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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2008 364865 agregar, que esta última norma hace referencia a los Alcaldes Distritales; así mismo indica dicho precepto que “Las excepciones a la restricción establecida en el primer párrafo se canaliza a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante resolución suprema (...)”, hecho que no involucra a los alcaldes distritales, por no encontrarse estos comprendidos en el Primer párrafo del Artículo 8º numeral 8.2. de la Ley Nº 29142; Que, la Ley Nº 27619, regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece en su Artículo 2º que “... la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución ...”; en este caso el viaje del señor Alcalde a la ciudad de Paterson del Estado de New Jersey de los Estados Unidos de Norte América, se sustenta en lo señalado por la Coordinadora de Convenios de la Gerencia de Obras Públicas, que ha considerado que, el Hermanamiento entre la ciudad de Paterson y la ciudad de Santiago de Surco coadyuvará a extender lazos de cooperación y comunicación entre ambas ciudades, en temas referentes a la gobernabilidad, de gestión y desarrollo al contar con diversidad social similar a la nuestra; Que, con Memorándum Nº 021-2008-GF-MSS, la Gerencia de Finanzas señala que la Alcaldía cuenta con disponibilidad presupuestaria para cubrir los pasajes de ida y vuelta, los impuestos y viáticos del señor Alcalde a la ciudad de Paterson del Estado de New Jersey de los Estados Unidos de Norte América, conforme se detalla en el citado informe; Que, mediante Memorándum Nº 025-2008-OPP- MSS, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, opina que los gastos propuestos para el mencionado viaje se encuentran dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de julio del 2002, “Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; Que, el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal “ Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario”; Que, el inciso 20) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, dispone que son atribuciones del Alcalde “Delegar sus atribuciones políticas en un Regidor hábil y los administrativos en el Gerente Municipal”, en concordancia con el Artículo 10º inciso 3) de la acotada Ley; Que, así mismo el Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer Regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; en caso de vacancia del Regidor, lo reemplaza; i) Al Teniente Alcalde, el Regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; ii) A los Regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral”; por lo que se hace necesario delegar las atribuciones políticas en el Primer Regidor hábil; Estando al Informe Nº 54-2007-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de conformidad con el Artículo 9º numeral 11) de la Ley Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- Autorizar al señor Alcalde Juan Manuel del Mar Estremadoyro a viajar a la ciudad de Paterson del Estado de New Jersey de los Estados Unidos de Norte América, en representación de la Municipalidad de Santiago de Surco, del 20 al 26 de enero del 2008, para participar en el Hermanamiento entre las ciudades de Paterson y la de Santiago de Surco. Artículo Segundo. - Autorizar la Asignación de los viáticos, gastos y otros en que se incurran en el viaje a la ciudad de Paterson del Estado de New Jersey de los Estados Unidos de Norte América, durante los días 20 al 26 de enero del 2008, con cargo a la Cadena de Gastos 5.3.11.20 Viático y Asignaciones por la suma de S/. 3,900.00 Nuevos Soles, y en el rubro 08 Otros Impuestos Municipales, y la Cadena de Gastos 5.3.11.32 Pasajes de Transporte, por el monto de S/. 5,190.00 Nuevos Soles, en el rubro 08 Otros Impuestos Municipales. Artículo Tercero.- Encargar al Teniente Alcalde señor Gonzalo Antonio Martín Gambirazio Marquina, desde el 20 al 26 de enero del 2008, el despacho de la Alcaldía. Artículo Cuarto.- Encargar al Gerente Municipal, al Gerente de Finanzas el cumplimento del presente Acuerdo. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 154658-2 Designan integrantes de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad para el año 2008 ACUERDO DE CONCEJO Nº 11-2008-ACSS Santiago de Surco, 17 de enero de 2008EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha, teniendo en consideración la propuesta del señor Alcalde para la conformación de la Comisión contra la Corrupción para el presente año, de conformidad con lo dispuesto por en los artículos 3º y 4º de la Ordenanza Nº 102 del 26 de diciembre de 1996 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Decreto de Alcaldía Nº 12-99-DASS del 10 de diciembre de 1999, la Ordenanza Nº 170-MSS y los artículos 109º y 110º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por UNANIMIDAD adoptó el siguiente: ACUERDO Artículo 1º.- Designar a los señores Regidores que conformarán la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco para el Año 2008, presidida por el Sr. Alcalde Juan Manuel Del Mar Estremadoyro, la misma que estará integrada según se señala a continuación: Aurelio José Dionisio Sousa Lossio. Omar David Montoro Castro.María Hortencia Gayoso Vargas. Artículo 2º.- La Unidad de Participación Vecinal, en un plazo no mayor a treinta (30) días, remitirá al Despacho de Alcaldía la nómina actualizada de Presidentes de las Juntas Vecinales del distrito e informará los resultados de las acciones que realice para dar cumplimiento al numeral 4) del Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 102 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a efectos de completar la conformación de la Comisión contra la Corrupción. Artículo 3º.- Establecer que el período de vigencia de la Comisión contra la Corrupción de la Municipalidad de Santiago de Surco es por un año, la cual continuará su vigencia hasta que se nombre la nueva comisión. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 154658-3