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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de agosto de 2008 378788 formuladas por el Gobierno Regional de Amazonas, hasta por el importe de S/. 203,670.00 (Doscientos tres mil seiscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final de la Ley Nº 29144, mediante Decreto Supremo Nº 103-2008-EF se autorizó una operación de transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, hasta por la suma de S/. 358,282.00 (Trescientos cincuenta y ocho mil doscientos ochenta y dos y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, las mismas que serán obligatoriamente publicadas en el Diario O fi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Amazonas, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 103-2008-EF, hasta por el monto de S/. 203,670.00 (Doscientos tres mil seiscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución de la actividad señalada en el Anexo 01 adjunto a la presente Resolución; Con la visación de la Sub Jefatura, de las O fi cinas de Asesoría Jurídica, Plani fi cación y Presupuesto, Administración y la Dirección Nacional de Proyectos Especiales; De conformidad con la Ley Nº 29144 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y sus modi fi catorias, Directiva Nº 001-2008-EF/68.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se re fi ere la Cuarta Disposición Final de la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público, Ley Nº 29144”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 029-2008-EF/15 y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modi fi cado por Decretos Supremos Nºs 005- 2003-PCM y 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Amazonas, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante Decreto Supremo Nº 103-2008-EF, hasta por un monto de S/.203,670.00 (Doscientos tres mil seiscientos setenta y 00/100 Nuevos Soles), para la ejecución de las Actividades señaladas en el Anexo 01 que forma parte de la presente Resolución. El monto total transferido, conforme aparece en el referido Anexo 01, corresponde a la suma total de tres (03) Actividades, cuyo monto debe ser respetado en la etapa de ejecución. Artículo 2º.- La Ofi cina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales del INDECI la coordinación correspondiente para la suscripción del respectivo Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional de Amazonas para el control y seguimiento de ejecución de metas físicas, conforme a la normatividad vigente. Artículo 4º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario O fi cial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario al Gobierno Regional de Amazonas, a la Sub Jefatura, a las O fi cinas de Asesoría Jurídica, de Plani fi cación y Presupuesto y de Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil ANEXO N° 1 PROGRAMA 2008 - GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS EVALUACION DE ACTIVIDADES DE EMERGENCIA - COMISION DE EVALUACIÓN INDECI SECTOR SALUD ENTIDAD EJECUTORA GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS MONTO SOLICITADO PARA LA REGION 203,670.00 REFERENCIA Ofi cio N° 035-2008-GRA-CRDC-A/P / HT200808588 del 05/05/08 N° Nombre de la Actividad Ubicación Características Aprobación Recursos a Financiar Nuevos Soles S/ .Población Benefi ciada Meta Provincia Distrito Plazo dias Monto Nuevos Soles S/ Modalidad 1 Fumigación y abatización de viviendas para el control del vector transmisor del dengue (Aedes Egipty) por peligro inminente, dicha actividad debe ejecutarse en los distritos de Bagua Grande, El Milagro y Cajaruro, provincia de Utcubamba, departamento de AmazonasUtcubamba Bagua Grande, El Milagro y Cajaruro30 80,019.00 Por Convenio SI 80,019.00 24,541 Fumigación de 6,366 viviendas en el distrito de Bagua Grande, 284 viviendas en el Distrito El Milagro y 137 viviendas en el Distrito de Cajaruro. Total 6,787 viviendas. Abatización en 6,366 viviendas en el distrito de Bagua Grande, 284 viviendas en el distrito El Milagro y 137 viviendas en el distrito de Cajaruro. En total 6,787 viviendas 2 Fumigación y abatización de viviendas para el control del vector transmisor del dengue (Aedes Egipty) por peligro inminente, dicha actividad debe ejecutarse en el distrito de Bagua, provincia de Bagua, departamento de AmazonasBagua Bagua 30 55,033.00 Por Convenio SI 55,033.00 32,356 Fumigación de 4,500 viviendas en el distrito de Bagua y Abatización de 4,500 viviendas en el mismo distrito de Bagua. 3 Fumigación y abatización de viviendas para el control del vector transmisor del dengue (Aedes Egipty) por peligro inminente, dicha actividad debe ejecutarse en el distrito de Santa María de Nieva, provincia Condorcanqui, departamento de AmazonasCondorcanqui Santa María de Nieva30 68,618.00 Por Convenio SI 68,618.00 27,269 Fumigación de 5,454 viviendas y Abatización de 5,454 viviendas en el ámbito del distrito de Santa María de Nieva. 203,670.00 203,670.00 84,166 203,670.00 3 243473-2 Descargado desde www.elperuano.com.pe