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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 385990 cuadernos de trabajo de comunicación y matemáticas de primero y segundo grados de educación primaria, hasta por la suma de S/. 1’191,193.82 (Un millón ciento noventa y un mil ciento noventa y tres con 82/100 nuevos soles). Artículo 2º.- La contratación cuya exoneración se aprueba por la presente resolución, serán fi nanciada con recursos de la Fuente de Financiamiento 1- Recursos Ordinarios, del Presupuesto del ejercicio 2009 de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos. Artículo 3º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento dependiente de la Ofi cina General de Administración efectúe las contrataciones necesarias, a fi n de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer que se publique la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y que se remita, junto con los informes técnico y legal sustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 294848-1 Exoneran de procesos de selección la contratación de servicios de impresión de módulos de comprensión lectora, de impresión, modulado y embalaje y de transporte y distribución, en el marco del Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0451-2008-ED Lima, 24 de diciembre de 2008VISTOS; los Informes Nº 1278-2008-ME/SG-OGA- UA, Nº 1279-2008-ME/SG-OGA-UA y Nº 1280-2008-ME/SG-OGA-UA emitidos por la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, en adelante los Informes Técnicos y el Informe Nº 1961-2008-ME/SG-OAJ emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en adelante el Informe Legal; y, CONSIDERANDO: Que, a través del Ofi cio Nº 1472-2008-VMGP-DIGEBR de fecha 18 de diciembre de 2008, la Directora General de Educación Básica Regular, comunica al Jefe de la Ofi cina General de Administración que ha recibido el Ofi cio Nº 856-2008-DIGEBR-DES de la misma fecha, del Director de Educación Secundaria, adjuntando el Informe Nº 002-2008-DIGEBR-DES-ADC-ARME, en el cual se concluye que, a lo largo del presente año -desde el mes de febrero, se realizó un conjunto de gestiones a fi n de obtener los recursos presupuestales necesarios para la contratación de los servicios de impresión y transporte de los módulos de comprensión lectora para el Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora -2009; recursos que no fueron otorgados, sino hasta 12 de noviembre de 2008, cuando el Jefe de la Unidad de Presupuesto comunicó la asignación de recursos para el citado programa, por un monto de S/. 18’840,979.88 previstos en el Presupuesto de la Unidad Ejecutora 026 -Programa de Educación Básica para Todos, para el ejercicio 2009; Que, el Informe Nº 002-2008-DIGEBR-DES-ADC- ARME, continúa afi rmando que, la necesidad de iniciar el Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora a inicios del año escolar 2009 radica en que la aplicación de cada uno de los módulos es semestral, con lo cual, en un año escolar, se desarrollan dos módulos que aseguran las condiciones pedagógicas para alcanzar el nivel sufi ciente de comprensión lectora para cada uno de los respectivos grados en los que se aplica el programa; por lo que, en caso de no iniciar su aplicación a inicios del año escolar no se podría cumplir con la aplicación de los dos módulos necesarios en cada uno de los tres grados en que se aplicará el programa -segundo, tercer y cuarto nivel de educación secundaria a partir del mes de marzo de 2009- y consecuentemente, no se aseguraría las condiciones pedagógicas básicas para alcanzar el nivel sufi ciente de comprensión lectora en cada grado, afectándose el cumplimiento de los objetivos pedagógicos propuestos, por lo que solicita a la Ofi cina General de Administración, que en ejercicio de sus competencias, se sirva evaluar las acciones pertinentes orientadas a lograr la impresión y distribución de los referidos módulos de comprensión lectora y de ese modo asegurar el inicio del Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora en el nivel secundario, en los plazos oportunos, es decir, de manera simultánea con el inicio del año escolar 2009. Las especifi caciones técnicas reajustadas para el efecto fueron remitidas por el Director de Educación Secundaria, con el Memorando Nº 1015-2008-VMGP/DIGEBR/DES; Que, a través del Memorando Nº 524-2008-ME/SPE/ UMC de fecha 22 de diciembre de 2008, la Unidad de Medición de la Calidad Educativa remite a la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, el Informe Técnico Nº 001-2008-SPE/UMC, en el que expresa la necesidad imperiosa de efectuar la impresión, modulado y embalaje de los instrumentos para evaluar el desempeño lector de los estudiantes destinatarios del Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, y de que estos instrumentos lleguen a las instituciones educativas al inicio del año escolar 2009. Asimismo, los términos de referencia para la contratación del indicado servicio han sido alcanzados a la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, por la Jefa de la Unidad de Medición de la Calidad Educativa, con el Memorando Nº 511-2008-ME/SPE/UMC de fecha 15 de diciembre de 2008; Que, mediante Informe Nº 1278-2008-ME/SG-OGA- UA, relativo al servicio de impresión de módulos de comprensión lectora, e Informe Nº 1279-2008-ME/SG-OGA-UA, correspondiente al servicio de transporte y distribución de módulos de comprensión lectora y de instrumentos en el marco del Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, ambos informes de fecha 23 de diciembre de 2008, la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, con sustento en lo expuesto por la Unidad de Medición de Calidad Educativa, informa que, en la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2009, en las Instituciones Educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 0441-2008-ED, de fecha 15 de diciembre de 2008, se dispone la asignación de horas adicionales a la aplicación de módulos de comprensión lectora, los mismos que deben estar a disposición de los estudiantes de segundo, tercer y cuarto nivel de educación secundaria, a partir del mes de marzo de 2009, generando la imperiosa necesidad de que estos materiales lleguen a todas las instituciones educativas de gestión pública del país a inicios del año escolar 2009, de manera que dichos estudiantes cuenten con el material respectivo para las horas adicionales programadas y los docentes puedan incorporarlos en las programaciones correspondientes. Los términos de referencia para el servicio de transporte y distribución de módulos de comprensión lectora son enviados con el Memorando Nº 1018-2008-VMGP/DIGEBR/DES del Director de Educación Secundaria y los relativos al transporte y distribución de los instrumentos en el marco del Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, con el Memorando Nº 517-2008-ME/SPE/UMC de la Unidad de Medición de la Calidad Educativa; Que, en los informes técnicos antes citados, se expresa adicionalmente que el contenido de los módulos de comprensión lectora y de los instrumentos en el marco del Programa de Movilización Nacional por la Comprensión Lectora, ya se encuentran elaborados, y cada módulo está compuesto por tres materiales: un manual para el docente con las orientaciones pedagógicas, un texto para el estudiante, que contiene un número determinado de lecturas y las actividades de comprensión lectora y un cuadernillo de lecturas donde los estudiantes aplican las diversas estrategias de lectura, siendo los dos primeros no fungibles y el tercero fungible; de no contarse con los módulos al inicio del año escolar, no podría culminarse