Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2008 (20/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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formaran parte de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Regionales, en el momento que se efectivice. Asimismo, formaran parte de los techos presupuestales anuales de los Gobiernos Regionales, en caso la fuente de financiamiento MORDAZA "Recursos Ordinarios", y de los MORDAZA presupuestales anuales, en caso MORDAZA "Recursos Directamente Recaudados". d) Los Sectores y los Gobiernos Regionales deberan disenar nuevas Estructuras Funcionales Programaticas, que guarden estrecha relacion con las funciones transferidas y con los programas, subprogramas, actividades y proyectos que se deriven, los cuales deberan formar parte de sus respectivos planes estrategicos de mediano plazo y de sus planes operativos anuales, en el MORDAZA de una gestion por resultados, establecida en el Art. 5º de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado.

asumido, para el caso de los Gobiernos Regionales y Locales. 7. Disposiciones Complementarias 7.1 Todo aquello que no este previsto en la presente Directiva, sera definido por acuerdo mutuo de las partes involucradas en el MORDAZA de transferencia. En caso de presentarse alguna controversia, la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros sera el organo dirimente, con decision final sobre el tema. 7.2 La presente Directiva es aplicable, en lo que resulte pertinente, a las funciones, fondos, programas, proyectos, empresas y activos, comprendidos en el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2008", y a los que se consideren en los proximos planes de transferencia. 7.3 Los excedentes que se generen por el redimensionamiento de los Sectores y Gobiernos Regionales, al asumir nuevos roles dentro de un funcionamiento descentralizado del Estado, lo cual los obligara a adecuarse organizacional y administrativamente, entre otros recursos que se generen dentro y para el MORDAZA de descentralizacion, deberan formar parte de un Fondo, que seria creado de acuerdo a la normatividad vigente, que revierta a favor de los mismos Gobiernos Regionales, segun sus necesidades de mayor financiamiento para elevar el nivel de calidad y/o cobertura de los servicios que brinden a la poblacion; reduciendo, de esta manera, los desbalances verticales existentes, para lo cual la Secretaria de Descentralizacion coordinara con el MEF, en su calidad de ente rector en materia presupuestal y fiscal. 7.4 Las Comisiones Sectoriales y Regionales de Transferencia contaran con el soporte tecnico de Grupos de Trabajo especializados, en materia de descentralizacion, los cuales se encargaran de coordinar y ejecutar las actividades previstas en los planes de transferencia y directivas que apruebe la Secretaria de Descentralizacion. Estos dependeran de dichas Comisiones y seran implementados con los recursos humanos, materiales y financieros disponibles en sus respectivas organizaciones. La Secretaria de Descentralizacion brindara la capacitacion y asistencia tecnica correspondiente, a fin de constituir equipos de profesionales y tecnicos que, con eficiencia y eficacia, contribuyan a fortalecer y consolidar el MORDAZA de descentralizacion. 7.5 La Secretaria de Descentralizacion dictara las medidas que MORDAZA necesarias para implementar adecuadamente las disposiciones establecidas en la presente Directiva, siendo el organo tecnico de interpretacion autentica de las mismas, en caso sea necesario. 240466-1

6.7 En materia de participacion ciudadana y transparencia y acceso a la informacion publica a) En el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, consagrado en el inciso d) del articulo 4º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, conforme al cual la descentralizacion es democratica, es decir, promueve la relacion Estado y Sociedad basada en la participacion y concertacion en la gestion de gobierno; del articulo 17º de la misma Ley que regula la participacion ciudadana de los Gobiernos Regionales y Locales en el MORDAZA de descentralizacion; y, del numeral 1) del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que establece la politica nacional de obligatorio cumplimiento para el Gobierno Nacional en materia de descentralizacion, conforme a la cual los Sectores deben institucionalizar la participacion ciudadana en las decisiones politicas, economicas y administrativas; los Sectores y los Gobiernos Regionales y Locales deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica del MORDAZA de transferencia de competencias y funciones sectoriales, relacionada tanto con su efectivizacion como con el ejercicio de las mismas, con las excepciones que senala la ley, asi como facilitar el funcionamiento de los mecanismos de participacion ciudadana para el debido conocimiento del MORDAZA, su control y evaluacion por la sociedad. b) En este orden, bajo el ambito de la Ley Nº 26300, modificada por Leyes Nºs. 26670, 27520, 27706 y 28421, Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos, los Sectores y los Gobiernos Regionales y Locales deberan facilitar, en el MORDAZA de sus competencias, el ejercicio de los derechos de participacion y control ciudadanos, como es el caso de la demanda de rendicion de cuentas por parte de las autoridades gubernamentales. c) El acceso a la informacion publica se rige por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley Nº 27806 modificada por Ley Nº 27927 cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM, y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 072-2003-PCM, modificado por D.S. Nº 095-2003-PCM. Bajo este MORDAZA, los Sectores y los Gobiernos Regionales y Locales publicaran en su pagina web institucional: i) la documentacion e informacion generada durante el MORDAZA de descentralizacion, correspondiente a la etapa de efectivizacion e implementacion de las funciones transferidas (Informes Situacionales; Convenios MORDAZA Intergubernamentales; Actas de Entrega y Recepcion; Resoluciones Ministeriales o Decretos Supremos que declaran concluido el MORDAZA de transferencia de funciones; Convenios de Gestion; y, Reportes de Cumplimiento de dichos Convenios, entre otros); y, ii) la lista de las funciones que han sido transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, para el caso de los Sectores del Gobierno Nacional, y la lista de las funciones que han recibido los Gobiernos Regionales y Locales, con indicacion de los unidades organicas que las han

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