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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (01/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 1 de febrero de 2008 365472 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 009-2004- MTC/12 del 27 de enero del 2004, modifi cada a través de la Resolución Directoral Nº 190-2007-MTC/12 del 18 de setiembre del 2007, se otorgó a la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, el Permiso de Operación de la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, fue otorgado por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 21 de febrero del 2004, plazo que vence el 21 de febrero del 2008; Que, mediante Documento de Registro Nº 2007- 040726 del 27 de noviembre del 2007, en el plazo de ley, la Compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR solicita la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memorando Nº 1180- 2007-MTC/12; Memorando N° 5748-2007-MTC/12.04; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, mediante Ofi cio Nº 1143-2007-INRENA-IANP/ DOANP, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA se ha pronunciado por ciertas restricciones las operaciones en algunos aeródromos autorizados; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación de los principios de celeridad y simplifi cación administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los helipuertos, aeropuertos y/o aeródromos privados podrán ser utilizadas previa autorización de sus respectivos propietarios; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 22 de febrero del 2008, día siguiente al vencimiento del plazo otorgado a través de la Resolución Directoral N° 009-2004-MTC/12 del 27 de enero del 2004. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar operaciones aéreas la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económica-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO:- Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional.MATERIAL AERONAUTICO:- MI-17- MI-17 1V - MI-8MT- MI-8MTV-1- MI-8AMT- MI-8T- MI-171- Bell 212- Bell Jet Ranger- Lama SA-315-B- Sikorsky S-61- AS-350-B3- AS-350-B2- DHC-6-200 (Twin Otter) ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, HELIPUERTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS Los sobrevuelos en los aeródromos de Güeppi – ubicado en la Zona Reservada Güeppi, Sayla – ubicado en la Reserva Paisajistica Cotahuasi, Esperanza Amuesha – ubicado en el Parque Nacional Yanachaga Chemillen, Villa América – ubicado en la Reserva Comunal Yanesha, Balta – ubicado en la Reserva Comunal Purús; autorizados a la empresa HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR no podrán operar en alturas menores a 3,000 pies sobre el nivel de la superfi cie, salvo para el caso de las operaciones de aterrizaje y despegue, a fi n que en ningún caso sea perceptible al nivel del suelo el ruido de los motores, de conformidad con lo dispuesto por el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA mediante OFICIO Nº 1143-2007-INRENA-IANP/DOANP. DEPARTAMENTO: AMAZONAS - Ciro Alegría, Chachapoyas, Galilea, Nuevo el Valor, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: ANCASH - Chimbote, Huaraz / An ta, Helipuerto de Yanacancha. DEPARTAMENTO: APURÍMAC - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: AREQUIPA - Arequipa, Atico, Chivay, Helipuerto de Sayla, Orcopampa. DEPARTAMENTO: AYACUCHO - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán. DEPARTAMENTOS: CAJAMARCA - Cajamarca, Jaén, Santa Cruz. DEPARTAMENTO: CUSCO - Cusco, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Miaria, Nuevo Mundo, Pacria / Nueva Luz, Patria, Taini, Tangoshiari, Timpia, Yauri. DEPARTAMENTO: HUÁNUCO - Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Santa Marta, Tingo María, Tournavista. DEPARTAMENTO: ICA - Las Dunas, Las Palmeras, Nasca, Pisco, Santa Margarita. DEPARTAMENTO: JUNÍN - Alto Pichanaqui, Cutivereni, Chichireni, Helipuerto Vado Oroya, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / Manuel Prado, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Uchubamba. DEPARTAMENTO: LA LIBERTAD - Casa Grande, Chagual / Don Lucho, Chao, Gochapita, Huamachuco, Pacasmayo, Trujillo, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: LAMBAYEQUE - Chicla yo. DEPARTAMENTO: LIMA – CALLAO - Internacional Jorge Chávez, Paramonga, Helipuerto de San Isidro. DEPARTAMENTO: LORETO - Andoas, Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, Corrientes / Trompeteros, El Estrecho, Gueppi, Intuto, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa, Paranapura, Requena, San Lorenzo, Yurimaguas.