TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de diciembre de 2008 385166 a la salud humana y el ambiente, sin perjuicio de las medidas técnicamente necesarias para el mejor manejo de los residuos sólidos peligrosos; Que, de igual manera, la precitada norma señala en el inciso 1 del Art. 9 que, las Municipalidades provinciales están obligadas a planifi car la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de la jurisdicción, compatibilizando los planes de manejos de residuos sólidos de sus distritos y centros poblados menores, con las políticas de desarrollo local y regional. Asimismo, señala en su Art. 10 que, las municipalidades distritales son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de las vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, por su parte, el Art. 8 del Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, dispone que, la Municipalidad, tanto provincial como distrital, es responsable por la gestión y manejo de los residuos de origen domiciliario, comerciales y de aquellos similares a estos originados por otras actividades, correspondiendo a la Municipalidad Distrital, según el inciso a), asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos. Debe asimismo determinar las áreas a ser utilizadas por la infraestructura de residuos sólidos en su jurisdicción en coordinación con la municipalidad provincial respectiva y en sujeción a la Ley y al Reglamento; Que la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 en su primer artículo menciona el derecho y deber fundamental: “Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida” Asimismo en su articulo 119 hace mención a las responsabilidades de los gobiernos locales. Que, estando lo expuesto, y de conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto unánime de los Señores Regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE GESTION AMBIENTAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DE PACHACAMAC PIGARS Artículo Único.- APRUEBESE el “Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos – PIGARS” de Pachacámac, el mismo que se encuentra como Anexo 1 a la presente Ordenanza POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 289968-3 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Exoneran de proceso de selección la contratación de EDELNOR S.A.A. para que brinde el servicio de “Mejoramiento del Suministro de Energía Eléctrica al Sistema de Agua Potable en el AA.HH. Pampa Libre del Distrito de Chancay” ACUERDO DE CONCEJO Nº 150-2008-MDCH Chancay, 26 de noviembre del 2008EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 26 de Noviembre del 2008, el Informe Legal Nº 460-2008-MDCH/ALE-MCV, del Asesor Legal Externo, mediante el cual recomienda que se someta a consideración del Concejo Municipal la exoneración del proceso de selección en la modalidad de Adjudicación Directa Pública, para contratar los servicios de la Empresa EDELNOR S.A.A. a fi n de que brinde el servicio de “Mejoramiento del Suministro de energía Eléctrica al Sistema de Agua Potable en el AA.HH. Pampa Libre del Distrito de Chancay”; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, en la Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 26 de noviembre del 2008, se trató el Informe Legal Nº 460-2008-MDCH/ALE-MCV, mediante el cual el Asesor Legal Externo, recomienda que se someta a consideración del Concejo Municipal la exoneración del proceso de selección en la modalidad de Adjudicación Directa Pública, para contratar los servicios de la Empresa EDELNOR S.A.A. a fi n de que brinde el servicio de “Mejoramiento del Suministro de Energía Eléctrica al Sistema de Agua Potable en el AA.HH. Pampa Libre del Distrito de Chancay”, el mismo que puesto a debate y previa votación, se acordó por Unanimidad aprobar la exoneración del proceso de selección en la modalidad de Adjudicación Directa Pública para contratar los servicios de la empresa EDELNOR S.A.A. a fi n de que brinde el servicio de “Mejoramiento del Suministro de Energía Eléctrica al Sistema de Agua Potable en el AA.HH. Pampa Libre del Distrito de Chancay” por un importe de S/. 162,924.52 nuevos soles; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º inc. 27 y artículo 20º inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con el voto unánime del pleno del Concejo; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del proceso de selección en la modalidad de Adjudicación Directa Pública para contratar los servicios de la empresa EDELNOR S.A.A. a fin de que brinde el servicio de “Mejoramiento del Suministro de Energía Eléctrica al Sistema de Agua Potable en el AA.HH. Pampa Libre del Distrito de Chancay” por un importe de S/. 162,924.52 (CIENTO SESENTIDOS MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y 52/100 NUEVOS SOLES). Artículo Segundo: Autorizar a la Gerencia de Administración de Recursos para que realice la Contratación del servicio antes señalado. Artículo Tercero: Encargar a Secretaría General la publicación del Acuerdo de Concejo de Exoneración en el Diario Oficial El Peruano así como poner en conocimiento dentro del plazo de diez días hábiles el presente Acuerdo y los Informes Técnicos y Legales que lo sustentan a la Contraloría General de la República y demás órganos competentes de Acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JUAN ALVAREZ ANDRADE Alcalde 289957-1Descargado desde www.elperuano.com.pe