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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (13/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de diciembre de 2008 385121 En caso la solicitud sea entregada por un tercero, además se deberá consignar los datos referidos a este, señalados en el formulario físico anexo a esta resolución, y presentar una fotocopia del documento de identidad del solicitante o el representante legal, y del tercero. Artículo 4°.- LUGAR PARA PRESENTAR LA SOLICITUD La solicitud se presentará en los lugares que a continuación se indican: a) Los Principales Contribuyentes Nacionales, en la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales. b) Los contribuyentes a cargo de la Intendencia Regional Lima, de acuerdo a lo siguiente: b.1) Los Principales Contribuyentes, en las dependencias encargadas de recibir sus Declaraciones Pago o en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en la Provincia de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao. b.2) Para otros contribuyentes, en los Centros de Servicios al Contribuyente a los que se hace referencia en el acápite anterior. c) Los contribuyentes a cargo de las demás Intendencias Regionales u Ofi cinas Zonales, en la dependencia de la SUNAT de su jurisdicción o en los Centros de Servicios al Contribuyente correspondientes. Artículo 5°.- EVALUACIÓN DE LA SOLICITUD El acto que resuelve la solicitud de los sujetos comprendidos en el artículo 2°, deberá ser notifi cado en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de recibida dicha solicitud. Tratándose de contribuyentes personas naturales, sociedades conyugales que optaron por tributar como tales y sucesiones indivisas, el referido plazo será de aplicación, siempre que adjunten a la solicitud el Certifi cado de Movimiento Migratorio de la persona natural solicitante, del cónyuge domiciliado o del causante, según corresponda. En caso contrario, si aquellos no adjuntan a la solicitud el Certifi cado de Movimiento Migratorio, el acto deberá ser notifi cado en el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles contados desde el día siguiente de recibida la solicitud. En caso se resuelva la solicitud a favor del contribuyente, el Certifi cado de Residencia le será entregado en la misma dependencia o Centro de Servicios al Contribuyente en el que presentó su solicitud. De no resolverse la solicitud en los plazos antes señalados, según corresponda, el contribuyente podrá interponer el recurso de reclamación dando por denegada su solicitud. Artículo 6°.- CONTENIDO DEL CERTIFICADO DE RESIDENCIA El Certifi cado de Residencia deberá contener la siguiente información: a) Número de certifi cado. b) Datos del residente a quien se otorgará el certifi cado: i) Nombre o denominación o razón social. ii) Número de RUC.iii) Tipo de contribuyente (persona natural o persona jurídica). iv) Domicilio fi scal. c) País donde se presentará el certifi cado. d) Período por el cual se solicita la certifi cación.e) Período de vigencia del certifi cado. f) Fecha de emisión. g) Firma y sello del funcionario competente. Artículo 7°.- PLAZO DE VIGENCIA DEL CERTIFICADO DE RESIDENCIA El Certifi cado de Residencia tendrá un plazo de vigencia de cuatro (04) meses contados a partir de la fecha de su entrega al contribuyente. Artículo 8°.- ESTADO CON EL CUAL EL PERÚ HA CELEBRADO UN CDI QUE CUENTA CON UN SISTEMA DE VERIFICACIÓN EN LÍNEA Para efecto de lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 2° del Decreto Supremo N° 090-2008-EF, téngase en cuenta que, a la fecha, el Estado Chileno posee un sistema de verifi cación en línea de los certifi cados de residencia que emite, a fi n que el agente de retención compruebe la autenticidad de dichos certifi cados. La dirección electrónica a través de la cual se puede acceder a dicho sistema de verifi cación es: http://www.sii.cl. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- La presente Resolución entrará en vigencia el 1 de enero de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. GRACIELA ORTIZ ORIGGI Superintendente Nacional I. CÓDIGOS DE SUPUESTOS LEGALES PARA CONSIDERARSE RESIDENTE EN EL PERÚ CÓDIGO DE SUPUESTOSUPUESTOINFORMACIÓN ADICIONAL: 001Inc. a. del artículo 7º de la Ley del Impuesto a la Renta (en adelante LIR) Las personas naturales de nacionalidad peruana que tengan domicilio en el país, de acuerdo con las normas de derecho común. 002Inc. b. del artículo 7º de la LIR Las personas naturales extranjeras que hayan residido o permanecido en el país más de ciento ochenta y tres (183) días calendario durante un período cualquiera de doce (12) meses. 003Inc. c. del artículo 7º de la LIR Las personas que desempeñan en el extranjero funciones de representación o cargos o fi ciales y que hayan sido designadas por el Sector Público Nacional.Entidad pública que hizo la designación :_______________ RUC:____________ Fecha de designación :_________________________Fecha de cese de la designación (de ser el caso) :____________________Tipo de documento o fi cial con que se hizo la designación :_________________ Número de documento o fi cial con que se hizo la designación:______________ 004Inc. f. del artículo 7º de la LIR Las sucesiones, cuando el causante, a la fecha de su fallecimiento, tuviera la condición de domiciliado con arreglo a las disposiciones de la LIR.Fecha de fallecimiento del causante :__________________________ N° de partida de defunción : _________________________________Municipalidad en que fue registrada : ___________________________Fecha en que fue registrada la partida de defunción :_______________ 005Tercer párrafo del artículo 7º de la LIR Los peruanos que hubieren recobrado su condición de domiciliados por retornar al país y permanecer más de ciento ochenta y tres (183) días calendario dentro de un período cualquiera de doce (12) meses. 006Inc. d. del artículo 7º de la LIR Las personas jurídicas constituidas en el país. 007Inc. h. del artículo 7º de la LIR Las empresas unipersonales, sociedades de hecho y entidades a que se re fi eren el tercer y cuarto párrafos del artículo 14° de la LIR, constituidas o establecidas en el país. 008 Otros II. CÓDIGOS DE TIPO DE DOCUMENTO Tipo de Documento Documento Nacional de Identidad Carnet de Extranjería Pasaporte Cédula Diplomática de Identidad Código 14 7 A Descargado desde www.elperuano.com.pe