Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2008 (22/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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indispensable para su vigencia, la ratificacion por el Concejo Metropolitano de Lima; Que, mediante la Ley Nº 29227 se regula el Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en las Municipalidades y Notarias, senalandose que son competentes para llevar a cabo el procedimiento especial establecido en dicha Ley, los Alcaldes Distritales y Provinciales, de la jurisdiccion del ultimo domicilio conyugal o de donde se celebro el matrimonio; Que, la Unica Disposicion Complementaria de la citada ley, dispone que las Municipalidades adecuaran sus Textos Unicos de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA para el cobro de las tasas correspondientes al Procedimiento de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior; Que en tal sentido, resulta necesaria la aprobacion del procedimiento que regule la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior en esta Municipalidad al MORDAZA de las normas citadas, disponiendo las funciones, plazos y competencias, asi como aprobar el pago del derecho correspondiente por la prestacion del servicio en el procedimiento administrativo. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, por mayoria y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA TASA A COBRAR POR EL TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO NO CONTENCIOSO DE LA SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR

Articulo Setimo.- ADICION EN EL MORDAZA Adicionar al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Independencia, el siguiente procedimiento: 6.06 Procedimiento No Contencioso de la Separacion Convencional y Divorcio Ulterior El mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; aprobandose los Derechos Administrativos establecidos y expresados en porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) del ano 2008. Articulo Octavo.RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS Los funcionarios vinculados al procedimiento que se aprueba en la presente Ordenanza, resultan responsables de su cumplimiento, estando a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley 27444 y Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM. DISPOSICIONES FINALES Primera.-Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo Metropolitano de MORDAZA, que aprueba su ratificacion, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 607-MML y la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Tercera.- Adicionese el literal r) al articulo 43º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Independencia aprobado por Ordenanza Nº 091-2005-MDI, sobre las funciones correspondientes a la Gerencia de Secretaria General, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "r) Ejecutar el procedimiento No Contencioso de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior dispuesto por la Ley Nº 29227 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS" Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion y su difusion a la Unidad de Imagen Institucional. Quinta.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, Gerencia de Administracion de Recursos, Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion, y Unidad de Asesoria Legal las gestiones correspondientes para su ratificacion y aplicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. LOVELL YOMOND MORDAZA MORDAZA 241489-1

Articulo Primero.- OBJETO En uso de la potestad tributaria municipal prevista en la Constitucion Politica del Peru, y de conformidad con las leyes complementarias, se establece en la jurisdiccion del Distrito de Independencia el pago de tasa por el tramite de la separacion convencional y el pago de la tasa por el tramite de divorcio ulterior, a la que se refiere la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS. Articulo Segundo.- SUJETO PASIVO Tiene la condicion de contribuyentes de la tasa regulada por la presente ordenanza, las personas naturales que despues de transcurrido dos (2) anos de la celebracion del matrimonio, decidan poner fin a dicha union mediante Separacion Convencional y Divorcio Ulterior ante la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Tercero.- CONDICION DE CONTRIBUYENTE La condicion de contribuyente se configura con la MORDAZA de la solicitud de llevarse a cabo el Procedimiento de Separacion Convencional y/o Divorcio Ulterior ante la mesa de partes de la Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Cuarto.- IMPORTE DEL DERECHO Apruebese los importes de Derecho correspondiente segun se senala a continuacion: - Procedimiento de Separacion Convencional S/. 105.00 Nuevos Soles Procedimiento de Divorcio Ulterior S/. 65.00 Nuevos Soles Articulo Quinto.- RENDIMIENTO DE LA TASA El monto recaudado por concepto de las tasas reguladas en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad Distrital de Independencia, cuyo rendimiento sera destinado unica y exclusivamente a financiar el costo de los servicios en el procedimiento de separacion convencional y/o divorcio ulterior. Articulo Sexto.- PROCEDIMIENTO Apruebese el Procedimiento para el tramite de Separacion Convencional y Divorcio Ulterior a ser ejecutado en la Municipalidad Distrital de Independencia, cuyos plazos estan previstos en la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0092008-JUS.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Autorizan viaje del MORDAZA a Suecia en comision oficial en relacion con el desarrollo de programas sociales en el distrito
ACUERDO DE CONCEJO N° 032-2008-CDSL San MORDAZA, 18 de agosto de 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha la Carta Nº 024-2008ALC del Despacho de Alcaldia, el Memorando Nº 213-

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