Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2008 (20/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2008

Informe Nº 017-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 04 de octubre de 2006 se suscribio el Acuerdo MORDAZA de Cooperacion Tecnica entre el Ministerio de Agricultura ­ MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura ­ IICA con el objetivo de contribuir, en la forma mas eficaz posible, a acelerar el mejoramiento de la agricultura y el desarrollo rural, fijando las bases y lineamientos a traves de los cuales el IICA brindara cooperacion tecnica al MINAG y sus organismos descentralizados en las Areas Estrategicas de Politica Comercial e Integracion, Promocion del Comercio y Competitividad de los Agronegocios, Fortalecimiento de Comunidades Rurales, Reposicionamiento y Modernizacion de la Agricultura, Promocion de la Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, Desarrollo Rural Sostenible, Gestion Ambiental y Recursos Naturales, Promocion de Tecnologia e Innovacion en la Agricultura y Modernizacion Institucional; Que, asimismo, por Resolucion Suprema Nº 0312008-AG, se aprobo la Carta de Entendimiento entre el MINAG y el IICA, a fin de brindar asesoria tecnica directa en el MORDAZA de liquidacion del programa de apoyo para el aumento de la produccion alimentaria (2KR) y el financiamiento de las acciones de gestion, cooperacion y asistencia tecnica en el MORDAZA del plan estrategico sectorial del MINAG; Que, mediante Oficio Nº 1850-2008-AG-OGPA-DG de fecha 6 de Agosto de 2008, el Director General de la Oficina General de Planificacion Agraria, remite el Informe Nº 017-2008-AG-OPRE/OGPA del Director de la Oficina de Presupuesto que sustenta las ventajas y beneficios que involucran la celebracion de una nueva addenda con el IICA; Que, en efecto, mediante Informe Nº 017-2008-AGOPRE/OGPA de fecha 18 de MORDAZA de 2008, el Director de la Oficina de Presupuesto concluye que es procedente la suscripcion de la Addenda a la Carta de Entendimiento entre el MINAG y el IICA para viabilizar el pago de las cuotas adeudas al IICA correspondiente al periodo 1996-2001, hasta por la suma de S/. 1 223 298.04 (Un millon doscientos veintitres mil doscientos noventa y ocho con 04/100 Nuevos Soles); asimismo, senala que no es necesario pronunciarse sobre la disponibilidad de recursos toda vez que el IICA cuenta con los mismos; Que, por tanto resulta necesario modificar la Carta de Entendimiento suscrita entre el MINAG y el IICA aprobada por la Resolucion Suprema Nº 031-2008-AG; Que, mediante la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, se ha autorizado a las Entidades del Gobierno Nacional, durante los Anos Fiscales 2007 y 2008, a suscribir Adendas para la ampliacion o modificacion de los Convenios de Administracion de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares con Organismos Internacionales, para encargarles la administracion de recursos; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el Decreto Supremo Nº 0172001-AG ­ Reglamento de Organizacion y Funciones de Ministerio de Agricultura y la Vigesima Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Primera Addenda a la Carta de Entendimiento suscrita entre el Ministerio de Agricultura y el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura, referida a brindar asesoria tecnica directa en el MORDAZA de liquidacion del programa de apoyo para el aumento de la produccion alimentaria (2KR) y el financiamiento de las acciones de gestion, cooperacion y asistencia tecnica en el MORDAZA del plan estrategico sectorial del MINAG, aprobada por Resolucion Suprema Nº 031-2008-AG. Articulo 2º.- Dejese sin efecto las Resoluciones que contravienen la presente Resolucion.

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 240888-4

Aprueban diversas disposiciones referentes al Seguro MORDAZA y al Seguro Pecuario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0720-2008-AG MORDAZA, 18 de agosto de 2008 VISTOS: El Oficio Nº 108-2008-AG-UCSA/LPR del Coordinador de la Unidad de Apoyo a la Capitalizacion y del Seguro Agrario, y el Oficio Nº 127-2008-AG-UCSA/JMCH del Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y el Seguro Agropecuario; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 21 de diciembre de 2006 se promulgo la Ley Nº 28939, Ley que aprobo el Credito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2006, disponiendo en su articulo 4º la creacion del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario; Que, mediante Ley Nº 28995, Ley que amplia la finalidad del Fondo de Garantia creado por Ley Nº 28939, se determina que la finalidad del fondo es tambien para "garantizar los creditos otorgados por las instituciones financieras a los medianos y pequenos productores rurales organizados que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinamicos; asi como financiar mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a traves del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposicion de los productores agropecuarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequenos y medianos agricultores, a riesgos climaticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su produccion y rentabilidad"; Que, posteriormente, mediante Ley Nº 29148, Ley que establece la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Garantia de MORDAZA y del Seguro Agropecuario, se precisa el objetivo, finalidad y caracteristicas del citado fondo; Que, mediante Oficio Nº 127-2008-AG-UCSA/JMCH de fecha 07 de agosto de 2008, emitido por el Presidente y el Secretario Tecnico del Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y el Seguro Agropecuario, senalan que hacen suyos los condicionados generales elaborados por la consultora Latin Risk los que son viables, solicitando ademas, se emita la correspondiente Resolucion Ministerial que los apruebe; Que, mediante Oficio Nº 21841-2008-SBS de fecha 05 agosto de 2008, del Superintendente Adjunto de Seguros de la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP, adjuntan sugerencias a los Condicionados Generales que facilitaran la utilizacion y comercializacion por las companias de seguros de los citados documentos; Que, la Unidad de Apoyo a la Capitalizacion y del Seguro Agrario, ha formulado las Condiciones Generales del Seguro Agrario; las Condiciones Especiales para el Seguro MORDAZA de costo de produccion y rendimiento garantizado con ajuste de cosecha; las Condiciones Especiales del Seguro MORDAZA de costo de produccion con ajuste en planta viva; las Condiciones Especiales del Seguro MORDAZA por planta para cultivos frutales o industriales, distintos a bosque natural o plantaciones forestales maderables; las Condiciones Especiales

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