Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2008 (13/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 13 de diciembre de 2008

Declaran de nulidad del item Nº 1 de la Licitacion Publica Nº 010-2008ZRLIMA
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 329-2008-SUNARP/SN
MORDAZA, 11 de diciembre de 2008 Visto el Oficio Nº 2269-2008-SUNARP-ZR Nº IX-GAF/ JEF suscrito por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede Lima; el Informe Nº 020-2008-SUNARP-Z.R. Nº IX/OL/ GAF; y el Informe Legal emitido por la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo expuesto en el oficio Nº 22692008-SUNARP-ZR Nº IX-GAF/JEF y en el Informe Nº 0202008-SUNARP-Z.R. Nº IX/OL/GAF, en la Licitacion Publica Nº 010-2008-ZRLIMA, compra corporativa facultativa para la adquisicion de software y licencias, se ha detectada que "la MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA, a traves de la Unidad Ejecutora 004 SUNARP -Sede MORDAZA no incluyo en su PAAC 2008, el MORDAZA correspondiente a Software de Oficina"; Que, tal como se advierte del expediente de contratacion, el item Nº 1 (170 licencias de Software de Oficina) tiene un valor referencial de S/. 317,719.11 nuevos soles; de los cuales 2 licencias del referido software corresponden a la MORDAZA Registral Nº VII-Sede MORDAZA, perteneciente a la Unidad Ejecutora Nº 004; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, bajo sancion de nulidad, MORDAZA de realizar la convocatoria a un MORDAZA de seleccion, la contratacion o adquisicion debe estar incluido en el respectivo Plan Anual de Adquisicion y Contrataciones (PAAC); la omision de tal obligacion no puede subsanarse via regularizacion; Que, si bien el valor de las 2 licencias del citado Software, corresponden a una contratacion por menor cuantia; sin embargo, al haberse incluido dicha contratacion dentro de un item mayor, no es posible declarar la nulidad de la misma sin afectar a todo el item Nº 1; por lo que, considerando que de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 57 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, es nulo el acto administrativo que contravenga las normas legales, corresponde se declare la nulidad del item Nº 1 de la Licitacion Publica Nº 010-2008-ZRLIMA, retrotrayendose el MORDAZA, respecto de dicho item Nº 1, hasta la etapa de inclusion en el PAAC de la Unidad Ejecutora Nº 004 de la adquisicion de las citadas dos licencias del Software de Oficina correspondiente a la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Huaraz; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente; al Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS asi como a lo requerido por la MORDAZA Registral mediante los documentos citados en el Visto de la presente resolucion, los cuales forman parte de la presente resolucion, en el contexto de lo dispuesto en el numeral 6.2. del articulo 6 de la Ley Nº 27444, con la visacion de la Gerencia Legal de la Sede Central de la SUNARP. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la Nulidad del item Nº 1 de la Licitacion Publica Nº 010-2008-ZRLIMA, retrotrayendose el MORDAZA de contratacion, unicamente respecto del citado item Nº 1, hasta la etapa de inclusion en el PAAC de la Unidad Ejecutora Nº 004 de la adquisicion de las citadas dos licencias del Software de Oficina correspondiente a la MORDAZA Registral Nº VII - Sede Huaraz. Articulo Segundo.- Disponer que el organo de control institucional de la MORDAZA Registral Nº V-Sede MORDAZA, encargada de la Unidad Ejecutora Nº 04, realice las acciones correspondientes a fin de determinar la responsabilidad funcional, por el hecho que motiva la presente declaracion de nulidad Articulo Tercero.- Disponer que la Secretaria General notifique inmediatamente la presente Resolucion a la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA, encargada de la compra corporativa, para que gestione la publicacion de la presente resolucion en el SEACE, incluyendo los documentos citados en el visto de la presente resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA D. CAMBURSANO GARAGORRI Superintendente Nacional de los Registros Publicos

290089-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

Modifican Organigrama Estructural y Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL Nº 122-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 13 de noviembre de 2008 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Que, conforme dispone el Articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, concordante con los Articulos 2° y 3° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica, administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal y que tiene jurisdiccion en el ambito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Regional N° 104-GOB. REG.-HVCA/CR, de fecha 29 de diciembre del ano 2007, se aprobo la nueva estructura organica del Gobierno Regional de Huancavelica y su Reglamento de Organizacion y Funciones, otorgandose 180 dias calendario para formular y ejecutar el Plan de implementacion de la Nueva Estructura Organizacion del Gobierno Regional de Huancavelica; Que, dentro del citado contexto normativo y estando al Informe Nº 02-2008-CIRO, de fecha 03 de noviembre del ano en curso, de la referida Comision de Implementacion de la Reestructuracion Organica, precisando modificaciones a la Estructura Organica del Gobierno Regional de Huancavelica y al Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), y luego de su debate, el pleno del Consejo Regional por unanimidad aprueba las modificaciones propuestas; Que, el Articulo 38° de la Ley N° 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la Organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; En uso de las atribuciones conferidas en la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, sus modificatorias y al Reglamento Interno del Consejo Regional; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del Organigrama Estructural y su Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Huancavelica, aprobado mediante Ordenanza Regional

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