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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de febrero de 2008 365458 JUSTICIA Dengan pedido de extradición activa de procesada, formulado por órgano jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia del Callao RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2008-JUS Lima, 31 de enero de 2008 Visto; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 004-2008/COE-TC del 18 de enero de 2008, sobre la solicitud de extradición activa de la procesada MARTHA PATRICIA BRICEÑO RÍOS, formulada por el Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 9 de enero de 2008, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa de la procesada MARTHA PATRICIA BRICEÑO RÍOS, por la presunta comisión del delito contra la fe pública - falsifi cación de documentos y uso de documento falso en agravio del Notario Público de Lima, doctor Aníbal Corvetto Romero y del Estado (Exp. Nº 01-2008); Que, mediante el Informe Nº 004-2008/COE-TC del 18 de enero de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa de la referida procesada; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 515º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolución consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Denegar el pedido de extradición activa de la procesada MARTHA PATRICIA BRICEÑO RÍOS, formulado por el Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 159343-5 Establecen que el Presidente de la República no recibirá condecoración alguna por parte de las entidades e instituciones del Estado durante su mandato constitucional RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2008-JUS Lima, 31 de enero de 2008CONSIDERANDO: Que, desde el 28 de julio de 2006, el Gobierno ha dictado un conjunto de medidas de carácter específi co en materia de austeridad de conducta y racionalización del gasto público, que han permitido que el Estado reduzca su gasto corriente y genere importantes ahorros, los cuales han sido reorientados a cubrir las necesidades básicas de la población en situación de pobreza y pobreza extrema; Que, en este contexto, las principales condecoraciones y distinciones honorífi cas que concede el Estado, si bien deben cumplir el objetivo de premiar y enaltecer a quienes han prestado servicios muy distinguidos a favor de la Nación, no deben otorgarse por el mero hecho de ocupar un cargo o por el cumplimiento del deber al que ese cargo obliga; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1°.- El Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, no recibirá condecoración alguna por parte de las entidades e instituciones del Estado durante su presente mandato constitucional. Artículo 2°.- La vigencia de la presente Resolución Suprema comprende el período desde el 28 de julio de 2006 hasta la fecha. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 159343-6 PRODUCE Designan Asesor Ad Honorem del Despacho Ministerial de la Producción, en aspectos referidos a reforestación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 330-2008-PRODUCE Lima, 31 de enero de 2008 Vistos; el Informe Técnico Nº 002-2008-PRODUCE-DM- Ases del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y el Informe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, dispone que es potestad del Ministro de la Producción designar y/o remover a los titulares de cargos de confi anza; Que, mediante el documento de vistos, el Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial sustenta técnicamente la necesidad de designar un asesor ad honorem que colabore con el desarrollo de las funciones y actividades del Despacho Ministerial; Que, el artículo 3º concordado con el artículo 7º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, dispone que la designación de funcionarios en cargo de confi anza, se efectuará mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, en atención a lo expuesto, corresponde formalizar la designación del mencionado asesor ad honorem; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el