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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (22/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de agosto de 2008 378488 2008-MDSL-GM de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 0287-2008-MDSL/GAL de la Gerencia de Asesoría Legal, relacionados con la petición de autorización de viaje al exterior del Sr. Alcalde; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Carta Nº 024-2008-ALC el Señor Alcalde solicita autorización de viaje tomando en cuenta la invitación para formar parte de la delegación de autoridades que participaran en las reuniones de trabajo y cooperación económica con la parlamentaria de la Comunidad Europea, vocera y dirigente de la Social Democracia Sueca Carina Ohlsson y la Diputada Sueca Cristina Axelsson y el Alcalde de Estocolmo, con la fi nalidad de desarrollar programas sociales en nuestro distrito con la suscripción de convenios de cooperación internacional, que permitirán benefi ciar a la niñez, las madres de familia, el tratamiento de residuos sólidos y protección del medio ambiente, por el periodo comprendido entre el 23 al 29 de agosto de 2008; Que, mediante Memorando Nº 213-2008-MDSL-GM la Gerencia Municipal, señala se proceda con el trámite de autorización de viaje ante el Concejo Municipal y la Gerencia de Asesoría Legal con Informe Nº 0287-2008-MDSL-GAL señala que el Alcalde promueve el desarrollo social y armónico dentro de su jurisdicción territorial y suscribe convenios de cooperación nacional e internacional; y, corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad, así como aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional. La Gerencia de Planeamiento e Informática con Memorando Nº 156-2008-MDSL-GPPI señala que los gastos serán afectados con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, Rubro 2: Recursos Directamente Recaudados de las Partidas 5.3.11.20: Viáticos y Asignaciones y 5.3.11.32: Pasajes y Gastos de Transporte; Que, en dicho contexto es viable la realización del viaje a la ciudad de Estocolmo por lo que el Concejo de la Municipalidad de San Luis debe autorizarlo, más aún cuando se cuenta con perfi les de proyectos dentro de las líneas de acción propuestas por las representantes políticas de Estocolmo; además, de autorizarlo a suscribir los acuerdos y convenios de cooperación internacional a ser propuestos en Estocolmo, Suecia; Que, la Ley Nº 27619 regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios como en el caso de los Alcaldes que en misión ofi cial viajen al exterior; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley establece la escala de viáticos que corresponde, así como el procedimiento que se debe seguir; De conformidad con lo establecido en el numeral 11) y 26) del Artículo 9º en concordancia con el inciso 23 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios, Ley Nº 27619; y, su Reglamento, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis Dr. FERNANDO JAVIER DURAND MEJIA el viaje a la ciudad de Estocolmo, Suecia del 23 al 29 de agosto del presente año en comisión ofi cial y en representación de la Municipalidad Distrital de San Luis, participar en las reuniones de trabajo y cooperación económica con la parlamentaria de la Comunidad Europea, vocera y dirigente de la Social Democracia Sueca Carina Ohlsson y la Diputada Sueca Cristina Axelsson, asesores de su Congreso y el Alcalde de Estocolmo, con la fi nalidad de desarrollar programas sociales en nuestro distrito con la suscripción de convenios de cooperación internacional, que permitirán benefi ciar a la niñez, las madres de familia y del tratamiento de residuos sólidos y protección del medio ambiente. Artículo Segundo.- APROBAR la celebración de los acuerdos y/o los convenios de cooperación nacional e internacional a ser suscritos en la ciudad de Estocolmo, Suecia.Artículo Tercero.- DISPONER que los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Acuerdo, se efectuará con cargo a la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, Rubro 2: Recursos Directamente Recaudados de las Partidas 5.3.11.20: Viáticos y Asignaciones y 5.3.11.32: Pasajes y Gastos de Transporte, del Presupuesto de la Municipalidad, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (Incluye Seguro) US 2,231.05 Viáticos (Incluye instalación y traslado) US 2,340.00Tarifa Única por uso de Aeropuerto US 30.25 TOTAL 4,601.30 Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Teniente Alcaldesa señora Melita Amalia Zevallos Rivera el Despacho de Alcaldía durante la autorización concedida al Señor Alcalde. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 241576-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 ORDENANZA Nº 157-MDSM San Miguel, 23 de Julio del 2008EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELPOR CUANTO:El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los artículos 195º y 197º de la Constitución Política del Perú establecen que los gobiernos locales promueven el desarrollo de la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, y a su vez promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, mediante ley 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, se establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto municipal; Que, el artículo 17º de la ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que los gobiernos locales, están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes desarrollo y presupuestos; Que, el Artículo 97º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales; Que, de acuerdo con el Instructivo Nº 002-2008- EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 aprobado por Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 que regula las fases del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, la programación participativa es un instrumento técnico de gestión municipal que permite establecer la visión, misión y objetivos del gobierno local, en cuyo contexto se Descargado desde www.elperuano.com.pe