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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de diciembre de 2008 385134 En uso de las facultades conferidas en el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los Informes Técnico y Legal señalados en el Visto; el Concejo Municipal por mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA:Artículo Primero.- Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección correspondiente, por la causal de Desabastecimiento Inminente, referente a la Supervisión de la Obra “Construcción Puente Peatonal Churuja - Paclas, Distrito de Churuja – Bongará - Amazonas”. Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial Permanente, conducir el presente proceso de selección para la Supervisión de la Obra “Construcción Puente Peatonal Churuja - Paclas, Distrito de Churuja – Bongará - Amazonas”, consiguientemente contratar directamente hasta por un monto de S/. 15,750.00 (QUINCE MIL SETESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) y con cargo a la Fuente de Financiamiento RECURSOS ORDINARIOS – MIMDES – FONCODES – Proyectos de Infraestructura Social y Productiva. Artículo Tercero.- Disponer, que el Despacho de Alcaldía curse las comunicaciones a la Contraloría General de la República, y CONSUCODE a través del SEACE, dentro del término de 10 días hábiles, de conformidad con los artículos 20º y 47º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y sus modifi catorias. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría de la Municipalidad la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano en el plazo legal, así como las demás acciones correspondientes para su ejecución de acuerdo a ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL A. MEZA PERALTA Alcalde Distrital 289905-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE DESAGUADERO Exoneran de proceso de selección la adquisición de bienes y contratación de servicios para la Obra Construcción de Pistas y Mejoramiento de Veredas en el Barrio Challacollo-Desaguadero ACUERDO DE CONCEJO. Nº 026-2008/MDD/AC. Desaguadero, 4 de diciembre del 2008 VISTO: En sesión Extra Ordinaria de fecha 03 de Diciembre del año dos mil ocho; los informes de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto Nº 078-2008/MDD y el informe de la ofi cina de Abastecimiento 039-2008-MDD/ABASTECIMIENTOS, en el que se solicita la exoneración para el proceso de selección para la Adquisición de MEZCLA DE ASFALTO para la Construcción de la Obra Mejoramiento de Pistas y Veredas en el Barrio Challacollo - Desaguadero - Provincia de Chucuito, Departamento de Puno. CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece en su artículo 41º en la que señala que “los acuerdos de concejo son decisiones referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;Que, de conformidad con el prescrito por el Artículo 191º de la Constitución Política del estado; el Artículo II del Título Preliminar, y el Artículo 4º de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, La autonomía que la Constitución Política del Estado establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativas, con sujeción al ordenamiento jurídico” Que, de acuerdo a lo prescrito por el Artículo IV del Título Preliminar de la citada Ley Nª 27972 “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”. Que, la opinión legal Nº 022-2008-OAJ-MDD/CHJ. Sostiene que resulta procedente la exoneración del proceso de Selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la obra Construcción de pistas y Mejoramiento Veredas en el Barrio Challacollo - Desaguadero. Que, Observando el procedimiento de exoneración, conforme a la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado y su reglamento, se procederá la implementación de contratación según el D.S. Nº 083-2004-PCM del texto único ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante con el artículo 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, en sesión extra ordinaria de Concejo Municipal, respecto a la exoneración del proceso de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la obra Construcción de pistas y Mejoramiento Veredas en el Barrio Challacollo - Desaguadero, Provincia de Chucuito, Departamento de Puno”. Previa lectura de los informes de vistos y puestos en consideración del pleno del Concejo Municipal y estando a lo expuesto y con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR por la situación de Desabastecimiento inminente y EXONERAR el proceso de selección para la adquisición de bienes y contratación de servicios para la obra Construcción de pistas y Mejoramiento Veredas en el Barrio Challacollo - Desaguadero, Provincia de Chucuito, Departamento de Puno...” Artículo Segundo.- ENCARGAR a la ofi cina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Desaguadero, realizar las acciones inmediatas para la Contratación de adquisición de bienes y contratación de servicios para la obra Construcción de pistas y Mejoramiento Veredas en el Barrio Challacollo-Desaguadero, Provincia de Chucuito, Departamento de Puno (MEZCLA DE ASFALTO) en la cantidad de 606 m3; en costo promedio de 468,850.08/100 nuevos soles, bajo estricta observancia de los procedimientos establecidos, en el artículo 144º, 145º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM...” Artículo Tercero.- REMITIR a la Contraloría General de la República, copia del presente acuerdo, así como los informes técnicos y legales que sustentan el presente acuerdo, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Abastecimiento, efectúe la publicación respectiva en el Diario Ofi cial El Peruano, así como adicionalmente el presente acuerdo deberá publicarse en el SEACE de la Municipalidad Distrital de Desaguadero, conforme lo dispone el Artículo 147º del D.S. Nº 084-2004-PCM...” Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR el presente ACUERDO de Concejo, a la Ofi cina de Administración, Abastecimiento, Contraloría General de la República y las correspondientes áreas, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WILSON N. QUISPE MENDOZA Alcalde 290004-1Descargado desde www.elperuano.com.pe