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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2008 (03/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de enero de 2008 363003 a)Analizar la situación logística de las Fuerzas Armadas con el objeto de determinar las políticas másadecuadas para la correcta provisión, conservación y administración de los recursos materiales para la Defensa Nacional; b)Proponer, dirigir y supervisar las políticas, planes y programas en materia de logística militar a nivel sectorial; c)Coordinar con las instituciones armadas la defi nición, enunciado y ejecución de proyectos conjuntos, surgidos de las políticas establecidas, a los efectos de lograr el objetivo de su misión; d)Promover el intercambio permanente de información entre las instituciones armadas, en relación a los servicios que en ellas se utilizan con el objeto de lograr la máxima cooperación mutua; e)Participar en el proceso de planeamiento estratégico integral del Sector; f)Promover estudios de investigación y desarrollo en el ámbito de logística militar; g)Elaborar y mantener actualizado el catálogo de materiales logísticos en las Fuerzas Armadas; h)Las demás que le asigne el Viceministro de Recursos para la Defensa. Artículo 69º .- Estructura .- La Dirección General de Recursos Materiales para la defensa tiene la siguiente estructura orgánica: a)Dirección de Recursos Materiales para la Defensa b)Dirección de Investigación y Desarrollo Artículo 70º .- Dirección de Recursos Materiales para la Defensa .- La Dirección de Recursos Materiales para la Defensa es el órgano encargado de la elaboración de las políticas logísticas del Sector y de la coordinación de la defi nición y puesta en práctica de proyectos de interés común, como así también de la normalización y catalogación de los materiales que utilizan las instituciones armadas a fi n de lograr el máximo aprovechamiento de los recursos. Son funciones de la Dirección de Recursos Materiales para la Defensa: a)Elaborar y mantener actualizado el diagnostico de la situación logística de la Fuerzas Armadas; b)Proponer, dirigir y supervisar las políticas, planes y programas en materia de logística militar a nivel Sectorial; c)Proponer los proyectos conjuntos que en logística militar pueden ser desarrollados con las instituciones armadas; d)Promover el intercambio permanente de información entre las instituciones armadas, en relación con los servicios que en ellas se utilizan con el objeto de lograr la máxima cooperación mutua; e)Elaborar y mantener actualizado la catalogación de los materiales logísticos en las Fuerzas Armadas; f)Las demás que le asigne el Director de Recursos Materiales para la Defensa. Artículo 71º .- Dirección de Investigación y Desarrollo .- La Dirección de Investigación y Desarrollo es responsable de promover estudios de investigación y desarrollo científi co y tecnológico en el ámbito de logística militar actuando como ente articulador de esfuerzos de investigación entre las instituciones armadas. Son funciones de la Dirección de Investigación y Desarrollo: a)Promover estudios de investigación y desarrollo científi co y tecnológico a nivel sectorial en el ámbito de logística militar de acuerdo a las necesidades de Defensa Nacional; b)Proponer y supervisar la implementación de una base de datos de planeamiento, investigación, desarrollo, transferencia e innovación tecnológica, asegurando el mantenimiento, homologación y modernización del material y los recursos para la Seguridad y Defensa Nacional; c)Promover, en coordinación con la Dirección de Educación y Doctrina, la capacitación del personal militar y civil dedicado a la ciencia y tecnología así como de velar y hacer cumplir la participación y trabajo directo del mencionado personal en actividades de investigación, desarrollo, transferencia tecnológica e innovación, con indicadores de resultado. d)Coordinar la participación de las instituciones armadas en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT). e)Las demás que le asigne el Director de Recursos Materiales para la Defensa. Artículo 72º .- Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa .- La Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa es el órgano encargado de administrar los recursos materiales, económicos y fi nancieros de la sede central del Ministerio. Conduce y orienta los sistemas de contabilidad, tesorería, control patrimonial y logística del mismo. Realiza el proceso de ejecución presupuestaria en el ámbito de su competencia. La Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa es la encargada de establecer los lineamientos técnicos y procedimientos en materia de logística, contabilidad, tesorería y control patrimonial, a ser implementados en el Pliego. Depende del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa. Artículo 73º .- Funciones .- La Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa tiene las funciones siguientes: a)Atender las necesidades de recursos materiales y servicios de los órganos de la sede central del Ministerio en forma racional, efi ciente y oportuna, con la fi nalidad de coadyuvar al cumplimiento de sus metas; b)Dirigir, coordinar, supervisar y evaluar la contabilidad de la sede central del Ministerio, e integrar la información fi nanciera a nivel de Pliego; c)Gestionar los recursos fi nancieros que requiere de la sede central del Ministerio, así como dirigir, ejecutar y supervisar los pagos y controlar las actividades de ingresos y egresos de fondos por toda fuente; d)Elaborar y elevar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la sede central del Ministerio a la Alta Dirección para su aprobación, así como emitir el informe de conformidad previo a sus modifi caciones; e)Proponer las directivas que establezcan las normas para la formulación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a nivel Pliego; f)Programar, dirigir, coordinar, supervisar, evaluar y controlar las adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios requeridos por los órganos de la sede central del Ministerio, conforme al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio; g)Proponer los planes, programas y directivas para los bienes patrimoniales del Sector, que no constituyan recursos materiales de Defensa, y gestionar los que se le encomienden, así como efectuar el seguimiento de la ejecución de los mismos; h)Realizar y actualizar el inventario físico de los bienes muebles e inmuebles a cargo de la sede central del Ministerio. Consolidar y controlar la información de los bienes muebles e inmuebles a nivel del Pliego; i)Proponer las directivas del Pliego respecto de los procesos de adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios; j)Proponer y ejecutar las directivas en materia de las compras corporativas facultativas del Sector; k)Proponer las directrices y supervisar los planes anuales de adquisiciones y contrataciones de naturaleza no reservada de la sede central del Ministerio; l)Otras que le asigne el Viceministro de Recursos para la Defensa Artículo 74º .- Estructura Orgánica .- La Dirección General de Gestión Administrativa para la Defensa tiene la estructura orgánica siguiente: a)Dirección de Logística b)Dirección de Contabilidad c)Dirección de Tesorería d)Dirección de Gestión Patrimonial Artículo 75º .- Dirección de Logística .- La Dirección de Logística es el órgano encargado de programar y ejecutar las adquisiciones de bienes y