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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (20/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de febrero de 2008 366955 Aceptan renuncia y designan Director de Programa Sectorial IV de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 057-2008-TR Lima, 19 de febrero de 2008 VISTO: La carta de fecha 31 de enero de 2008, de la señora Zoraida Rosa Sánchez Morales; y, CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 381-2006-TR de fecha 7 de noviembre de 2006, se designó a la señora Zoraida Rosa Sánchez Morales como Directora Nacional de la Micro y Pequeña Empresa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que mediante documento de visto la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo; Que es necesario expedir el acto administrativo correspondiente mediante el cual se acepte la renuncia presentada por la referida funcionaria y expedir el acto administrativo que designe al Director Nacional de la Micro y Pequeña Empresa; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con el artículo 25 inciso 8 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el artículo 8º de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el inciso d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Zoraida Rosa Sánchez Morales al cargo de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al señor Luis Alberto Gálvez León en el cargo de Director de Programa Sectorial IV (F-6) de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO MARTIN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 166465-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, EE.UU. y Chile, en comisión de servicios y sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2008-MTC Lima, 19 de febrero de 2008VISTO: El Informe Nº 048-2008-MTC/12 del 5.2.08, de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fi n de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y mantener la califi cación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, el Informe Nº 036-2008-MTC/12.04, de fecha 04.02.08, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que la empresa Cielos del Perú S.A., con Carta de Registro P/D Nº 0 11110, presentada el 29.01.08, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación del Personal Aeronáutico), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en la ruta Lima - Miami - Bogotá - Miami - Lima en el equipo DC-10 a sus tripulantes Abel Acuña, Armando Gallardo, Isidro Rojas y Sergio Ortega; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nº 0001744, 0001745, 0010120 y 0035044 la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 287-2008-MTC/12.04 designando al Inspector Ricardo Rafaél Pazos Raygada, para efectuar la inspección en ruta Lima - Miami - Bogotá - Miami - Lima en el equipo DC-10, del 03 al 06 de marzo de 2008; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 287-2008-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil;