Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2008 (12/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 12 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES
Codigo 03-049 Infraccion Por permitir el acceso a menores de edad a paginas Web, Blogs o similares, cuando estas tengan contenido de violencia extrema. Por permitir el acceso a menores de edad a videojuegos de violencia extrema o con contenido sexual habilitados on-line o como programas instalados en una computadora o en consolas especiales. Por alquilar o vender videojuegos violentos o con contenido sexual aptos para adultos, a menores de edad.

366455
Sancion Sancion no Pecuniaria Pecuniaria 20% UIT Clausura en caso de reincidencia

relacionados a conductas violentas por parte de menores de edad, quienes al no tener conciencia MORDAZA respecto a la calidad de los contenidos, programas o juegos a los que ingresan diariamente, perturban su psique generando efectos nocivos para ellos y su entorno; Que, frente a estos potenciales peligros es necesario establecer una politica de contenidos concreta que impida y/o regule la visualizacion o utilizacion de determinados contenidos o sitios Web, asi como consolas de videojuegos con contenidos de violencia extrema; Que, por otra parte, ante el incremento de establecimientos de cabinas con acceso a Internet y de consolas de videojuegos y la notable afluencia de menores a este MORDAZA de locales en el distrito, es necesario implementar un mecanismo de proteccion del menor, lo que hace necesario que la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, acorde al MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y del Adolescente, emita una MORDAZA municipal que regule este tema en concreto; Que, es funcion especifica de las municipalidades, conforme lo dispone el numeral 3.1 del Articulo 84° de la Ley Organica de Municipalidades, difundir y promover los derechos del MORDAZA y del adolescente, de la mujer y del adulto mayor, propiciando espacios para su participacion en el nivel de las instancias municipales; Que, el articulo IX del Titulo Preliminar del Codigo de los Ninos y Adolescentes, Ley Nº 27337, establece que en toda medida concerniente al MORDAZA y al Adolescente que adopte el Estado a traves de instituciones estatales, como los Gobiernos Locales, se considerara y privilegiara el MORDAZA del Interes Superior del MORDAZA y Adolescente y el respeto a sus derechos; Que, la Ordenanza Nº 808-MML regula el acceso de menores de edad a paginas Web de contenido pornografico, pornografia infantil, violencia extrema y/o similar, siendo necesario emitir una MORDAZA municipal en nuestro distrito que incorpore la figura de video-juegos violentos on line, en PC o consolas por sus efectos incitadores de la violencia; En uso de las facultades conferidas por los articulos 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prohibase en el distrito de Pueblo Libre que en locales comerciales se permita el acceso a menores de edad a paginas Web, Blogs o similares con contenido de violencia extrema, asi como a videojuegos violentos o con contenido sexual habilitados on-line o como programas instalados en una computadora o en consolas especiales. Asimismo, prohibase el alquiler o venta de videojuegos violentos o con contenido sexual aptos para adultos, a menores de edad. Articulo Segundo.- Para efectos de la presente Ordenanza, entiendase por violencia extrema a aquella referida a actos o acciones que atenten contra la MORDAZA, el cuerpo y la salud humana, asi como actos criminales de cualquier tipo. Asimismo, considerese como responsable por el incumplimiento de las prohibiciones senaladas en el articulo anterior a los titulares de los establecimientos en los cuales se incurra en dichas practicas y en general a toda persona que lleve a cabo o facilite el acceso a los menores de edad a las actividades prohibidas. Para efectos de lo senalado en el presente articulo, los responsables de los locales cuyos giros se relacionen a las prohibiciones MORDAZA establecidas, deberan tener como MORDAZA referencial para el acceso a menores de edad a este MORDAZA de contenidos al sistema PEGI, que es el primer sistema paneuropeo que establece una clasificacion por edades y contenidos para videojuegos y juegos de computadora. Ofrece informacion fiable de facil comprension, en forma de etiquetas de clasificacion por edades y descripciones del contenido en los estuches de los juegos, permitiendo asi tomar decisiones informadas. Asimismo, ofrece recomendaciones en espanol detalladas en relacion con la idoneidad del contenido de los juegos para los menores de edad. Articulo Tercero.- Incorporese al Cuadro de Infracciones y Sanciones ­ CUIS, aprobado mediante Ordenanza Nº 259-MPL, las siguientes infracciones y sanciones:

03-050

20% UIT

Clausura en caso de reincidencia

03-051

20% UIT

Clausura en caso de reincidencia

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Mediante Decreto de Alcaldia se aprobaran las disposiciones reglamentarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a los noventa (120) dias calendario contados a partir de la publicacion de la misma, a efectos que los propietarios y/o administradores de los establecimientos comerciales que brinden el servicio de alquiler de cabinas de Internet y de videojuegos, implementen de manera obligatoria el sistema de clasificacion PEGI y los mecanismos de seguridad necesarios, con la finalidad de regular y controlar el acceso de menores de edad a paginas Web, Blogs o similares con contenido de violencia extrema, asi como a videojuegos violentos o con contenido sexual habilitados on-line o como programas instalados en una computadora o en consolas especiales, que no esten calificados como adecuados para menores de edad segun la clasificacion internacional del sistema PEGI. Tercera.- La Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, a traves de la Gerencia de Desarrollo Humano en coordinacion con la Oficina de Imagen Institucional, difundira el contenido de la presente Ordenanza, a efectos de propiciar una cultura de prevencion sobre este tema y de esta manera proteger la integridad de los ninos y adolescentes de nuestro distrito. Cuarta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Subgerencia de Fiscalizacion Municipal en coordinacion con la Gerencia de Desarrollo Humano. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 163182-2

Ordenanza que regula los procedimientos de arrendamiento de los bienes municipales
ORDENANZA Nº 283-2008-MPL Pueblo Libre, 25 de enero de 2008 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesion Extraordinaria Nº 01 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico;

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