Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2008 (22/08/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

378493

los conductos y tiene la finalidad de facilitar las labores de inspeccion, limpieza y mantenimiento general de las tuberias asi como proveer una adecuada ventilacion. En la superficie tiene una tapa de 0.60 m de diametro con orificios de ventilacion. Cable: Conductor de senales, de metal, MORDAZA (vidrio) o la combinacion de ambos. En telecomunicaciones son utilizados para transmitir senales electricas u opticas y son recubiertos por un material aislante y protector. Cable aereo: Cable instalado utilizando como soporte: postes, MORDAZA y/o fachadas de edificaciones en general.

Trabajos de emergencia: Son los trabajos que realizan las personas naturales, operadores o empresas concesionarias de servicios publicos, debido a la interrupcion o desperfecto del servicio domiciliario o local. Articulo 7º.- FACULTADES DE LA MUNICIPALIDAD Corresponde a la Municipalidad de MORDAZA de Surco: a) Regular en el distrito la ejecucion de obras y la instalacion, ampliacion, mantenimiento y retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico dentro del distrito. b) Autorizar la ejecucion de obras y la instalacion, ampliacion, mantenimiento y retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico dentro del distrito. c) Otorgar la conformidad de las obras para la prestacion de servicios publicos que se ejecuten en areas de uso publico que fueron previamente autorizadas. d) Realizar las inspecciones oculares correspondientes a las obras para la prestacion de servicios publicos que han sido autorizadas. e) Sancionar por las infracciones que se cometan a la presente disposicion o por incumplimiento de las normas tecnicas, legales y de seguridad vigentes. f) Velar por el cumplimiento del cronograma para el retiro de la infraestructura en desuso, presentado por las empresas prestadoras de los servicios. Articulo 8º.- OBLIGACION DE LA MUNICIPALIDAD Es obligacion de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA respetar el derecho del titular de la autorizacion otorgada durante el plazo de vigencia. Articulo 9º.- OBLIGACION DEL TITULAR DE LA AUTORIZACION Es obligacion del Titular de la autorizacion para la ejecucion de obras asi como de la instalacion, ampliacion, mantenimiento y retiro de infraestructura para la prestacion de servicios publicos en areas de uso publico: a) Ejecutar las obras autorizadas respetando las caracteristicas y condiciones con las cuales fueron autorizadas. b) Retirar la infraestructura fuera de servicio, en seguimiento del cronograma de trabajos presentado y aprobado por la Municipalidad. c) Mantener permanentemente las senalizaciones y condiciones de seguridad en las obras o instalaciones efectuadas hasta la Conformidad de las obras. d) Exhibir en un lugar visible o en la caseta de obra, la autorizacion otorgada. e) Mantener inalterados los datos consignados en la autorizacion otorgada. f) Solicitar la prorroga de la autorizacion MORDAZA del vencimiento de la vigencia de la misma. g) Brindar las facilidades a la autoridad municipal para que efectue las labores de inspeccion y fiscalizacion en las obras autorizadas. h) Respetar los compromisos asumidos con la Municipalidad. i) Acatar las sanciones administrativas impuestas por la Municipalidad. j) Acatar las prohibiciones establecidas por la Municipalidad. k) Presentar a la Municipalidad con treinta (30) dias de anticipacion su programa de ejecucion de trabajos de mantenimiento de infraestructura. l) Respetar el horario establecido para la ejecucion de obras reguladas en la presente Ordenanza m) Retirar el desmonte o material excedente y/o en desuso proveniente de la ejecucion de obras de infraestructura para la prestacion de servicios publicos. n) Ejecutar los trabajos autorizados manteniendo el orden y limpieza en la obra, limitandose a ocupar la menor area posible, de manera que se minimice el posible impacto en el vecindario. o) Colocar el nombre de la empresa ejecutora de los trabajos en los uniformes de los operarios de la obra de infraestructura para la prestacion de servicios publicos.

Cable subterraneo: Cable instalado bajo tierra, pudiendo estar directamente enterrado o instalado a traves de ductos o camaras subterraneas.

Camara: Es la construccion a ejecutarse en el subsuelo, que albergara los empalmes, dispositivos o elementos de conexion de la red electrica o de telecomunicaciones, permitiendo ademas el cambio de direccion y distribucion de los cables.

Concesionario: Persona natural o juridica encargada de la prestacion de un servicio publico. Conexion domiciliaria: Es aquella conexion de un servicio publico a un predio MORDAZA o a un espacio publico determinado desde la red principal hasta la fachada o vereda adyacente, que incluye la instalacion de un elemento de control, medicion y/o registro de consumo del servicio. Derecho de via: Ancho reservado por la autoridad para ejecutar futuras ampliaciones de la via. Ductos para el tendido de cables subterraneos: Conductos o similares instalados en forma subterranea para el tendido de la red. Conformidad de obra: Documento que otorga la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para certificar la conclusion de una obra de acuerdo a la autorizacion otorgada. Infraestructura necesaria para la prestacion de servicios publicos: Todo poste, ducto, conducto, MORDAZA, camara, MORDAZA, estacion radioelectrica, derechos de via, etc., asociados a la prestacion de servicios publicos. Obras de ampliacion de redes: Son los trabajos realizados por los operadores o concesionarios o particulares que tiene por objeto ampliar el estado de las redes existentes generando un incremento en el numero final de usuarios o modificando las caracteristicas del servicio final. Obras de mantenimiento de redes: Son los trabajos realizados por los operadores o concesionarios dentro de una programacion, que tienen por objeto mantener en buen estado las redes primarias, secundarias y conexiones domiciliarias de los servicios respectivos, sin modificar el servicio final. Obra de servicio publico: Toda intervencion en via publica para la prestacion de servicios de agua, desague, energia electrica, gas y telecomunicaciones. Operador: Titular de la concesion de un servicio publico o la prestadora de servicios publicos. Subestacion de distribucion: Conjunto de instalaciones para transformacion y/o seccionamiento de la energia electrica que la recibe de una red de distribucion primaria y la entrega a un subsistema de distribucion secundaria, a las instalaciones de alumbrado publico, a otra red de distribucion primaria o a usuarios. Comprende generalmente el transformador de potencia y los equipos de maniobra, proteccion y control, tanto en el lado primario como en el MORDAZA, y eventualmente edificaciones para albergarlos.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.