Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2008 (03/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de enero de 2008 362998 Artículo 42º .- Estructura .- La Dirección General de Relaciones Internacionales tiene la siguiente estructura: a)Dirección de Relaciones Internacionales Artículo 43º .- Dirección de Relaciones Internacionales .- La Dirección de Relaciones Internacionales es el órgano encargado de planifi car, proponer, coordinar y ejecutar las políticas del Sector en el ámbito internacional en concordancia con los lineamientos de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y los objetivos institucionales del propio Sector. Son funciones de la Dirección de Relaciones Internacionales: a)Planifi car, proponer y ejecutar las acciones de política de Seguridad y Defensa en el ámbito internacional; b)Proponer y coordinar lo referente a la participación del Perú en Operaciones de Mantenimiento de la Paz, en coordinación con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; c)Proponer la suscripción de los convenios nacionales y tratados internacionales en asuntos relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional; d)Coordinar con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas la implementación de las expediciones antárticas; e)Proponer y coordinar la implementación de políticas en el ámbito de la Defensa Regional, Seguridad Hemisférica y en los diversos foros multilaterales, relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional; f)Proponer y coordinar las actividades de la delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa, las agregadurías de defensa y de las instituciones armadas en el exterior, y de los representantes del Sector ante los organismos internacionales, en asuntos relacionados con la política del Estado para la Seguridad y Defensa Nacional; g)Coordinar las relaciones de los diferentes órganos del Sector con las agregadurías de defensa acreditadas en el país, en asuntos relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional; h)Organizar las reuniones internacionales que se desarrollen en el ámbito de la Seguridad y Defensa nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y otros sectores concernidos; i)Las demás que le asigne el Director General de Relaciones Internacionales Artículo 44º .- Dirección General de Educación y Doctrina .- La Dirección General de Educación y Doctrina es el órgano encargado de formular, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas de educación del Sector en los niveles de formación, capacitación y especialización, respecto de los ámbitos no militares, con la fi nalidad de lograr una educación integral. Establece los lineamientos a ser implementados por cada institución armada en el ámbito de su competencia, supervisando su cumplimiento. La Dirección General de Educación y Doctrina orienta las actividades del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN) y del Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos (CDIH) de acuerdo a las políticas y objetivos estratégicos del Sector. Formula la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional. Depende del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa. Artículo 45º .- Funciones .- Son funciones de la Dirección General de Educación y Doctrina: a)Formular, proponer e implementar las políticas de educación y doctrina en el Sector que faciliten el cabal cumplimiento de la visión, misión, objetivos institucionales y funciones del mismo; b)Formular y proponer directivas sectoriales en el ámbito de su competencia a ser implementadas a nivel Sectorial; c)Coordinar la organización de eventos académicos con participación de instituciones nacionales e internacionales; d)Proponer y supervisar la implementación de un cuerpo doctrinario único de las instituciones armadas a fi n de contribuir al cumplimiento de la visión, misión, objetivos institucionales y funciones del Sector; e)Realizar estudios e investigaciones sobre la problemática nacional y el contexto internacional en asuntos de Defensa Nacional; f)Promover la capacitación, perfeccionamiento y especialización de personal seleccionado del sector público y privado, en aspectos de Defensa Nacional; g)Brindar asesoría sobre temas de Defensa Nacional a las diferentes instituciones públicas y privadas del país; h)Orientar y supervisar las actividades del Centro de Altos Estudios Nacionales y del Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos de acuerdo a los lineamientos generales de política y objetivos estratégicos del Sector; i)Formular, en coordinación con la Dirección General de Política y Estrategia, la Doctrina de Seguridad y Defensa Nacional, supervisando que ésta sea refl ejada en la Directiva de Planeamiento Estratégico Integral para la Defensa Nacional así como en las Directivas de los organismos integrantes del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional; j)Las demás que le asigne el Viceministro de Políticas para la Defensa Artículo 46º .-Estructura de la Dirección General de Educación y Doctrina .- La Dirección General de Educación y Doctrina tiene la estructura orgánica siguiente: a)Dirección de Investigación y Política Educativa b)Dirección de Doctrina c)Centro de Altos Estudios Nacionales d)Centro de Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos Artículo 47º .- Dirección de Investigación y Política Educativa .- La Dirección de Investigación y Política Educativa es el órgano encargado de la planifi cación, preparación y desarrollo de la política de formación y enseñanza integral del personal militar en todos sus niveles, así como de la supervisión de su ejecución. La Dirección de Investigación y Política Educativa promueve la capacitación, perfeccionamiento y especialización del personal civil del Sector en los aspectos de Defensa Nacional, promoviendo que las políticas de educación y doctrina en el Sector faciliten el cabal cumplimiento de la visión, misión, objetivos institucionales y funciones del mismo. Son funciones de la Dirección de Investigación y Política Educativa: a)Formular, proponer e implementar las políticas de investigación y educación en el Sector que faciliten el cabal cumplimiento de la visión, misión, objetivos institucionales y funciones de éste; b)Formular, proponer y supervisar la estandarización de los planes de estudios en el ámbito no militar, a ser implementados en cada una de las instituciones armadas. c)Realizar estudios en asuntos de Defensa Nacional, fomentando la investigación en todos los niveles educativos y al interior de las instituciones armadas; d)Promover y dirigir el establecimiento de relaciones con universidades e instituciones educativas del Perú y el extranjero para realizar actividades conjuntas, impartir enseñanzas y desarrollar programas de investigación y colaboración académica; e)Otras que le asigne el Director General de Educación y Doctrina. Artículo 48º .- Dirección de Doctrina .- La Dirección de Doctrina es el órgano encargado de formular, actualizar y difundir la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional, así como la supervisión de su ejecución. Orienta que la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional facilite el cumplimiento de la fi nalidad y funciones del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Son funciones de la Dirección de Doctrina: a)Formular, proponer y actualizar la doctrina de Seguridad y Defensa Nacional; b)Proponer y supervisar la implementación de un cuerpo doctrinario único de las Fuerzas Armadas, a fi n de