TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de agosto de 2008 378502 CONSIDERANDO: Que, el artículo 55º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que “Es función de la administración tributaria recaudar los tributos” y el artículo 69º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala “Son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios”; Que, esta Entidad Edil, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los artículos 6º y 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulación de Arbitrios Municipales emitidas por esta Entidad Edil; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala: “Las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas”; Que, mediante Memorando Nº 641-2007/MDV-GR de fecha 18 de diciembre del 2007, la Gerencia de Rentas señala que de conformidad con lo dispuesto en la cuarta disposición fi nal del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto, incluida la distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar dichos servicios, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, dicho mecanismo se ha venido utilizando durante los últimos años, a fi n de facilitar a los contribuyentes de esta jurisdicción y asegurar la más óptima captación de recursos para la administración municipal dentro del marco legal establecido, toda vez que esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas; Que, en ese sentido, la Gerencia de Rentas, propone la expedición de la Ordenanza Municipal que fi je el monto por concepto de Emisión mecanizada de Actualización de Valores y determinación del Impuesto Predial del ejercicio 2008, por la suma de S/. 10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles), conforme a la estructura de costos presentada por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, dependiente de la Gerencia de Rentas; Que, mediante Dictamen Nº 001-2008/MDV-CR, la Comisión de Rentas recomienda al Honorable Concejo, se apruebe el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la fijación del monto por el concepto de Emisión mecanizada de actualización de valores y determinación del Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2008; Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 40º de de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, así mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifi can, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Estando a lo expuesto, con el Dictamen Favorable de la Comisión de Rentas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el VOTO POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; Aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA EL MONTO POR CONCEPTO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES Y DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL DEL EJERCICIO FISCAL 2008 Artículo Primero.- FIJAR el monto por el concepto de Emisión mecanizada de Actualización de valores y Determinación del Impuesto Predial para el ejercicio fi scal 2008, en la suma de S/.10.00 (Diez con 00/100 Nuevos Soles), conforme a la estructura de costos presentada por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, dependiente de la Gerencia de Rentas. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y demás unidades orgánicas competentes el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 240969-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAUCA Exoneran de proceso de selección la elaboración de estudio definitivo del proyecto “Ampliación electrificación rural de las localidades del distrito de Tauca” RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0112-MDT-2008 Tauca, 15 de agosto del 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAUCA, PROVINCIA DE PALLASCA,DEPARTAMENTO DE ANCASH; VISTO: En Sesión de Concejo de fecha 04 de Agosto del 2008 los Informes Nº .025-2008 - MDTE, de Asesoría Legal y Nº 50 – 2008 – MDT/JAT, de la Área Técnica, sobre solicitud de declaración en situación de desabastecimiento inminente el Servicio de elaboración del proyecto “Ampliación Electrifi cación Rural de las localidades del distrito de Tauca”; y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo 19° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las Adquisiciones que se realicen en Situación de Desabastecimiento Inminente producidas conforme a la normatividad Descargado desde www.elperuano.com.pe