Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2008 (28/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo Segundo.- Los establecimientos que tengan habilitadas zonas de fumadores deberan adecuar su area a lo establecido en el articulo 3º, inciso b), de la Ordenanza Nº 219-MSI en el plazo de ciento cincuenta (150) dias contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, para lo cual la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA emitira los lineamientos especificos para dicha adecuacion. Articulo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Autorizaciones y Control MORDAZA, de Desarrollo Social y de Fiscalizacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en San MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto del ano dos mil ocho. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

244103-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria legal y MORDAZA en materia penal y laboral
ACUERDO DE CONCEJO Nº 073-2008/MSI
San MORDAZA, 20 de agosto de 2008 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de la fecha, los Dictamenes Nº 050-2008-CAJ/MSI de la Comision de Asuntos Juridicos y Nº 038-2008-ADM-FIN-AL/MSI/MSI de la Comision de Administracion, Finanzas y Asuntos Laborales y los Informes Nº 1145-2008-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 0012-2008-0600-SG/MSI de la Secretaria General y el Informe Nº 132-2008-0800GAF/MSI de la Gerencia de Administracion y Finanzas, referidos a la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios personalisimos de asesoria legal especializada y MORDAZA en materia penal; y CONSIDERANDO: Que, segun lo establece el Inciso "f" del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y sus modificatorias, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos, procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, mediante Informe Nº 012-2008-0600-SG/MSI, la Secretaria General ha solicitado la contratacion de los servicios de asesoria legal especializada y MORDAZA en materia penal de MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L.; Que, de acuerdo con el Informe MORDAZA senalado, debido a su especial trascendencia para la Municipalidad y la gestion municipal, es necesario contar con los servicios especializados de asesoria y MORDAZA en materia penal, para la defensa del Senor MORDAZA, los Regidores y funcionarios de la Municipalidad de San MORDAZA, en aquellos casos en los que esta MORDAZA no sea agraviada;

Que, debido a las constantes denuncias a las que se ven expuestos y las diversas diligencias a las que son citados por razones propias de su cargo, tanto el Senor MORDAZA como los senores Regidores y los funcionarios de la Municipalidad de San MORDAZA, resulta imperioso que estos cuenten de manera permanente y efectiva con una asesoria legal especializada en materia penal, asi como con el MORDAZA especializado en dicha materia; Que, MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. es un Estudio de Abogados especializado en Derecho Penal, que cuenta con mas de 15 anos brindando servicios de asesoria y defensa legal en materia penal a personas naturales y juridicas, incluidas diversas entidades del sector publico; Que, MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. esta dedicado a brindar servicios de consultoria, asesoria legal y MORDAZA de procesos judiciales y de investigacion preliminar en la MORDAZA exclusiva del Derecho Penal; Que, MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. tiene entre sus miembros al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha sido Secretario General de la Fiscalia de la Nacion, Magistrado y Fiscal, habiendo desempenado importantes cargos en el Poder Judicial y el Ministerio Publico; Que, asimismo, MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. tambien tiene entre sus miembros al Dr. MORDAZA MORDAZA Nugent, quien se ha sido Fiscal Adjunto Provincial Penal y Secretario General de la Fiscalia de la Nacion; Que, en tal sentido, dada su reconocida trayectoria e innegable prestigio, MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. resulta ser el indicado para brindar los servicios de asesoria especializada y MORDAZA en materia penal a la Municipalidad de San Isidro; Que, de acuerdo con el Inciso "c" del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el caso de los Gobiernos Locales, las exoneraciones de los procesos de seleccion son aprobadas por Acuerdo de Concejo; Estando a lo expuesto y a lo senalado en los Informes Nº 1145-2008-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 0012-2008-0600-SG/MSI de la Secretaria General y el Informe Nº 132-2008-0800-GAF/ MSI de la Gerencia de Administracion y Finanzas, los cuales forman parte del presente Acuerdo y de conformidad con las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar como servicios personalisimos la contratacion de MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. para que preste a la Municipalidad de San MORDAZA los servicios de asesoria legal especializada y MORDAZA en materia penal, para la defensa del Senor MORDAZA, los Regidores y funcionarios, en aquellos casos en que la Municipalidad no sea agraviada, de conformidad con el Inciso "f" del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion de los servicios personalisimos de MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L. a que se refiere el Articulo Primero del presente Acuerdo, cuyo valor referencial asciende a la suma de S/.72,000.00 (SETENTA Y DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) incluido impuestos de ley, por un plazo de un (01) ano, siendo su Fuente de Financiamiento "Recursos Determinados"; Articulo Tercero.- Encarguese a la Subgerencia de Logistica y Servicios Generales que lleve a cabo la contratacion de los servicios personalisimos de MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA ABOGADOS S. CIVIL DE R.L., conforme a lo establecido en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General remita MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, cumpliendo con lo senalado

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