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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de agosto de 2008 378787 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 317-2008-INDECI 21 de agosto de 2008 Vistos: el Ofi cio Nº 035-2008-GRA-CRDC-A/P del 30.ABR.2008, el Informe Técnico Nº 008-2008-INDECI/ DNPE/CE del 07.JUL.2008, el Informe Técnico Nº 008-2008-INDECI/14.0 del 08.JUL.2008, el Memorándum Nº 302-2008-INDECI/14.0 del 08.JUL.2008, el O fi cio Nº 3540- 2008-INDECI/4.0 del 16.JUL.2008, el Memorándum Nº 368-2008-INDECI/14.0 del 11.AGO.2008, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29144, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de S/. 50’000,000,00 (Cincuenta millones con 00/100 Nuevos Soles) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2008, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-cientí fi co competente; así como rehabilitar la infraestructura pública recuperando los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia del desastre y aquella necesaria para atender a la población y recuperar la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 029-2008- EF/15 se aprobó la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se re fi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, Ley Nº 29144”; Que, el numeral 9.1 del artículo 9º de la mencionada Directiva señala que los recursos a que se re fi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29144, podrán fi nanciar, cuando las entidades no dispongan de recursos presupuestales, intervenciones de Actividades de Emergencia y Proyectos de Inversión Pública (PIP’s) de Emergencia, que tengan por fi nalidad realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico y brindar una respuesta oportuna a la población afectada por un desastre de gran magnitud y rehabilitar la infraestructura pública dañada;Que, con el Ofi cio Nº 035-2008-GRA-CRDC-A/P de Vistos, el Gobierno Regional de Amazonas remitió 03 Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia dirigidas a la fumigación y abatización de viviendas para el control del vector transmisor de Dengue, en la Región Amazonas; Que, conforme lo señalado en el numeral 10.4 del artículo 10º de la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01, el INDECI evalúa las solicitudes presentadas y las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, y de ser procedente las aprueba expresamente a través del Informe del Director Nacional del órgano de línea del INDECI. Adicionalmente el INDECI elabora el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerárquicos que amerite la aprobación, incorporación y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus términos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, mediante el Informe Técnico Nº 008-2008-INDECI/ DNPE/CE de Vistos, el Equipo de profesionales, luego de la evaluación correspondiente aprobó las Fichas Técnicas presentadas por el Gobierno Regional de Amazonas, señalando que la solución planteada se encuentra en relación directa con el impacto producido por el evento, ya que las lluvias intensas ocurridas en el ámbito del Gobierno Regional de Amazonas, han ocasionado aniegos y emposamiento de agua en las calles e inundaciones de campos agrícolas circundantes a las poblaciones, habiéndose registrado casos de dengue y malaria, por lo que se requiere la intervención para atender a la población, de acuerdo a la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01, aprobada con por Resolución Ministerial Nº 029-2008-EF/15; Que, efectuada la evaluación correspondiente a la intervención solicitada y analizada la documentación que se adjunta, el referido Equipo concluye que el requerimiento presentado cumple con las condiciones estipuladas en la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01, por lo que de conformidad con lo señalado en el numeral 10.4 de su artículo 10º, se aprueba la solicitud de fi nanciamiento efectuada a través de las referidas Fichas Técnicas, hasta por el importe de S/. 203,670.00 (Doscientos tres mil seiscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles), cuyo plazo y modalidad de ejecución se encuentra detallado en el Anexo 01 adjunto a la presente Resolución, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29144, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Técnico Nº 008-2008-INDECI/14.0 de Vistos, aprobó las Fichas Técnicas ANEXO N° 1 PROGRAMA 2008 - GOBIERNO REGIONAL TUMBES EVALUACION DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA - COMISION DE EVALUACIÓN INDECI SECTOR SALUD ENTIDAD EJECUTORA GOBIERNO REGIONAL TUMBES MONTO SOLICITADO PARA LA REGION 154,612.00 REFERENCIA Ofi cio 209-2008/GOB.REG.TUMBES-P / HT200808634 del 05/05/08 N° Nombre de la Actividad Ubicación Características AprobaciónRecursos a Financiar Nuevos Soles S/ Población Benefi ciada Meta Provincia DistritoPlazo dias Monto Nuevos Soles S/ Modalidad 1Fumigación y abatización para prevención y control del dengue y malaria en la región TumbesTumbes - Contralmirante VillarMultidistrital 90 154,612.00Administración DirectaSI 154,612 56,650Reducir el riesgo de la población por contraer enfermedades como malaria o dengue a través de la fumigación casa por casa y fumigación por esparcido en calle, además de la abatización que consiste en entregar bolsitas conteniendo larbicidas casa por casa, que permitan controlar efi cazmente el vector transmisor de estas enfermedades. Las poblaciones en riesgo es de 56,650 habitantes en 11,330 viviendas y las localidades en riesgo son: Tumbes 22,120 hab., Puerto Pizarro 6,500 hab., La Cruz 9,000 hab., Pampas de Hospital 3,680 hab., Cabuyal 1,250 hab., Zorritos 14,100. 154,612.00 154,612 56,650 154,612.00 1 243473-1 Descargado desde www.elperuano.com.pe