Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2008 (28/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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25 26 27 28 29 30 31 32 RUC 10159530995 10159543060 10159548924 10159550791 10159557052 10159585501 10159624400 10159626038 57 58 59 60 61 62 63 64 RUC 10160141188 10160143466 10160178812 10160224130 10160252559 10254945370 10316628473 10400080203

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 28 de agosto de 2008

244332-1
Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros, aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- APROBAR, la Creacion de la Administracion Tecnica de los Distritos de Riego - ATDR en las provincias de Parinacochas, Lucanas y MORDAZA del MORDAZA Sara. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Direccion Regional Agraria y Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional la conformacion del Equipo Tecnico para la formulacion de los Expedientes Tecnicos que conduzcan a la Gestion e Instalacion de la Administracion Tecnica de los Distritos de Riego (ATDR) de las Provincias precitadas; manejo de personal y recursos necesarios para su funcionamiento, orientados en el MORDAZA del MORDAZA de Descentralizacion y Autonomia Regional. Articulo Tercero.- Publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA, a los 10 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 10 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban la creacion de la Administracion Tecnica de los Distritos de Riego en las provincias de Parinacochas, Lucanas y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2008-GRA/CR
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2008 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 10 de MORDAZA de 2008, trato el tema relacionado a la Administracion Tecnica de los Distritos de Riego - ATDR en las provincias del Sur de la Region; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27783, Ley de la Descentralizacion, establece que es finalidad de la descentralizacion el desarrollo integral, armonico y sostenible del MORDAZA, mediante la separacion de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la poblacion; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el literal c) del articulo 45º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como funciones generales la funcion administrativa y ejecutora organizando, dirigiendo y ejecutando los recursos financieros, bienes activos y capacidades humanas necesarios para la gestion regional, con arreglo a los sistemas administrativos nacionales; asimismo los literales e) y f) del articulo 51º del cuerpo legal acotado, establecen que es funcion en materia agraria desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdiccion; y promover y ejecutar proyectos y obras de irrigacion, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservacion de los recursos hidricos y de suelos; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0782006-AG, que dictan disposiciones en materia de aguas sobre dependencia de las Administraciones Tecnicas de los Distritos de Riego y para uniformizar procedimientos administrativos a nivel nacional, establece que las administraciones Tecnicas de los Distritos de Riego dependen administrativa, tecnica y funcionalmente de las Direcciones Regionales de Agricultura;

243709-1

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban Politica Penitenciaria Regional de la Provincia Constitucional del Callao
DECRETO REGIONAL Nº 04-2008-GRC-PR
Callao, 25 de agosto de 2008

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