT ADEVIT ANTIBIOTICOS BIOMIZONA ENROFLOX OTROS ALGODON ALCOHOL AGUJAS JERINGAS Total 250 G 500 ML UNIDAD UNIDAD 18,817 18,817 1,881,652 94,080 134,165.2 56,451.0 282,247.8 37,632.0 5´640,925.00

Articulo Segundo.- Disponer que la Unidad de Logistica de la Gerencia de Administracion del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS sea la encargada de las contrataciones exoneradas en virtud a la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer que la contratacion exonerada, realizada en merito a la presente Resolucion, sea efectuada con cargo al Pliego Presupuestal Nº 013 - Ministerio de Agricultura, Unidad Ejecutora 002 : Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, siendo atendida por la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Articulo Cuarto.- El Titular del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS debera disponer, mediante el instrumento legal correspondiente, la modificacion de su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC a fin de incluir las contrataciones materia de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los informes tecnico legales sustentatorios, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el Registro del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de suscritos los contratos materia de la exoneracion aprobada en merito a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 240397-1

DEFENSA
Autorizan viaje de Oficiales FAP para participar en MORDAZA que se realizara en Colombia
RESOLUCION SUPREMA Nº 314-2008-DE/FAP MORDAZA, 19 de agosto de 2008

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