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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de agosto de 2008 378797 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 16-2008-MPA-SG. Anta, veinte de agosto del 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA. POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Anta, en sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha veinte de agosto del año dos mil ocho, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como Gobiernos locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomía que la Constitución Política del Estado otorga a las Municipalidades y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico de la nación, derecho reconocido por los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972. Que, la Municipalidad Provincial de Anta mediante Acuerdo Municipal Nº 043-2008-MPA-A/SG de fecha dieciocho de junio del año dos mil ocho, ha entrado en proceso de reestructuración, donde se acordó elaborar un nuevo documento de gestión denominado: “Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Anta”, cuyo estudio y recomendaciones se encomendó a una Comisión presidida por la Gerencia de Administración en la persona del Econ. Vilmark Quinte Villegas e integrada por las siguientes personas: • Prof. Justino Manya Zavaleta Regidor• Sr. Emiliano Rondán Villafuerte Regidor• Ing. Juan José Quispe Llancacuro Gerente Municipal• Dr. Juan Carlos Rondón Cáceres Gerente de Desarrollo Social • Ing. Julio César Trujillo Baca Gerente de Desarrollo Rural y Urbano Los mismos que dieron a conocer los resultados mediante Informe Nº 041-2008/GM-MPA de fecha veinte de agosto del año dos mil ocho y aprobada en Sesión de Concejo Municipal de fecha veinte de agosto del año dos mil ocho, documento que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Que, en uso de las facultades conferidas por el artículo 40 de la Ley Organica de Municipalidades y con el voto aprobatorio del Concejo se dispuso: ORDENANZA MUNICIPAL: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA, a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Segundo.- Dar a conocer a todas las dependencias integrantes de la Municipalidad Provincial de Anta, el contenido de la presente Ordenanza Municipal para su aplicación. Artículo Tercero.- Disponer la publicación del contenido del presente, conforme a Ley en el Diario O fi cial “El Peruano”. Dado en el Palacio Municipal de la Municipalidad Provincial de Anta a los diez días del año dos mil ocho Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WILBERT GABRIEL ROZAS BELTRÁN Alcalde 244330-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche del distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 0038-2008-MDLU. La Unión, 19 de agosto del 2008. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNIÓN – PIURA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA UNIÓN – PIURA. VISTO, En Sesión Extraordinaria Nº 018-08 de fecha 19 de agosto de 2008, el Informe Nº 0359-2008-J.A.L.I/MDLU de fecha 22-07-2008 de Asesoría Legal Interna, Informe Nº 095-2008-CE-MDLU/OPVL de fecha 16-07-2008 de la Jefatura del Programa Vaso de Leche e, Informe Nº 036-2008-MDLU/OPPI de fecha 16-07-2008 de la Jefatura de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto, Programación e Inversiones de la Municipalidad Distrital de La Unión - Piura; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N’ 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, que señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los “los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos”, además el artículo 41º de la referida norma establece “los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, mediante Informe Nº 095-2008-CE-MDLU/ OPVL. de fecha 16 de julio del 2008, el Jefe de la O fi cina del Programa Vaso de Leche alcanza el expediente que contiene el Acta del Comité de Administración del Programa Vaso de Leche, la disponibilidad presupuestal, el valor referencial de los productos, el informe de la Nutricionista, el número de bene fi ciarios, cantidad de producto a adquirir, ración diaria, etc.; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0363-2008-MDLU/ A de fecha 15 de julio del 2008 se Declara la Nulidad de Ofi cio de la ADP Nº 001-2008-CEP-MDLU, hasta la fase de consultas y observaciones por contravenir las normas legales, por lo que se hace necesario hacer una reprogramación del calendario del Proceso Principal; Que, según acta del Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche de fecha 15 de julio de 2008 se aprueba la adquisición urgente de los productos del Programa: a) Hojuelas de avena, quinua, kiwicha y trigo azucarado fortifi cado con vitaminas y minerales b) Leche evaporada en tarro de 410 gramos habiéndose elegido los productos, previa degustación de los bene fi ciarios, el día 15 de enero del 2008;Descargado desde www.elperuano.com.pe