Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2008 (12/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, martes 12 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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participacion de los citados funcionarios seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33879 ­ Promocion de Acciones de Investigacion Cientifica y del Medio Ambiente Antartico, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA Aldoradin MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cadenillas MORDAZA Tarifa Viaticos Numero Total Pasajes de viaticos aeropuerto por dia US$ dias US$ US$ US$ 1,305.00 200.00 1,305.00 200.00 5+1 5+1 1,200.00 1,200.00 30.25 30.25

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision, los mencionados funcionarios deberan presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participacion en el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 163172-1

Poder Ejecutivo aprobara mediante Decreto Supremo, a propuesta del Ministerio de Salud, la relacion de medicamentos e insumos que se utilizaran para la fabricacion nacional de equivalentes terapeuticos para el tratamiento de la Diabetes, los cuales quedaran liberados del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2006-SA, se aprobo la relacion de medicamentos e insumos que se utilizaran para la fabricacion nacional de los equivalentes terapeuticos para el tratamiento de la Diabetes, para efecto de la liberacion del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto por la acotada Ley Nº 28553; Que, en este sentido, el Ministerio de Salud ha propuesto la actualizacion de la relacion de los precitados medicamentos e insumos, por lo que corresponde aprobar la misma; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 28553 y en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo Unico.- Aprueban relacion actualizada de medicamentos e insumos para el tratamiento de la Diabetes Apruebese la actualizacion de la relacion de medicamentos e insumos para el tratamiento de la Diabetes, contenida en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, para efecto de la liberacion del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 28553. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Vigencia y Refrendo El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud. DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Unica.- MORDAZA derogada Dejese sin efecto el Decreto Supremo Nº 016-2006-SA. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de febrero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud

SALUD
Se aprueba la actualizacion de la relacion de medicamentos e insumos para el tratamiento de la Diabetes para efecto de la inafectacion del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios
DECRETO SUPREMO N° 005-2008-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 6º y 7º de la Ley Nº 28553, Ley General de Proteccion a las Personas con Diabetes, los medicamentos e insumos para la fabricacion nacional de equivalentes terapeuticos para el tratamiento de la Diabetes estan libres del pago del Impuesto General a las Ventas y de los Derechos Arancelarios; Que, la Primera Disposicion Complementaria y Final de la misma Ley Nº 28553 establece que el

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