Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2008 (22/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2008

En el caso que las labores de mantenimiento de la infraestructura necesaria para la prestacion de los servicios publicos que se refiere el parrafo anterior, implique la interrupcion o interferencia temporal del MORDAZA vehicular y/o peatonal en la via publica, se refiera a otro MORDAZA de servicio publico (agua, desague, electricidad, etc.) o cuando se trate de cualquier otro trabajo de mantenimiento de obra o de infraestructura distinto al autorizado, el operador debera solicitar una nueva autorizacion. En el caso de interrupcion de vias, deberan acompanar adicionalmente los requisitos previstos en la presente Ordenanza; ademas de un MORDAZA plano de ubicacion conteniendo la propuesta de desvios y senalizacion e indicar el tiempo de interferencia de cada via, no siendo exigible tramitar la Conformidad de Obra. Articulo 15º.- AUTORIZACIONES TRANSITORIAS Excepcionalmente se podran otorgar autorizaciones transitorias para colocar elementos de apoyo en la via publica como andamios, gruas, vehiculos pesados, etc., para lo cual el interesado debera presentar una solicitud dirigida al Subgerente de Ejecucion de Obras Publicas, especificando el lugar exacto donde se colocara el elemento, dia y tiempo de ocupacion de la via publica, caracteristicas del elemento a instalar, pago por derecho de tramite y firma de la persona natural o juridica interesada. La solicitud debera ser evaluada por la Subgerencia de Ejecucion de Obras Publicas, la cual emitira una Resolucion en el plazo MORDAZA de tres (03) dias habiles de presentada, cuya vigencia vencera a las cuarenta y ocho (48) horas de notificado el referido acto administrativo, de ser necesario, vencido el plazo, el interesado podra solicitar la prorroga por veinticuatro (24) horas adicionales. Articulo 16º.- RETIRO DE INSTALACIONES U OBRAS AUTORIZADAS La Municipalidad se reserva el derecho de ordenar el retiro de lo autorizado o disponer la reubicacion de las obras autorizadas, obedeciendo a criterios de ornato, remodelacion MORDAZA o rediseno de vias u otra condicion de indole urbanistico o tecnico, ademas cuando existan razones de orden publico o bien comun que amerite tal decision, sin que esto genere costo alguno para el Municipio. Los operadores o empresas concesionarias de servicios publicos estan obligados a retirar conforme a su cronograma de trabajo, la infraestructura que se encuentra en desuso, bajo responsabilidad, para lo cual debera comunicar a la Municipalidad el cronograma de trabajos de retiro de la referida infraestructura al inicio del ano (dentro del primer trimestre) como prerrequisito para que se le autoricen los trabajos de mantenimiento, ampliacion o instalacion de redes, de caracter ordinario. Articulo 17º.- PROHIBICIONES DE TENDIDO DE REDES DE CABLEADO AEREO Queda prohibida la instalacion de tendido de redes de cableado aereo de telecomunicaciones, electricos y afines dentro del distrito. Solo se autorizara el tendido de redes de cableado aereo de manera excepcional para casos especificos cuando, previo a un analisis tecnico del solicitante, se determine la imposibilidad de ejecutarlo en forma subterranea. La Municipalidad autorizara el mantenimiento del cableado, salvo la excepcion senalada en el articulo 14.2 de la presente MORDAZA municipal, lo cual no implica bajo ningun concepto el incremento o ampliacion del mismo. Articulo 18º.- HORARIOS PARA LA EJECUCION DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA DE SERVICIOS PUBLICOS Se considera como horarios para la ejecucion de obras de infraestructura de servicios publicos, las que se encuentran aprobadas por la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA en el Decreto de Alcaldia que regula la materia. En caso de recojo de desmonte, se regiran por los horarios regulados por la Municipalidad de MORDAZA de Surco. En casos excepcionales, se podra autorizar extender el horario en atencion al avance de obra.

TITULO III : DISPOSICIONES TECNICAS Articulo 19º.- ROTURA DE PISTAS Y VEREDAS

19.1 Forma de la rotura de la pista La rotura de pista debe realizarse con equipos de corte en buenas condiciones de operacion (cortadora de pavimento), debiendo adoptar las formas geometricas regulares con angulos rectos y evitando formar otras formas geometricas distintas al rectangulo. Los bordes deben ser perpendiculares a la superficie. 19.2 Corte de pistas y veredas Para el corte se exigira el uso de cortadora-diamantina. El trabajo de corte no debe afectar la resistencia del pavimento en buen estado. Es prohibido el empleo de comba o cualquier herramienta artesanal para la rotura o corte de pavimentos. El corte de vereda debe efectuarse tomando panos completos siguiendo las lineas de las brunas, debiendo tener especial cuidado de no afectar los panos adyacentes, los que en caso de quedar comprometidos en la rotura, deberan eliminarse y reponerse por completo. 19.3 Retiro de cascotes Los cascotes provenientes de la rotura de pavimento de pistas y/ o veredas deberan ser retirados de la MORDAZA de trabajo un plazo MORDAZA de veinticuatro (24) horas y MORDAZA de proceder a la excavacion de la zanja. Articulo 20º.- EXCAVACION DE LA ZANJA 20.1 Forma de excavacion Debera ejecutarse a mano o con equipo mecanico y en el ancho y profundidad necesaria para efectuar la instalacion que corresponda. En los casos que MORDAZA necesarios deberan reforzarse las MORDAZA de la zanja para evitar que cedan ante la presion del terreno. El material excavado y no necesario debera ser retirado inmediatamente de la MORDAZA de la obra. 20.2 Limpieza de MORDAZA de excavacion El trabajo de excavacion debera realizarse manteniendo la mayor limpieza posible retirando el material excedente o desmonte en forma simultanea con la rotura. Articulo 21º.COMPACTACION RELLENO DE ZANJA Y

21.1 Requisitos del relleno El relleno debera realizarse con el material de la excavacion y de prestamo, eliminando previamente todo MORDAZA de desperdicios organicos e inorganicos, asi como material de gran tamano que imposibilite una adecuada compactacion. Esta prohibido el uso de residuos de pavimentos y veredas demolidas para el relleno de zanja u otro material inapropiado. 21.2 Compactacion del relleno El material de relleno debera ser colocado en capas no mayores a treinta centimetros (30 cm) de espesor y humedecidos uniformemente, luego del cual se procedera al MORDAZA de compactacion mediante planchas vibratorias hasta alcanzar una densidad no menor al 95% de la determinada por el proctor. 21.3 Afirmado del relleno En la parte superior del relleno se colocara una MORDAZA de afirmado granular de veinte centimetros (20cm) de espesor compactada al cien por ciento (100%). La inspeccion exigira de acuerdo al caso, la certificacion respectiva (prueba de compactacion del terreno). En los ensayos de compactacion de la base granular; el porcentaje de compactacion debe ser igual o mayor al cien por ciento (100%). 21.4 Pruebas de compactacion del terreno Se exigira la extraccion de muestras del terreno compactado a partir de los primeros diez metros lineales (10 m) de compactacion, por cada cincuenta metros

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